Dolavon: La Cooperativa tiene tres días para devolverle el dinero descontado a un trabajador

Es el caso del empleado que sufrió un accidente laboral y la entidad presidida por Daniel Ap Iwan le descontó parte del salario. La jueza Castro Blanco ordenó devolvérselo y cuestionó la violación de garantías de tutela sindical, ya que el trabajador es, además dirigente de Luz y Fuerza.

Daniel Ap Iwan, titular de la Cooperativa de Dolavon.
13 MAY 2020 - 20:42 | Actualizado

La Justicia Laboral de Trelew ordenó este miércoles a la Cooperativa de Dolavon que le restituya en el término de tres días las sumas salariales descontadas a su empleado Carlos René Montiel, que había sido sancionado con una suspensión luego de que el trabajador no se presentara a trabajar porque había sufrido un accidente de trabajo.

El caso se conoció en los últimos días, luego de que el Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia decretara un paro en esa coorperativa, que este miércoles se extendió a todas las empresas de la jurisdicción de la Seccional Trelew del gremio.

Montiel, además de ser empleado de la Cooperativa de Dolavon, e integrante de la Comisión Directiva de Luz y Fuerza, lo cual agrava más la situación, que fue decidida por el presidente de la Cooperativa de la localidad de las norias, Daniel Ap Iwan

El fallo lleva la firma de la jueza María José Castro Blanco, quien además le ordenó a la Cooperativa valletana que “se abstenga de realizar cualquier acción tendiente a alterar sus condiciones laborales hasta tanto se dicte sentencia definitiva en los presentes actuados, todo ello bajo apercibimiento de imponer astreintes por cada día de retardo en caso de incumplimiento”, advierte la jueza.

La cautelar presentada por Montiel y su asesor letrado, el Dr. Federico Ruffa, se denomina técnicamente “acción de reinstalación de las condiciones laborales”.

La jueza hizo lugar al planteo de ilegitimidad de la sanción dispuesta –un descuento de haberes por suspensión disciplinaria- “en el hecho de que se violaron garantías de tutela sindical, en atención a resultar representante sindical electo -integrante de la Comisión Directiva del Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia-, por lo que debió en forma previa a aplicar cualquier tipo de sanción iniciarse la correspondiente acción de exclusión de la tutela sindical”. Montiel es secretario adjunto de Viviendas y Actas del sindicato con mandato hasta el 11 de diciembre de 2020.

En el fallo, la jueza resalta “el carácter alimentario de la remuneración, la que se vio sustancialmente mermada con el descuento aplicado, y la necesidad de garantizar el ejercicio de la libertad sindical, retrotrayendo cualquier tipo de sanción aplicada -sin haberse iniciado el respectivo desafuero- y hasta tanto se sustancie y resuelva la acción principal”.

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Daniel Ap Iwan, titular de la Cooperativa de Dolavon.
13 MAY 2020 - 20:42

La Justicia Laboral de Trelew ordenó este miércoles a la Cooperativa de Dolavon que le restituya en el término de tres días las sumas salariales descontadas a su empleado Carlos René Montiel, que había sido sancionado con una suspensión luego de que el trabajador no se presentara a trabajar porque había sufrido un accidente de trabajo.

El caso se conoció en los últimos días, luego de que el Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia decretara un paro en esa coorperativa, que este miércoles se extendió a todas las empresas de la jurisdicción de la Seccional Trelew del gremio.

Montiel, además de ser empleado de la Cooperativa de Dolavon, e integrante de la Comisión Directiva de Luz y Fuerza, lo cual agrava más la situación, que fue decidida por el presidente de la Cooperativa de la localidad de las norias, Daniel Ap Iwan

El fallo lleva la firma de la jueza María José Castro Blanco, quien además le ordenó a la Cooperativa valletana que “se abstenga de realizar cualquier acción tendiente a alterar sus condiciones laborales hasta tanto se dicte sentencia definitiva en los presentes actuados, todo ello bajo apercibimiento de imponer astreintes por cada día de retardo en caso de incumplimiento”, advierte la jueza.

La cautelar presentada por Montiel y su asesor letrado, el Dr. Federico Ruffa, se denomina técnicamente “acción de reinstalación de las condiciones laborales”.

La jueza hizo lugar al planteo de ilegitimidad de la sanción dispuesta –un descuento de haberes por suspensión disciplinaria- “en el hecho de que se violaron garantías de tutela sindical, en atención a resultar representante sindical electo -integrante de la Comisión Directiva del Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia-, por lo que debió en forma previa a aplicar cualquier tipo de sanción iniciarse la correspondiente acción de exclusión de la tutela sindical”. Montiel es secretario adjunto de Viviendas y Actas del sindicato con mandato hasta el 11 de diciembre de 2020.

En el fallo, la jueza resalta “el carácter alimentario de la remuneración, la que se vio sustancialmente mermada con el descuento aplicado, y la necesidad de garantizar el ejercicio de la libertad sindical, retrotrayendo cualquier tipo de sanción aplicada -sin haberse iniciado el respectivo desafuero- y hasta tanto se sustancie y resuelva la acción principal”.


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