Violencia de género: golpeó a su pareja, fue detenido y logró la suspensión de juicio a prueba

La decisión del juez Ricardo Rolón contó con el consentimiento de la víctima, la que tendrá que recibir una reparación económica. El acusado ayudará al Hospital de Trevelin.

15 ENE 2021 - 20:49 | Actualizado

A un hombre que se encontraba en prisión domiciliaria en Esquel por un hecho de violencia de género contra su pareja, se le otorgó la suspensión del juicio a prueba y recuperó su ibertad. La decisión del juez Ricardo Rolón se produjo en el marco de una audiencia de la prisión que tenía y en acuerdo con la víctima de ese delito. Para ello, el imputado deberá tener que respetar una serie de conductas exigidas por la Justicia. Caso contrario, será condenado.

El fiscal Carlos Cavallo inició la audiencia indicando que se llegó a un acuerdo con la Defensa Pública, representada por Paola Bagnato, con el consentimiento de la víctima.

El imputado no cuenta con antecedentes penales ni otros legajos en trámite y los delitos en los que se enmarca el hecho por el que fue detenido, de obtener condena, la pena podría ser en suspenso. Esta situación permite que acceda al beneficio de la suspensión de juicio a prueba. El imputado atravesará un período de prueba en el que tendrá que mantener un trato respetuoso con la víctima, pagarle una reparación, realizar un aporte económico al Hospital de Trevelin y mantener el domicilio, entre otros requisitos. Si incumpliera alguno de ellos en el plazo de un año, volvería a activarse el proceso penal avanzando hacia la etapa de juicio. Si cumple, podrá acceder a un sobreseimiento. Sin embargo, si superado el plazo, cometiera otro delito, ya no podrá acceder a este beneficio sino que tendrá que afrontar el juicio, informó una gacetilla de la Fiscalía de Esquel.

El hecho

El 1 de enero por la tarde una pareja oriunda de Formosa protagonizó una situación violenta que derivó en la intervención policial, la detención del agresor y la realización de una audiencia.

Los hechos fueron calificados como lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por haber ocurrido en contexto de violencia de género, coacción y privación ilegítima de la libertad calificada por haberse cometido con violencia y hacia una persona a quien se debe respeto particular.

El suceso en sí se produjo cuando el matrimonio inició una discusión que derivó en una fuerte golpiza propinada por el imputado a la víctima. El hijo de ambos, de 9 años, dio aviso a unos vecinos que llamaron a la Policía. Al arribar el personal policial al lugar, escuchó gritos en el interior de la vivienda. Los uniformados golpearon la puerta e identificaron al niño quien les dijo que pidió auxilio porque el padre le pegaba a la madre.

En ese momento se presentó la mujer indicando a la Policía que su pareja la había golpeado y que se quería ir de la casa, solicitando que no se lo llevaran detenido, hecho que sucedió efectivamente.#

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15 ENE 2021 - 20:49

A un hombre que se encontraba en prisión domiciliaria en Esquel por un hecho de violencia de género contra su pareja, se le otorgó la suspensión del juicio a prueba y recuperó su ibertad. La decisión del juez Ricardo Rolón se produjo en el marco de una audiencia de la prisión que tenía y en acuerdo con la víctima de ese delito. Para ello, el imputado deberá tener que respetar una serie de conductas exigidas por la Justicia. Caso contrario, será condenado.

El fiscal Carlos Cavallo inició la audiencia indicando que se llegó a un acuerdo con la Defensa Pública, representada por Paola Bagnato, con el consentimiento de la víctima.

El imputado no cuenta con antecedentes penales ni otros legajos en trámite y los delitos en los que se enmarca el hecho por el que fue detenido, de obtener condena, la pena podría ser en suspenso. Esta situación permite que acceda al beneficio de la suspensión de juicio a prueba. El imputado atravesará un período de prueba en el que tendrá que mantener un trato respetuoso con la víctima, pagarle una reparación, realizar un aporte económico al Hospital de Trevelin y mantener el domicilio, entre otros requisitos. Si incumpliera alguno de ellos en el plazo de un año, volvería a activarse el proceso penal avanzando hacia la etapa de juicio. Si cumple, podrá acceder a un sobreseimiento. Sin embargo, si superado el plazo, cometiera otro delito, ya no podrá acceder a este beneficio sino que tendrá que afrontar el juicio, informó una gacetilla de la Fiscalía de Esquel.

El hecho

El 1 de enero por la tarde una pareja oriunda de Formosa protagonizó una situación violenta que derivó en la intervención policial, la detención del agresor y la realización de una audiencia.

Los hechos fueron calificados como lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por haber ocurrido en contexto de violencia de género, coacción y privación ilegítima de la libertad calificada por haberse cometido con violencia y hacia una persona a quien se debe respeto particular.

El suceso en sí se produjo cuando el matrimonio inició una discusión que derivó en una fuerte golpiza propinada por el imputado a la víctima. El hijo de ambos, de 9 años, dio aviso a unos vecinos que llamaron a la Policía. Al arribar el personal policial al lugar, escuchó gritos en el interior de la vivienda. Los uniformados golpearon la puerta e identificaron al niño quien les dijo que pidió auxilio porque el padre le pegaba a la madre.

En ese momento se presentó la mujer indicando a la Policía que su pareja la había golpeado y que se quería ir de la casa, solicitando que no se lo llevaran detenido, hecho que sucedió efectivamente.#


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