El decreto establece la vigencia en toda la provincia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, fijando la ampliación de una hora en la posibilidad de circulación de las personas.
Lo firmaron el gobernador Mariano Arcioni y todos los ministros. No estará alcanzado por esta restricción horaria “el personal afectado a actividad esencial a los fines de la tarea que desarrollan”.
Se mantienen vigentes los recaudos y modalidad para el ingreso a la provincia por cualquier vía, así como también las restricciones para ingreso y circulación existentes y la necesidad de cumplir con las normas de conducta general y protección.
En todos los casos las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar de manera correcta el cubre boca-nariz en espacios abiertos o cerrados compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar superficies y ventilar los ambientes.
Se podrán realizar salidas de esparcimiento y las actividades deportivas, artísticas, recreativas, sociales y culturales, en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales hasta un máximo de 10 personas.
Las reuniones familiares se podrán realizar de manera responsable con una asistencia de hasta 10 personas.
El artículo 14 del decreto estipula que “se podrán desarrollar actividad turística dentro del territorio provincial respetando las previsiones establecidas en la presente norma en cuanto al ingreso y circulación de las personas, y a medidas de prevención y aislamiento, aplicables para cada localidad de acuerdo a su situación”.#
El decreto establece la vigencia en toda la provincia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, fijando la ampliación de una hora en la posibilidad de circulación de las personas.
Lo firmaron el gobernador Mariano Arcioni y todos los ministros. No estará alcanzado por esta restricción horaria “el personal afectado a actividad esencial a los fines de la tarea que desarrollan”.
Se mantienen vigentes los recaudos y modalidad para el ingreso a la provincia por cualquier vía, así como también las restricciones para ingreso y circulación existentes y la necesidad de cumplir con las normas de conducta general y protección.
En todos los casos las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar de manera correcta el cubre boca-nariz en espacios abiertos o cerrados compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar superficies y ventilar los ambientes.
Se podrán realizar salidas de esparcimiento y las actividades deportivas, artísticas, recreativas, sociales y culturales, en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales hasta un máximo de 10 personas.
Las reuniones familiares se podrán realizar de manera responsable con una asistencia de hasta 10 personas.
El artículo 14 del decreto estipula que “se podrán desarrollar actividad turística dentro del territorio provincial respetando las previsiones establecidas en la presente norma en cuanto al ingreso y circulación de las personas, y a medidas de prevención y aislamiento, aplicables para cada localidad de acuerdo a su situación”.#