La iniciativa fue remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal y abarcará el período agosto –diciembre. En la próxima sesión se estará aprobando con el apoyo de todos los bloques.
Los beneficios impositivos fueron planteados por el propio ejecutivo y apunta poder morigerar la situación económica y financiera que diferentes sectores de la comunidad que están padeciendo los efectos de la pandemia generada por el COVID-19.
Entre los sectores que abarcará la ordenanza serán el turístico, clubes deportivos, jardines maternales, guarderías, salones de fiesta, museo, cine, alojamiento turístico, transporte escolar, servicios de entretenimientos.
Quienes estén dentro de los rubros que establece la ordenanza podrán acceder al beneficio que el próximo jueves los concejales aprueben y que será el resultado de las gestiones encaradas por el ejecutivo.
El texto apunta a que se contemple la no obligación del pago mínimo en concepto de impuestos de los ingresos brutos y la tasa de habilitación, inspección, seguridad e higiene, así como el adicional de recolección. Un dato aleatorio es que se establecerá la “no obligación” de abonar el monto mínimo para ingresos brutos anticipos mensuales de junio a diciembre 2020 y la citada tasa durante el período agosto- diciembre del corriente año. El tema fue tratado en la comisión donde todos los asistentes dieron su aval para que pueda ser llevado al recinto de sesiones donde será sometido a votación y donde se descuenta que todos los bloques votarán por la afirmativa.
La iniciativa fue remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal y abarcará el período agosto –diciembre. En la próxima sesión se estará aprobando con el apoyo de todos los bloques.
Los beneficios impositivos fueron planteados por el propio ejecutivo y apunta poder morigerar la situación económica y financiera que diferentes sectores de la comunidad que están padeciendo los efectos de la pandemia generada por el COVID-19.
Entre los sectores que abarcará la ordenanza serán el turístico, clubes deportivos, jardines maternales, guarderías, salones de fiesta, museo, cine, alojamiento turístico, transporte escolar, servicios de entretenimientos.
Quienes estén dentro de los rubros que establece la ordenanza podrán acceder al beneficio que el próximo jueves los concejales aprueben y que será el resultado de las gestiones encaradas por el ejecutivo.
El texto apunta a que se contemple la no obligación del pago mínimo en concepto de impuestos de los ingresos brutos y la tasa de habilitación, inspección, seguridad e higiene, así como el adicional de recolección. Un dato aleatorio es que se establecerá la “no obligación” de abonar el monto mínimo para ingresos brutos anticipos mensuales de junio a diciembre 2020 y la citada tasa durante el período agosto- diciembre del corriente año. El tema fue tratado en la comisión donde todos los asistentes dieron su aval para que pueda ser llevado al recinto de sesiones donde será sometido a votación y donde se descuenta que todos los bloques votarán por la afirmativa.