Nación presentó el régimen de fomento a las exportaciones que incluye al sector petrolero

Es para nuevos proyectos de inversión, entre los cuales el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación. Está dirigido a los sectores forestoindustriales, agroindustriales e hidrocarburífero. En 2020 Chubut fue la cuarta provincia exportadora.

10 ABR 2021 - 18:33 | Actualizado

El Gobierno Nacional presentó el nuevo régimen de fomento a las inversiones, en la búsqueda de dar dar previsibilidad a la inversión extranjera directa o a la inversión nacional financiada con crédito externo, destinada a incrementar las exportaciones.

Y con el impulso de los envíos al exterior, crear más empleo, fortalecer la competitividad de diversos sectores económicos, fomentar un crecimiento económico sustentable y equitativo y promover la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y las distintas regiones.

El programa está dirigido a inversiones en los sectores foresto industriales, agroindustriales, hidrocarburÍfero, minero y de industrias manufactureras. Es para nuevos proyectos o para aquellos ya establecidos pero que busquen ampliar su capacidad productiva a fin de exportar. Vale decir, que Chubut se ubicó en 2020 como la cuarta provincia exportadora, con el impulso del petróleo, detrás de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe. Los complejos exportadores de la provincia también incluyen las lanas, la pesca y el aluminio.

La provincia exportó 2.030 millones de dólares en 2020, con una baja de 28,9% respecto del año anterior. Esta caída fue el resultado de la reducción observada en varios de los principales productos exportados por la provincia: petróleo crudo (cuyos despachos representan el 42,0% de las exportaciones) disminuyó 27,4%, mientras que los pescados y mariscos sin elaborar (principalmente mariscos), que participaron con el 28,3% del total, se redujeron 18,8%. Asimismo, las lanas elaboradas, aunque con un peso mucho menor (2,7% de las exportaciones provinciales), cayeron 52,6%. Los principales destinos fueron USMCA, Unión Europea, Medio Oriente, China y Mercosur.

En cuanto al petróleo, las exportaciones apenas superaron los 900 millones de dólares. Mientras que, por pescados y mariscos sin elaborar, las ventas estuvieron cerca de los 600 millones de dólares. Mientras que lo exportado por lana sucia y elaborada, registró números muy bajos dentro del complejo exportador de la provincia. En el rubro “Resto de productos” exportados, se estuvo alrededor de los 500 millones de dólares.

Dentro del Régimen de Promoción, no se consideran como inversiones a las colocaciones financieras y/o de portafolio; a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas y/o acciones o participaciones societarias.

El 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación. Mientras que el tope máximo anual es el equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el proyecto.

En cuanto al destino de esos fondos, deberán absorberse para el pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes.

Y si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas y/o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.

Como principal requisito, el proyecto de inversión tendrá que ser no menos a los U$S 100 millones, y la duración del beneficio será durante los próximos 15 años.

Metas

Dentro del Decreto figuran explícitamente las metas que se persiguen, dentro del articulado: los objetivos prioritarios serán “a. Incrementar las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las actividades a las que alude el presente decreto. b. Promover el desarrollo económico sustentable contemplando la equidad social. c. Favorecer la creación de empleo. d. Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos. e. Propender al crecimiento económico y socialmente equitativo. f. Obtener la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y de las distintas regiones”.

Se buscará de este modo el incentivo para la inversión nacional y extranjera directa para incrementar las capacidades productivas destinadas a la exportación. La integración del capital nacional e internacional, en la generación de ecosistemas productivos. La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la competitividad y la capacidad productiva, como así también la promoción del desarrollo tecnológico en la REPÚBLICA ARGENTINA con ese objeto.

Así como también la formación de emprendimientos conjuntos, binacionales y/o plurinacionales, con el objeto de permitir la exportación de bienes compuestos por tecnología nacional en el mercado de la empresa asociada y/o terceros mercados, así como la incorporación de tecnología y financiación no disponibles en el país.

Y el desarrollo coordinado de las competencias entre el ESTADO NACIONAL, las provincias y las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos naturales.

Beneficios

Los beneficiarios o las beneficiarias del presente régimen gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el VEINTE POR CIENTO (20 %) de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados y/o a la repatriación de inversiones directas de no residentes

Este beneficio no podrá superar un máximo anual equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del monto bruto de divisas ingresadas por el beneficiario o la beneficiaria en el Mercado Libre de Cambios (MLC), para financiar el desarrollo del proyecto y podrá aplicarse una vez transcurrido un año aniversario desde que se haya hecho efectivo el ingreso de divisas en el Mercado Libre de Cambios (MLC).

En el caso de la ampliación de una unidad de negocio ya existente, la Autoridad de Aplicación evaluará la incidencia incremental anual del proyecto en las exportaciones realizadas por la empresa. Dicho incremental dispondrá de los beneficios de libre aplicación de las divisas de acuerdo al criterio del párrafo precedente.

