Privados: habilitan inscripción al Programa de Asistencia para el pago de salarios de junio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este viernes el sistema de registración online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

26 JUN 2020 - 20:38 | Actualizado

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en la página web del organismo.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores.

Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras, dijo la AFIP en un comunicado.

La carga de la información se realiza a través del servicio web "Simplificación Registral". No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.

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26 JUN 2020 - 20:38

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en la página web del organismo.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores.

Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras, dijo la AFIP en un comunicado.

La carga de la información se realiza a través del servicio web "Simplificación Registral". No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.


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