A través de un decreto del pasado 30 de julio, El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO aprobó los destinos, las condiciones de acceso, el esquema de garantías y los plazos de amortización, para el otorgamiento de créditos en el marco del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios. el monto máximo a financiar será de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000)
Las tasas de interés financiero que se aplicarán a los créditos que se otorguen en el marco del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios será de un QUINCE (15%) por ciento anual en el caso de beneficiarios que acrediten fehacientemente ser integrantes de Asociaciones o Cooperativas Agropecuarias, y de un VEINTE (20%) por ciento anual en el caso que no lo fueran. Se les aplicará a ambas situaciones las tasas de interés moratorio y punitorio del QUINCE (15%) por ciento anual, este último a partir de los NOVENTA (90) días del vencimiento.
Condiciones
1) IMPLANTACIÓN Y RECONVERSIÓN DE MONTES FRUTÍCOLAS
DESTINO: Financiamiento de inversiones en plantas de frutos y fruta fina, sistemas de conducción y otros gastos de implantación. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal, por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) cuotas iguales al mes TREINTA Y SEIS (36) y CUARENTA Y OCHO (48) de la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal
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2) PRODUCCIÓN HORTÍCOLA
Financiamiento para gastos de siembra, implantación y cosecha de cultivos frutícolas y/u hortalizas de todo tipo. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UNA (1) cuota al mes NUEVE (09) de la fecha de la suscripción del instrumento legal. B- INFRAESTRUCTURA HORTÍCOLA: La adquisición de infraestructura para la producción hortícola bajo cubierta como estructuras de invernáculos y sombráculos.
Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UNA (1) cuota al mes QUINCE (15) de la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de los intereses: En ambos destinos se calcula de acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
3.- IMPLANTACIÓN DE CULTIVOS FORRAJEROS
DESTINO: Implantación, sistematización y siembra de cultivos forrajeros. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en CUATRO (4) cuotas iguales al mes DOCE (12), VEINTICUATRO (24), TREINTA Y SEIS (36) y CUARENTA Y OCHO (48) desde la fecha de suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
4.- PRODUCCIÓN APÍCOLA
DESTINO: Financiamiento para la adquisición de núcleos, colmenas, material apícola, cambio de reina e
indumentaria de trabajo. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) años, se abona en DOS (2) cuotas iguales al mes DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) desde la fecha de suscripción del instrumento legal. Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
5.- PRODUCCIÓN PORCINA
DESTINO: Adquisición de vientres y reproductores porcinos. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) años, se paga en CINCO (5) cuotas iguales al mes DOCE (12), QUINCE (15), DIECIOCHO (18), VEINTIUNO (21) y VEINTICUATRO (24) meses de la suscripción del instrumento legal. Amortización de los Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
6.- GANADO PARA ENGORDE
DESTINO: Compra de ganado para engorde. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UN (1) pago al mes DOCE (12) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
7.- VIENTRES Y REPRODUCTORES
DESTINO: Adquisición de vientres y reproductores bovinos, ovinos, caprinos, equinos y gallináceos, para reemplazar animales perdidos, recuperar el nivel genético y/o incrementar stock. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (02) años, se paga en DOS (02) cuotas iguales a los meses DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
8.- MAQUINARIA
DESTINO: Compra de maquinaria e infraestructuras, orientadas específicamente al desarrollo productivo, incluyendo la mano de obra necesaria para la construcción de la misma. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en Cuatro (4) años, se paga en seis (6) cuotas iguales al mes DIECIOCHO (18) VEINTICUATRO (24), TREINTA (30), TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y DOS (42) y CUARENTA Y OCHO (48) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
9.- CAPITAL DE TRABAJO
DESTINO: Financiar el capital de trabajo necesario para afrontar los procesos productivos y de comercialización. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UN (1) pago al mes DOCE (12) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
10.- FINANCIAMIENTO DE VENTAS
DESTINO: Financiar el plazo de espera entre la venta y el cobro efectivo de la producción. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrar en UN (1) pago al mes SEIS (6) desde la fecha de la firma del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
11.ACONDICIONAR SUELOS
DESTINO: Inversiones necesarias para la incorporación de nuevas hectáreas bajo riego, para aquellos casos que requieran un tratamiento diferenciado hasta su efectiva puesta en producción. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrar en CINCO (5) años, se abona en TRES (3) cuotas iguales al mes TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y OCHO (48) y SESENTA (60) desde la fecha de la firma del instrumento legal.
Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
12.- PESCA ARTESANAL
DESTINO: Financiar la inversión en infraestructura. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en CUATRO (4) años, se paga en SEIS (6) cuotas iguales al mes DIECIOCHO (18) VEINTICUATRO (24), TREINTA (30), TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y DOS (42) y CUARENTA Y OCHO (48) de otorgado el crédito.