Enterate de las noticias de ECONOMIA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
10 ABR 2021 - 18:33

El Gobierno Nacional presentó el nuevo régimen de fomento a las inversiones, en la búsqueda de dar dar previsibilidad a la inversión extranjera directa o a la inversión nacional financiada con crédito externo, destinada a incrementar las exportaciones.

Y con el impulso de los envíos al exterior, crear más empleo, fortalecer la competitividad de diversos sectores económicos, fomentar un crecimiento económico sustentable y equitativo y promover la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y las distintas regiones.

El programa está dirigido a inversiones en los sectores foresto industriales, agroindustriales, hidrocarburÍfero, minero y de industrias manufactureras. Es para nuevos proyectos o para aquellos ya establecidos pero que busquen ampliar su capacidad productiva a fin de exportar. Vale decir, que Chubut se ubicó en 2020 como la cuarta provincia exportadora, con el impulso del petróleo, detrás de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe. Los complejos exportadores de la provincia también incluyen las lanas, la pesca y el aluminio.

La provincia exportó 2.030 millones de dólares en 2020, con una baja de 28,9% respecto del año anterior. Esta caída fue el resultado de la reducción observada en varios de los principales productos exportados por la provincia: petróleo crudo (cuyos despachos representan el 42,0% de las exportaciones) disminuyó 27,4%, mientras que los pescados y mariscos sin elaborar (principalmente mariscos), que participaron con el 28,3% del total, se redujeron 18,8%. Asimismo, las lanas elaboradas, aunque con un peso mucho menor (2,7% de las exportaciones provinciales), cayeron 52,6%. Los principales destinos fueron USMCA, Unión Europea, Medio Oriente, China y Mercosur.

En cuanto al petróleo, las exportaciones apenas superaron los 900 millones de dólares. Mientras que, por pescados y mariscos sin elaborar, las ventas estuvieron cerca de los 600 millones de dólares. Mientras que lo exportado por lana sucia y elaborada, registró números muy bajos dentro del complejo exportador de la provincia. En el rubro “Resto de productos” exportados, se estuvo alrededor de los 500 millones de dólares.

Dentro del Régimen de Promoción, no se consideran como inversiones a las colocaciones financieras y/o de portafolio; a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas y/o acciones o participaciones societarias.

El 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación. Mientras que el tope máximo anual es el equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el proyecto.

En cuanto al destino de esos fondos, deberán absorberse para el pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes.

Y si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas y/o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.

Como principal requisito, el proyecto de inversión tendrá que ser no menos a los U$S 100 millones, y la duración del beneficio será durante los próximos 15 años.

Metas

Dentro del Decreto figuran explícitamente las metas que se persiguen, dentro del articulado: los objetivos prioritarios serán “a. Incrementar las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las actividades a las que alude el presente decreto. b. Promover el desarrollo económico sustentable contemplando la equidad social. c. Favorecer la creación de empleo. d. Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos. e. Propender al crecimiento económico y socialmente equitativo. f. Obtener la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y de las distintas regiones”.

Se buscará de este modo el incentivo para la inversión nacional y extranjera directa para incrementar las capacidades productivas destinadas a la exportación. La integración del capital nacional e internacional, en la generación de ecosistemas productivos. La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la competitividad y la capacidad productiva, como así también la promoción del desarrollo tecnológico en la REPÚBLICA ARGENTINA con ese objeto.

Así como también la formación de emprendimientos conjuntos, binacionales y/o plurinacionales, con el objeto de permitir la exportación de bienes compuestos por tecnología nacional en el mercado de la empresa asociada y/o terceros mercados, así como la incorporación de tecnología y financiación no disponibles en el país.

Y el desarrollo coordinado de las competencias entre el ESTADO NACIONAL, las provincias y las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos naturales.

Beneficios

Los beneficiarios o las beneficiarias del presente régimen gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el VEINTE POR CIENTO (20 %) de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados y/o a la repatriación de inversiones directas de no residentes

Este beneficio no podrá superar un máximo anual equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del monto bruto de divisas ingresadas por el beneficiario o la beneficiaria en el Mercado Libre de Cambios (MLC), para financiar el desarrollo del proyecto y podrá aplicarse una vez transcurrido un año aniversario desde que se haya hecho efectivo el ingreso de divisas en el Mercado Libre de Cambios (MLC).

En el caso de la ampliación de una unidad de negocio ya existente, la Autoridad de Aplicación evaluará la incidencia incremental anual del proyecto en las exportaciones realizadas por la empresa. Dicho incremental dispondrá de los beneficios de libre aplicación de las divisas de acuerdo al criterio del párrafo precedente.


NOTICIAS RELACIONADAS