Esquel: se prevén multas por no cumplir los protocolos en los comercios

Los bloques de concejales de Chubut al Frente, PJ-Frente de Todos y Por Esquel, elaboraron un proyecto que alude a los distintos Decretos que fijan protocolos, para la prevención del Covid-19, fijando multas por incumplimiento de medidas.

09 ENE 2021 - 20:22 | Actualizado

Esta norma contempla establecer con carácter obligatorio las medidas de prevención sanitaria de Nación, Provincia y Municipio, dentro del ejido de Esquel.

Propone que todas las actividades comerciales, de transporte, deportivas, culturales, se deberán desarrollar con un protocolo de bioseguridad, aprobado por el Centro Operativo de Emergencias Municipal (COEM).

El incumplimiento de los protocolos, será sancionado con multas, dice la iniciativa.

Uno de los artículos señala en cuanto a reuniones familiares y sociales mientras se encuentren suspendidas, en concordancia con las disposiciones, hasta tanto la situación epidemiológica que se verifique permita su autorización, y así lo recomiende la autoridad de Salud, sin perjuicio de la multa a aplicarse, las autoridades harán cesar de inmediato las mismas.

En el mismo proyecto de ordenanza se faculta al Departamento Ejecutivo Municipa, a efectuar actas de

infracción por la violación a las disposiciones, y se fija como órgano de aplicación al Tribunal Municipal de Faltas, a los fines de determinación y aplicación de las multas.

Sanciones

En caso de incumplimiento de lo estipulado en la norma se aplicarán las siguientes sanciones:

a) Incumplimiento ante el uso de barbijo o tapaboca: Infracción 100 módulos municipales.

b) Los comercios o establecimientos que incumplan con los protocolos

aprobados por el COEM, serán sancionados con multas:

1ra. infracción 300 módulos municipales.

2da. infracción 600 módulos y clausura por 7 días.

3ra. infracción 1.000 módulos y clausura por 30 días.

c) Al titular, o en su caso al locatario del inmueble en el cual se realicen reuniones sociales o familiares, cuando estas se encuentren suspendidas, se aplicarán multas de 600 módulos.

d) Los responsables de la organización de diferentes actividades que implican

la concurrencia de personas que suscriban los protocolos aprobados por el COEM serán sancionados, ante su incumplimiento con multas de 600 módulos.

e) A las personas que circulen fuera de los horarios establecidos por las

autoridades, se aplicara multa de 300 módulos.

f) A los conductores de vehículos y motocicletas que circulen fuera del día que les corresponda según terminación de su DNI se aplicará multa de 300 módulos.

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09 ENE 2021 - 20:22

Esta norma contempla establecer con carácter obligatorio las medidas de prevención sanitaria de Nación, Provincia y Municipio, dentro del ejido de Esquel.

Propone que todas las actividades comerciales, de transporte, deportivas, culturales, se deberán desarrollar con un protocolo de bioseguridad, aprobado por el Centro Operativo de Emergencias Municipal (COEM).

El incumplimiento de los protocolos, será sancionado con multas, dice la iniciativa.

Uno de los artículos señala en cuanto a reuniones familiares y sociales mientras se encuentren suspendidas, en concordancia con las disposiciones, hasta tanto la situación epidemiológica que se verifique permita su autorización, y así lo recomiende la autoridad de Salud, sin perjuicio de la multa a aplicarse, las autoridades harán cesar de inmediato las mismas.

En el mismo proyecto de ordenanza se faculta al Departamento Ejecutivo Municipa, a efectuar actas de

infracción por la violación a las disposiciones, y se fija como órgano de aplicación al Tribunal Municipal de Faltas, a los fines de determinación y aplicación de las multas.

Sanciones

En caso de incumplimiento de lo estipulado en la norma se aplicarán las siguientes sanciones:

a) Incumplimiento ante el uso de barbijo o tapaboca: Infracción 100 módulos municipales.

b) Los comercios o establecimientos que incumplan con los protocolos

aprobados por el COEM, serán sancionados con multas:

1ra. infracción 300 módulos municipales.

2da. infracción 600 módulos y clausura por 7 días.

3ra. infracción 1.000 módulos y clausura por 30 días.

c) Al titular, o en su caso al locatario del inmueble en el cual se realicen reuniones sociales o familiares, cuando estas se encuentren suspendidas, se aplicarán multas de 600 módulos.

d) Los responsables de la organización de diferentes actividades que implican

la concurrencia de personas que suscriban los protocolos aprobados por el COEM serán sancionados, ante su incumplimiento con multas de 600 módulos.

e) A las personas que circulen fuera de los horarios establecidos por las

autoridades, se aplicara multa de 300 módulos.

f) A los conductores de vehículos y motocicletas que circulen fuera del día que les corresponda según terminación de su DNI se aplicará multa de 300 módulos.


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