Tras sufrir un ACV y por sus frecuentes caídas, el “Cura” Segundo volverá a prisión domiciliaria

El exempresario de la estiba condenado a 9 años de cárcel por el caso de la cocaína en Poseidón está en un delicado estado de salud. Debe utilizar un andador y hasta principios de mes seguía internado. Se quedará en otra casa en Puerto Madryn bajo monitoreo electrónico.

17 OCT 2020 - 20:56 | Actualizado

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia ordenó que una vez que obtenga el alta hospitalaria, Héctor Omar “Cura” Segundo pueda beneficiarse por segunda vez con la prisión domiciliaria en Formosa al 70 de Puerto Madryn. Está condenado a 9 años de cárcel por el caso de los 110 kilos de cocaína hallados en la pesquera Poseidón.

El juez Enrique Guanziroli puso las siguientes condiciones: Segundo deberá comunicar a la Comisaría 1ª el alta con un certificado y ese personal lo trasladará hasta la casa; no podrá ausentarse por ninguna circunstancia y si tiene turnos médicos, deberá pedir permiso con antelación por medio de su defensor. Si es una “grave urgencia médica”, deberá ser comunicada de inmediato al Tribunal.

El condenado deberá acatar las restricciones de la cuarentena y aportar un teléfono para comunicar a la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica, de modo que haga efectivo su monitoreo electrónico. El “Cura” no podrá abusar del alcohol, usar ni tener estupefacientes o armas de ningún tipo.

La Policía certificará que la vivienda no cuente con desniveles que pongan en peligro la integridad física del beneficiado y seguirá con los controles sorpresivos diarios en el nuevo domicilio.

Antecedentes

Ya el 20 de marzo a Segundo se le concedió la prisión domiciliaria por ser paciente de riesgo, ante la seria posibilidad de que contrajera Covid-19 en la Unidad 6 de Rawson, debido a sus patologías preexistentes.

Pero rl 19 de julio se le revocó el beneficio cuando los vecinos lo sorprendieron comprando en un comercio, sin permiso, y lo denunciaron. De nuevo preso sufrió una descompensación, debido a un ACV sufrido días antes. Por este motivo sigue internado.

Su defensor solicitó que se le conceda nuevamente el arresto domiciliario, en otra casa dado que se separó de su mujer, y por su “delicado estado de salud”.

Los informes médicos desaconsejan su alojamiento en un penal. Según el médico policial, padece de diabetes y es insulino dependiente. Y tiene lesiones en el cerebro que le provocan una alteración del lado izquierdo de su cuerpo, inestabilidad corporal y caídas, y tener que deambular con andador.

“No puede ser alojado en las unidades de detención locales ya que no se cuenta con posibilidad de supervisión de la persona y de la medicación por personal de salud, de los cuidados necesarios por tener factores de riesgo ante la pandemia que nos afecta, y la imposibilidad de realizar la rehabilitación necesaria”. Necesita un lugar sin desniveles “para evitar accidentes por sus trastornos motrices”.

El médico legista de la jurisdicción advirtió que se requiere la atención de profesionales del área Psiquiatría y Psicología.

“Humanitario”

La fecha probable de alta era el 5 de octubre, pero el 9 –fecha de la resolución- todavía no había sido informada y seguían los controles policiales periódicos.

“La prisión domiciliaria tiene como fundamento no infligir más penas que las legalmente impuestas con base en criterios humanitarios, en especial con quienes están afectados en su salud y se ha acreditado una circunstancia que dificulta su estadía en un penal, al menos temporalmente”, explicó Guanziroli para otorgar el nuevo beneficio.#

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17 OCT 2020 - 20:56

El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia ordenó que una vez que obtenga el alta hospitalaria, Héctor Omar “Cura” Segundo pueda beneficiarse por segunda vez con la prisión domiciliaria en Formosa al 70 de Puerto Madryn. Está condenado a 9 años de cárcel por el caso de los 110 kilos de cocaína hallados en la pesquera Poseidón.

El juez Enrique Guanziroli puso las siguientes condiciones: Segundo deberá comunicar a la Comisaría 1ª el alta con un certificado y ese personal lo trasladará hasta la casa; no podrá ausentarse por ninguna circunstancia y si tiene turnos médicos, deberá pedir permiso con antelación por medio de su defensor. Si es una “grave urgencia médica”, deberá ser comunicada de inmediato al Tribunal.

El condenado deberá acatar las restricciones de la cuarentena y aportar un teléfono para comunicar a la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica, de modo que haga efectivo su monitoreo electrónico. El “Cura” no podrá abusar del alcohol, usar ni tener estupefacientes o armas de ningún tipo.

La Policía certificará que la vivienda no cuente con desniveles que pongan en peligro la integridad física del beneficiado y seguirá con los controles sorpresivos diarios en el nuevo domicilio.

Antecedentes

Ya el 20 de marzo a Segundo se le concedió la prisión domiciliaria por ser paciente de riesgo, ante la seria posibilidad de que contrajera Covid-19 en la Unidad 6 de Rawson, debido a sus patologías preexistentes.

Pero rl 19 de julio se le revocó el beneficio cuando los vecinos lo sorprendieron comprando en un comercio, sin permiso, y lo denunciaron. De nuevo preso sufrió una descompensación, debido a un ACV sufrido días antes. Por este motivo sigue internado.

Su defensor solicitó que se le conceda nuevamente el arresto domiciliario, en otra casa dado que se separó de su mujer, y por su “delicado estado de salud”.

Los informes médicos desaconsejan su alojamiento en un penal. Según el médico policial, padece de diabetes y es insulino dependiente. Y tiene lesiones en el cerebro que le provocan una alteración del lado izquierdo de su cuerpo, inestabilidad corporal y caídas, y tener que deambular con andador.

“No puede ser alojado en las unidades de detención locales ya que no se cuenta con posibilidad de supervisión de la persona y de la medicación por personal de salud, de los cuidados necesarios por tener factores de riesgo ante la pandemia que nos afecta, y la imposibilidad de realizar la rehabilitación necesaria”. Necesita un lugar sin desniveles “para evitar accidentes por sus trastornos motrices”.

El médico legista de la jurisdicción advirtió que se requiere la atención de profesionales del área Psiquiatría y Psicología.

“Humanitario”

La fecha probable de alta era el 5 de octubre, pero el 9 –fecha de la resolución- todavía no había sido informada y seguían los controles policiales periódicos.

“La prisión domiciliaria tiene como fundamento no infligir más penas que las legalmente impuestas con base en criterios humanitarios, en especial con quienes están afectados en su salud y se ha acreditado una circunstancia que dificulta su estadía en un penal, al menos temporalmente”, explicó Guanziroli para otorgar el nuevo beneficio.#


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