La Corte no definió la situación de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli

La Corte Suprema de Justicia se reunió hoy de manera virtual para analizar el caso de los jueces con traslados suspendidos, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, sin que del encuentro surgiera una posición de mayoría para definir el asunto.

06 OCT 2020 - 16:30 | Actualizado

El encuentro se inició poco después de las 11 a través de la plataforma zoom, pero finalizó sin que de él surgiera una posición de mayoría para dar una definición al caso de los jueces con los traslados suspendidos cuyos planteos fueron aceptados en "per saltum" (salto de instancia).

El martes pasado, y a instancias del presidente Carlos Rosenkrantz, la Corte declaró "adminisible" por unanimidad el pedido de salto por instancia de los tres jueces y de ese modo se comprometió a pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, esto es, si Bruglia, Bertuzzi y Castelli fueron trasladados de acuerdo al trámite complejo que establece la obligatoriedad del acuerdo del Senado.

En su decisión, el tribunal consideró que "es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales".

En función de buscar un fallo definitivo que zanje el conflicto de poderes, el máximo tribunal instruyó al Consejo de la Magistratura y al procurador interino, Eduardo Casal, para que en un plazo de 48 horas enviaran su opinión sobre los planteos de los magistrados.

En el caso del Consejo, que inició la revisión de todos los traslados de jueces desde 1998 en adelante a instancias del representante del Poder Ejecutivo en ese órgano, Gerónimo Ustarroz, la respuesta llegó antes del plazo prefijado y recomendó rechazar las pretensiones de los tres jueces.

Con la firma del presidente del Consejo, el juez civil Alberto Lugones, el escrito presentado a la Corte recordó sus competencias fijadas por la Constitución y que en el caso de los tres jueces su intervención se limitó "a la mera emisión de una recomendación al Poder Ejecutivo" para que revise esos traslados.

"Los recurrentes (Bruglia, Bertuzzi y Castelli) se han limitado a formular afirmaciones meramente dogmáticas sobre los agravios que, según su particular entender, podría ocasionarles la resolución 183/20, omitiendo indicar de modo preciso, en qué consistiría el supuesto gravamen al no haberse puesto en tela de juicio las garantías constitucionales de la inamovilidad y estabilidad en el cargo consagradas en el art. 110 de la Constitución Nacional", señaló el titular del Consejo.

En cambio, el procurador Casal otorgó la razón a los jueces en su dictamen bajo el supuesto de que la revisión de los traslados llevada adelante por el Consejo de la Magistratura se realizó en base a normas posteriores y, en ese sentido, destacó "el principio de irretroactividad".

"El principio de irretroactividad se erige como uno de los basilares de nuestro ordenamiento jurídico. Es fundamento de razón jurídica que toda regla de conducta dispone para el futuro", sostuvo el procurador.

Con estos elementos, más los argumentos de los propios jueces y las posiciones que la misma Corte tomó sobre traslados de funcionarios, la última instancia de justicia deberá decidir si el trámite de Bruglia, Bertuzzi y Castelli se ajustó a la Constitución o no.

En marzo de 2018, Bruglia y Bertuzzi fueron trasladados del Tribunal Oral Federal 4 de la Ciudad de Buenos Aires -primera instancia-, a la Sala I de la Cámara Criminal Federal -segunda instancia-, mientras que Castelli pasó del Tribunal Oral Federal 3 de San Martín, provincia de Buenos Aires, al Tribunal Oral Federal 7 de la Ciudad de Buenos Aires.

Cuando la revisión dispuesta por el Consejo de la Magistratura pasó al Senado, el principal cuestionamiento de los senadores fue que no habían dado su acuerdo para esas funciones y citó a los magistrados para que ofrecieran su punto de vista, aunque prefirieron no hacerlo, y así los traslados fueron suspendidos por la cámara alta.

06 OCT 2020 - 16:30

El encuentro se inició poco después de las 11 a través de la plataforma zoom, pero finalizó sin que de él surgiera una posición de mayoría para dar una definición al caso de los jueces con los traslados suspendidos cuyos planteos fueron aceptados en "per saltum" (salto de instancia).

El martes pasado, y a instancias del presidente Carlos Rosenkrantz, la Corte declaró "adminisible" por unanimidad el pedido de salto por instancia de los tres jueces y de ese modo se comprometió a pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, esto es, si Bruglia, Bertuzzi y Castelli fueron trasladados de acuerdo al trámite complejo que establece la obligatoriedad del acuerdo del Senado.

En su decisión, el tribunal consideró que "es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales".

En función de buscar un fallo definitivo que zanje el conflicto de poderes, el máximo tribunal instruyó al Consejo de la Magistratura y al procurador interino, Eduardo Casal, para que en un plazo de 48 horas enviaran su opinión sobre los planteos de los magistrados.

En el caso del Consejo, que inició la revisión de todos los traslados de jueces desde 1998 en adelante a instancias del representante del Poder Ejecutivo en ese órgano, Gerónimo Ustarroz, la respuesta llegó antes del plazo prefijado y recomendó rechazar las pretensiones de los tres jueces.

Con la firma del presidente del Consejo, el juez civil Alberto Lugones, el escrito presentado a la Corte recordó sus competencias fijadas por la Constitución y que en el caso de los tres jueces su intervención se limitó "a la mera emisión de una recomendación al Poder Ejecutivo" para que revise esos traslados.

"Los recurrentes (Bruglia, Bertuzzi y Castelli) se han limitado a formular afirmaciones meramente dogmáticas sobre los agravios que, según su particular entender, podría ocasionarles la resolución 183/20, omitiendo indicar de modo preciso, en qué consistiría el supuesto gravamen al no haberse puesto en tela de juicio las garantías constitucionales de la inamovilidad y estabilidad en el cargo consagradas en el art. 110 de la Constitución Nacional", señaló el titular del Consejo.

En cambio, el procurador Casal otorgó la razón a los jueces en su dictamen bajo el supuesto de que la revisión de los traslados llevada adelante por el Consejo de la Magistratura se realizó en base a normas posteriores y, en ese sentido, destacó "el principio de irretroactividad".

"El principio de irretroactividad se erige como uno de los basilares de nuestro ordenamiento jurídico. Es fundamento de razón jurídica que toda regla de conducta dispone para el futuro", sostuvo el procurador.

Con estos elementos, más los argumentos de los propios jueces y las posiciones que la misma Corte tomó sobre traslados de funcionarios, la última instancia de justicia deberá decidir si el trámite de Bruglia, Bertuzzi y Castelli se ajustó a la Constitución o no.

En marzo de 2018, Bruglia y Bertuzzi fueron trasladados del Tribunal Oral Federal 4 de la Ciudad de Buenos Aires -primera instancia-, a la Sala I de la Cámara Criminal Federal -segunda instancia-, mientras que Castelli pasó del Tribunal Oral Federal 3 de San Martín, provincia de Buenos Aires, al Tribunal Oral Federal 7 de la Ciudad de Buenos Aires.

Cuando la revisión dispuesta por el Consejo de la Magistratura pasó al Senado, el principal cuestionamiento de los senadores fue que no habían dado su acuerdo para esas funciones y citó a los magistrados para que ofrecieran su punto de vista, aunque prefirieron no hacerlo, y así los traslados fueron suspendidos por la cámara alta.


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