A través de un decreto del pasado 30 de julio, El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO aprobó los destinos, las condiciones de acceso, el esquema de garantías y los plazos de amortización, para el otorgamiento de créditos en el marco del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios. el monto máximo a financiar será de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000)
Las tasas de interés financiero que se aplicarán a los créditos que se otorguen en el marco del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios será de un QUINCE (15%) por ciento anual en el caso de beneficiarios que acrediten fehacientemente ser integrantes de Asociaciones o Cooperativas Agropecuarias, y de un VEINTE (20%) por ciento anual en el caso que no lo fueran. Se les aplicará a ambas situaciones las tasas de interés moratorio y punitorio del QUINCE (15%) por ciento anual, este último a partir de los NOVENTA (90) días del vencimiento.
Condiciones
1) IMPLANTACIÓN Y RECONVERSIÓN DE MONTES FRUTÍCOLAS
DESTINO: Financiamiento de inversiones en plantas de frutos y fruta fina, sistemas de conducción y otros gastos de implantación. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal, por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) cuotas iguales al mes TREINTA Y SEIS (36) y CUARENTA Y OCHO (48) de la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal
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2) PRODUCCIÓN HORTÍCOLA
Financiamiento para gastos de siembra, implantación y cosecha de cultivos frutícolas y/u hortalizas de todo tipo. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UNA (1) cuota al mes NUEVE (09) de la fecha de la suscripción del instrumento legal. B- INFRAESTRUCTURA HORTÍCOLA: La adquisición de infraestructura para la producción hortícola bajo cubierta como estructuras de invernáculos y sombráculos.
Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UNA (1) cuota al mes QUINCE (15) de la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de los intereses: En ambos destinos se calcula de acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
3.- IMPLANTACIÓN DE CULTIVOS FORRAJEROS
DESTINO: Implantación, sistematización y siembra de cultivos forrajeros. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en CUATRO (4) cuotas iguales al mes DOCE (12), VEINTICUATRO (24), TREINTA Y SEIS (36) y CUARENTA Y OCHO (48) desde la fecha de suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
4.- PRODUCCIÓN APÍCOLA
DESTINO: Financiamiento para la adquisición de núcleos, colmenas, material apícola, cambio de reina e
indumentaria de trabajo. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) años, se abona en DOS (2) cuotas iguales al mes DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) desde la fecha de suscripción del instrumento legal. Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
5.- PRODUCCIÓN PORCINA
DESTINO: Adquisición de vientres y reproductores porcinos. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (2) años, se paga en CINCO (5) cuotas iguales al mes DOCE (12), QUINCE (15), DIECIOCHO (18), VEINTIUNO (21) y VEINTICUATRO (24) meses de la suscripción del instrumento legal. Amortización de los Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
6.- GANADO PARA ENGORDE
DESTINO: Compra de ganado para engorde. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UN (1) pago al mes DOCE (12) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
7.- VIENTRES Y REPRODUCTORES
DESTINO: Adquisición de vientres y reproductores bovinos, ovinos, caprinos, equinos y gallináceos, para reemplazar animales perdidos, recuperar el nivel genético y/o incrementar stock. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en DOS (02) años, se paga en DOS (02) cuotas iguales a los meses DOCE (12) y VEINTICUATRO (24) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
8.- MAQUINARIA
DESTINO: Compra de maquinaria e infraestructuras, orientadas específicamente al desarrollo productivo, incluyendo la mano de obra necesaria para la construcción de la misma. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en Cuatro (4) años, se paga en seis (6) cuotas iguales al mes DIECIOCHO (18) VEINTICUATRO (24), TREINTA (30), TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y DOS (42) y CUARENTA Y OCHO (48) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos, mediante el cual el productor pagará trimestralmente desde la fecha de la suscripción del instrumento legal. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
9.- CAPITAL DE TRABAJO
DESTINO: Financiar el capital de trabajo necesario para afrontar los procesos productivos y de comercialización. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en UN (1) pago al mes DOCE (12) desde la fecha de la suscripción del instrumento legal.
Amortización de los intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
10.- FINANCIAMIENTO DE VENTAS
DESTINO: Financiar el plazo de espera entre la venta y el cobro efectivo de la producción. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrar en UN (1) pago al mes SEIS (6) desde la fecha de la firma del instrumento legal. Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos.
11.ACONDICIONAR SUELOS
DESTINO: Inversiones necesarias para la incorporación de nuevas hectáreas bajo riego, para aquellos casos que requieran un tratamiento diferenciado hasta su efectiva puesta en producción. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrar en CINCO (5) años, se abona en TRES (3) cuotas iguales al mes TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y OCHO (48) y SESENTA (60) desde la fecha de la firma del instrumento legal.
Amortización de Intereses: De acuerdo al sistema sobre saldos. Rendición: Dentro de los NOVENTA (90) días corridos a partir de la suscripción del instrumento legal.
12.- PESCA ARTESANAL
DESTINO: Financiar la inversión en infraestructura. Plazo de Amortización del Capital: Se establece el sistema lineal por el cual el productor deberá reintegrarlo en CUATRO (4) años, se paga en SEIS (6) cuotas iguales al mes DIECIOCHO (18) VEINTICUATRO (24), TREINTA (30), TREINTA Y SEIS (36), CUARENTA Y DOS (42) y CUARENTA Y OCHO (48) de otorgado el crédito.