Rechazo al amparo que buscó impedir la revisión del traslado de dos jueces del macrismo

La justicia federal rechazó hoy el amparo presentado por los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia contra el Consejo de la Magistratura por su decisión de revisar los traslados por decreto de estos dos magistrados.

21 AGO 2020 - 15:14 | Actualizado

La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Alejandra Biotti, en el punto 14 del fallo, consideró que “no se observa la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia de la vía del amparo, ya que no son atendibles los cuestionamientos de los co-actores (Bertuzzi y Bruglia) relativos a la afectación de sus derechos en este proceso”.

Con esta decisión, queda allanado el camino para que el Senado inicie hoy, a partir de las 21, el período para presentar impugnaciones y observaciones, hasta el 27 inclusive, contra los magistrados que fueron trasladados durante la gestión de Juntos por el Cambio.

Bertuzzi y Bruglia fueron traspasados del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por una decisión del Consejo de la Magistratura durante la gestión de Mauricio Macri que fue refrendada por un decreto del Poder Ejecutivo.

Por iniciativa del consejero representante del Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz, se votó en el Consejo y fue aprobada la revisión de 10 traslados de jueces que no cumplimentaron el “proceso complejo” que implica el nombramiento de un magistrado, con el acuerdo del Senado.

Además de Bertuzzi y Bruglia, el Consejo consideró que no cumplieron los requisitos para ser trasladados los jueces Zunilda Niremperger, Juan Manuel Iglesias, Eduardo Farah, Germán Castelli, Esteban Hansen, Federico Villena, Enrique Velázquez y María Skanata

En principio, Biotti consideró que los tribunales de origen y destino de Bertuzzi y Bruglia “integran la jurisdicción federal y poseen una competencia material igual o similar" y que ambos tribunales se encuentran bajo la jurisdicción de la Cámara Federal de Casación Penal, por lo que el requisito atinente a similitud de competencia material parecería adecuadamente cumplido”.

Pero para la jueza no se cumple el requisito de que los traslados guarden la “misma jerarquía” en las funciones porque la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal actúa como tribunal de alzada de los Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal con sede en la ciudad de Buenos Aires.

“No sólo la tarea desempeñada por unos y por otros es esencialmente distinta, sino que además su función dentro del proceso penal difiere claramente tanto en cuanto a su naturaleza como al momento de su intervención”, argumentó la jueza para fundar el rechazo al amparo de los magistrados.

Biotti consideró que la decisión del Consejo no colisiona con las garantías constitucionales de la inamovilidad y estabilidad en el cargo de las que gozan todos los jueces federales.

“El remedio intentado (el amparo) resulta manifiestamente prematuro, ya que el accionar del Consejo de la Magistratura demandado mal puede producir -por sí mismo- efecto alguno sobre el nombramiento de los magistrados”, en esta instancia, puesto que, “en el caso de que el Senado deniegue el nuevo acuerdo y el Poder Ejecutivo resuelva dejar sin efecto su traslado, situación que todavía no ocurrió, podrán los actores eventualmente cuestionar dichos actos por los cauces administrativos y legales que estimen”, concluyó.

Si bien la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado ya había anticipado la semana pasada que no acataría una intervención de la justicia en sus competencias, el fallo de la jueza Biotti transformó en abstracta esa discusión y también la denuncia por “desobediencia” contra los senadores que formuló en la Justicia el bloque de la Coalición Cívica a instancias de su líder, Elisa Carrió.

Ayer, la Secretaría Parlamentaria del Senado oficializó la convocatoria a la audiencia pública a la que deben ser sometidos los pliegos tratados por la Comisión de Acuerdos del Senado, como paso previo a la emisión de un dictamen y su posterior consideración por parte del pleno del cuerpo.

La audiencia tendrá lugar el 4 de setiembre, a partir de las 10.30, con transmisión abierta por el canal de la Cámara Alta en la plataforma Youtube.

21 AGO 2020 - 15:14

La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Alejandra Biotti, en el punto 14 del fallo, consideró que “no se observa la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia de la vía del amparo, ya que no son atendibles los cuestionamientos de los co-actores (Bertuzzi y Bruglia) relativos a la afectación de sus derechos en este proceso”.

Con esta decisión, queda allanado el camino para que el Senado inicie hoy, a partir de las 21, el período para presentar impugnaciones y observaciones, hasta el 27 inclusive, contra los magistrados que fueron trasladados durante la gestión de Juntos por el Cambio.

Bertuzzi y Bruglia fueron traspasados del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por una decisión del Consejo de la Magistratura durante la gestión de Mauricio Macri que fue refrendada por un decreto del Poder Ejecutivo.

Por iniciativa del consejero representante del Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz, se votó en el Consejo y fue aprobada la revisión de 10 traslados de jueces que no cumplimentaron el “proceso complejo” que implica el nombramiento de un magistrado, con el acuerdo del Senado.

Además de Bertuzzi y Bruglia, el Consejo consideró que no cumplieron los requisitos para ser trasladados los jueces Zunilda Niremperger, Juan Manuel Iglesias, Eduardo Farah, Germán Castelli, Esteban Hansen, Federico Villena, Enrique Velázquez y María Skanata

En principio, Biotti consideró que los tribunales de origen y destino de Bertuzzi y Bruglia “integran la jurisdicción federal y poseen una competencia material igual o similar" y que ambos tribunales se encuentran bajo la jurisdicción de la Cámara Federal de Casación Penal, por lo que el requisito atinente a similitud de competencia material parecería adecuadamente cumplido”.

Pero para la jueza no se cumple el requisito de que los traslados guarden la “misma jerarquía” en las funciones porque la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal actúa como tribunal de alzada de los Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal con sede en la ciudad de Buenos Aires.

“No sólo la tarea desempeñada por unos y por otros es esencialmente distinta, sino que además su función dentro del proceso penal difiere claramente tanto en cuanto a su naturaleza como al momento de su intervención”, argumentó la jueza para fundar el rechazo al amparo de los magistrados.

Biotti consideró que la decisión del Consejo no colisiona con las garantías constitucionales de la inamovilidad y estabilidad en el cargo de las que gozan todos los jueces federales.

“El remedio intentado (el amparo) resulta manifiestamente prematuro, ya que el accionar del Consejo de la Magistratura demandado mal puede producir -por sí mismo- efecto alguno sobre el nombramiento de los magistrados”, en esta instancia, puesto que, “en el caso de que el Senado deniegue el nuevo acuerdo y el Poder Ejecutivo resuelva dejar sin efecto su traslado, situación que todavía no ocurrió, podrán los actores eventualmente cuestionar dichos actos por los cauces administrativos y legales que estimen”, concluyó.

Si bien la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado ya había anticipado la semana pasada que no acataría una intervención de la justicia en sus competencias, el fallo de la jueza Biotti transformó en abstracta esa discusión y también la denuncia por “desobediencia” contra los senadores que formuló en la Justicia el bloque de la Coalición Cívica a instancias de su líder, Elisa Carrió.

Ayer, la Secretaría Parlamentaria del Senado oficializó la convocatoria a la audiencia pública a la que deben ser sometidos los pliegos tratados por la Comisión de Acuerdos del Senado, como paso previo a la emisión de un dictamen y su posterior consideración por parte del pleno del cuerpo.

La audiencia tendrá lugar el 4 de setiembre, a partir de las 10.30, con transmisión abierta por el canal de la Cámara Alta en la plataforma Youtube.


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