La Defensa Pública insiste en pedir la libertad de condenados por crímenes

Quieren que a los tres años salgan en libertad. Ahora solicitó que dos condenados por homicidio con condena firme queden libres. El juez Horacio Daniel Yangüela lo rechazó. Es el segundo pedido de la Defensoría Pública madrynense.

Iván Almonacid e Isaac Jonhston fueron condenados por el homicidio del jubilado Eliberto Santos Ramos.
08 JUN 2020 - 20:55 | Actualizado

Los defensores públicos de Puerto Madryn, Gladys del Balzo y Diego Trad, reiteraron un planteo para que condenados queden en libertad.

Fue ayer, en una audiencia donde hicieron el pedido para Iván Almonacid e Isaac Jonhston, condenados por el homicidio del jubilado Eliberto Santos Ramos. En ambos casos, el Superior Tribunal de Justicia ya confirmó su autoría por el homicidio en ocasión de robo del jubilado Eliberto Santos Ramos.

La Defensa Pública dice que cuando se cumplen los tres años, a pesar que haya condena, el detenido debe recuperar su libertad. El planteo es que consideran que una sentencia queda firme cuando resuelve la Corte Suprema de Justicia.

Un planteo similar ya fue rechazado. Días atrás, Del Balzo presentó un pedido para un condenado por robo con arma. Pero el mismo fue rechazado por la jueza Yamila Flores.

El actual planteo también fue rechazado por el juez Horacio Yangüela, quien explicó que la ley de libertad a los tres años se planteó en su m omento para los procesos indefinidos que se daban principalmente en Buenos Aires, con personas detenidas con causas que duraban cuatro o cinco años. Pero que el Código Procesal de Chubut fue un adelantado y definido que se da un corte en la situación procesal con la sentencia de la Cámara Penal, es decir, con la revisión de la condena del juicio.

“Los recursos que se presentan después (por ejemplo al Superior Tribunal de Justicia o ante la Corte Suprema de Justicia de Nación), no se tienen en cuenta en este plazo”, explicó Yanguela. Respecto al caso en particular, el Superior confirmó la sentencia de primera instancia y de Cámara Penal respecto a la autoría y responsabilidad. “El encarcelamiento es necesario, no es de aplicación el plazo máximo y no se viola ningún pacto internacional”, indicó el magistrado.

Los fiscales Daniel Báez y Jorge Bugueño explicaron que el planteo de la defensa es pedir la libertad de los condenados que hayan pasado más de tres años presos. “Es el segundo planteo que realiza la Defensa Pública en pedir la libertad de condenados que estuvieron tres años presos, a pesar de tener condenas superiores a los 10 años de prisión. Su argumento es que consideran que una causa no está firme hasta que no resolvieron todas las instancias posibles de apelación, pero desde la Fiscalía nos oponemos y entendemos que el Código es claro e indica que pasado ´el doble conforme´, es decir, una condena de juicio y una ratificación de la Cámara Penal, ya la causa está firme”, explicaron, indicó un parte de la Fiscalía.

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Iván Almonacid e Isaac Jonhston fueron condenados por el homicidio del jubilado Eliberto Santos Ramos.
08 JUN 2020 - 20:55

Los defensores públicos de Puerto Madryn, Gladys del Balzo y Diego Trad, reiteraron un planteo para que condenados queden en libertad.

Fue ayer, en una audiencia donde hicieron el pedido para Iván Almonacid e Isaac Jonhston, condenados por el homicidio del jubilado Eliberto Santos Ramos. En ambos casos, el Superior Tribunal de Justicia ya confirmó su autoría por el homicidio en ocasión de robo del jubilado Eliberto Santos Ramos.

La Defensa Pública dice que cuando se cumplen los tres años, a pesar que haya condena, el detenido debe recuperar su libertad. El planteo es que consideran que una sentencia queda firme cuando resuelve la Corte Suprema de Justicia.

Un planteo similar ya fue rechazado. Días atrás, Del Balzo presentó un pedido para un condenado por robo con arma. Pero el mismo fue rechazado por la jueza Yamila Flores.

El actual planteo también fue rechazado por el juez Horacio Yangüela, quien explicó que la ley de libertad a los tres años se planteó en su m omento para los procesos indefinidos que se daban principalmente en Buenos Aires, con personas detenidas con causas que duraban cuatro o cinco años. Pero que el Código Procesal de Chubut fue un adelantado y definido que se da un corte en la situación procesal con la sentencia de la Cámara Penal, es decir, con la revisión de la condena del juicio.

“Los recursos que se presentan después (por ejemplo al Superior Tribunal de Justicia o ante la Corte Suprema de Justicia de Nación), no se tienen en cuenta en este plazo”, explicó Yanguela. Respecto al caso en particular, el Superior confirmó la sentencia de primera instancia y de Cámara Penal respecto a la autoría y responsabilidad. “El encarcelamiento es necesario, no es de aplicación el plazo máximo y no se viola ningún pacto internacional”, indicó el magistrado.

Los fiscales Daniel Báez y Jorge Bugueño explicaron que el planteo de la defensa es pedir la libertad de los condenados que hayan pasado más de tres años presos. “Es el segundo planteo que realiza la Defensa Pública en pedir la libertad de condenados que estuvieron tres años presos, a pesar de tener condenas superiores a los 10 años de prisión. Su argumento es que consideran que una causa no está firme hasta que no resolvieron todas las instancias posibles de apelación, pero desde la Fiscalía nos oponemos y entendemos que el Código es claro e indica que pasado ´el doble conforme´, es decir, una condena de juicio y una ratificación de la Cámara Penal, ya la causa está firme”, explicaron, indicó un parte de la Fiscalía.


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