Rechazaron pedido de probation para dos acusadas por encubrimiento de un homicidio

El tribunal integrado por los jueces Gustavo Castro, Mirta del Valle Moreno y María Tolomei rechazó un pedido de suspensión de juicio a prueba para Karen Janet Campusano y Lorena Paola Oyarzo que había pedido la defensora pública, Romina Rowlands.

26 OCT 2020 - 17:12 | Actualizado

Ambas mujeres están imputadas por encubrimiento agravado del delito de homicidio en la causa que investiga el crimen de Rosa Acuña, un hecho ocurrido entre las últimas horas del 2 de septiembre de 2018 y la madrugada del día siguiente en una vivienda del barrio Primera Junta, de Trelew, en tanto que su cuerpo semicalcinado apareció a pocas cuadras, en un descampado ubicado entre el barrio Primera Junta y el Parque Industrial.

El miércoles de la semana pasada debía iniciarse el juicio oral y público, pero la imposibilidad de asistir del abogado de la principal imputada en el caso impidió el comienzo del debate. Sin embargo, en esa oportunidad la Dra. Rowlands planteó ante el tribunal la posibilidad de tramitar la suspensión de juicio a prueba para dos de sus defendidas.

La abogada oficial dijo que tanto Campusano como Oyarzo carecían de antecedentes condenatorios y que la calificación legal elegida por la fiscalía era menor respecto de la otra acusada en la causa.

Para acceder a ese beneficio propuso dos años y medio de plazo para la duración de la suspensión del juicio. En el caso de Oyarzo con una donación de dos packs de leche y 10 kilos de harina en tres oportunidades a una institución de bien público y para Campusano, una donación similar, pero por única vez y 100 horas de trabajos comunitarios.

En la resolución que se conoció este lunes, los jueces votaron de manera unánime por el rechazo al pedido de suspensión del juicio a prueba.

En su voto, la Dra. Mirta Moreno expresó que si bien la figura requerida por la defensora “es un derecho del imputado pero no es automático y el juez debe otorgarlo de acuerdo a razonabilidad de la propuesta, las reglas de conductas ofrecidas y la respuesta de la víctima”.

También explica que forma parte de las “salidas alternativas previstas en la legislación para casos de escasa o mediana gravedad” y que en este caso, “la naturaleza de la acción imputada y la circunstancia en la que habría sido llevada a cabo, impiden afirmar que el hecho sea uno de los que el estado puede calificar como de escasa trascendencia penal”.

Los jueces valoraron que ambas imputadas se han manifestado con relación al ofrecimiento reparatorio, “y ambas han coincidido no solo en los problemas económicos que atraviesan sino también en las dificultades familiares para el cuidado de sus hijos, ellas son las que están a cargo”.

Asimismo, recuerda que el Dr. Federico Ruffa en representación de la querella también ha hecho un planteo en contrario y en su exposición señaló que “respecto que el encubrimiento por el cual se las acusara está relacionado con la afectación al bien jurídico que merece el mayor grado de protección y sin el cual no pueden realizarse los demás derechos, que es el derecho a la vida”.

Tras analizar el caso, los magistrados entendieron que en este caso “no se verifican los presupuestos que exige el cuarto párrafo del artículo 76 bis del Código Penal para la procedencia del instituto, entiendo corresponde rechazar la suspensión de juicio a prueba de Karen Janet Campusano y de Lorena Paola Oyarzo”.

El juicio oral y público por el homicidio de Rosa Acuña continuará el próximo martes 3 de noviembre a las 9 horas.

En la causa, caratulada “Comisaria Tercera s/Investigación muerte NN – Trelew” están imputados Laura Vargas, en calidad de autora de homicidio simple y por encubrimiento, además de Oyarzo y Campusano, Luis Samusik.

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26 OCT 2020 - 17:12

Ambas mujeres están imputadas por encubrimiento agravado del delito de homicidio en la causa que investiga el crimen de Rosa Acuña, un hecho ocurrido entre las últimas horas del 2 de septiembre de 2018 y la madrugada del día siguiente en una vivienda del barrio Primera Junta, de Trelew, en tanto que su cuerpo semicalcinado apareció a pocas cuadras, en un descampado ubicado entre el barrio Primera Junta y el Parque Industrial.

El miércoles de la semana pasada debía iniciarse el juicio oral y público, pero la imposibilidad de asistir del abogado de la principal imputada en el caso impidió el comienzo del debate. Sin embargo, en esa oportunidad la Dra. Rowlands planteó ante el tribunal la posibilidad de tramitar la suspensión de juicio a prueba para dos de sus defendidas.

La abogada oficial dijo que tanto Campusano como Oyarzo carecían de antecedentes condenatorios y que la calificación legal elegida por la fiscalía era menor respecto de la otra acusada en la causa.

Para acceder a ese beneficio propuso dos años y medio de plazo para la duración de la suspensión del juicio. En el caso de Oyarzo con una donación de dos packs de leche y 10 kilos de harina en tres oportunidades a una institución de bien público y para Campusano, una donación similar, pero por única vez y 100 horas de trabajos comunitarios.

En la resolución que se conoció este lunes, los jueces votaron de manera unánime por el rechazo al pedido de suspensión del juicio a prueba.

En su voto, la Dra. Mirta Moreno expresó que si bien la figura requerida por la defensora “es un derecho del imputado pero no es automático y el juez debe otorgarlo de acuerdo a razonabilidad de la propuesta, las reglas de conductas ofrecidas y la respuesta de la víctima”.

También explica que forma parte de las “salidas alternativas previstas en la legislación para casos de escasa o mediana gravedad” y que en este caso, “la naturaleza de la acción imputada y la circunstancia en la que habría sido llevada a cabo, impiden afirmar que el hecho sea uno de los que el estado puede calificar como de escasa trascendencia penal”.

Los jueces valoraron que ambas imputadas se han manifestado con relación al ofrecimiento reparatorio, “y ambas han coincidido no solo en los problemas económicos que atraviesan sino también en las dificultades familiares para el cuidado de sus hijos, ellas son las que están a cargo”.

Asimismo, recuerda que el Dr. Federico Ruffa en representación de la querella también ha hecho un planteo en contrario y en su exposición señaló que “respecto que el encubrimiento por el cual se las acusara está relacionado con la afectación al bien jurídico que merece el mayor grado de protección y sin el cual no pueden realizarse los demás derechos, que es el derecho a la vida”.

Tras analizar el caso, los magistrados entendieron que en este caso “no se verifican los presupuestos que exige el cuarto párrafo del artículo 76 bis del Código Penal para la procedencia del instituto, entiendo corresponde rechazar la suspensión de juicio a prueba de Karen Janet Campusano y de Lorena Paola Oyarzo”.

El juicio oral y público por el homicidio de Rosa Acuña continuará el próximo martes 3 de noviembre a las 9 horas.

En la causa, caratulada “Comisaria Tercera s/Investigación muerte NN – Trelew” están imputados Laura Vargas, en calidad de autora de homicidio simple y por encubrimiento, además de Oyarzo y Campusano, Luis Samusik.


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