Madryn: publicó videos íntimos de su ex y ahora puede ir un año preso

Un joven de 24 años publicó en un sitio web videos que había filmado junto a quien por entonces era su pareja. La Fiscalía formuló cargos y el joven quedó procesado por la difusión no consentida de material íntimo. Ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.

13 ABR 2021 - 12:54 | Actualizado

La fiscal María Angélica Cárcano señaló que “lo característico de este tipo de casos es que, si bien pudo existir acuerdo entre las partes involucradas a la hora de tomar las fotografías o grabar los videos en la intimidad, no resultó así al momento de compartir dicho material en Internet”. Y agregó que “el eje está en la publicación del material sin el consentimiento de las partes involucradas. Es por eso que, al no haber mutuo acuerdo por parte de los involucrados en la publicación, las víctimas pueden tomar acciones legales contra los responsables por violación de sus derechos”.

La causa es por “la publicación en redes sociales o sitios web de fotografías o videos privados tomados en la intimidad sin el consentimiento de la pareja, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la creación de esas imágenes o videos”, explicó la fiscal María Angélica Cárcano, que formuló los cargos para procesar al joven que ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.

“Se trata de una práctica que constituye una grave afectación del derecho a la privacidad de las personas”, explicó la funcionaria que lleva adelante la investigación. “La legislación argentina, en la actualidad, cubre este tipo de hechos ilícitos pero en la esfera civil, no así la penal, donde si bien hay un proyecto para incorporar esta práctica al Código Penal la misma todavía no fue reglamentada”, explicó Carcano y agregó que “la figura penal para este tipo de prácticas no se encuentra especificada, por lo que es canalizada por la vía de otros delitos, en este caso, por el de violación de correspondencia privada”.

La pena prevista para este delito es de prisión de un mes a un año cuando el autor comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.

“Es importante tomar conciencia de que cada vez que se visualiza y difunde este tipo de contenido sin consentimiento se está perpetuando este tipo de prácticas, que vulneran el derecho a la privacidad de las personas. Por ello, es fundamental no compartir fotos o videos íntimos ajenos y denunciar estos hechos ante la Justicia”, concluyó Carcano.

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13 ABR 2021 - 12:54

La fiscal María Angélica Cárcano señaló que “lo característico de este tipo de casos es que, si bien pudo existir acuerdo entre las partes involucradas a la hora de tomar las fotografías o grabar los videos en la intimidad, no resultó así al momento de compartir dicho material en Internet”. Y agregó que “el eje está en la publicación del material sin el consentimiento de las partes involucradas. Es por eso que, al no haber mutuo acuerdo por parte de los involucrados en la publicación, las víctimas pueden tomar acciones legales contra los responsables por violación de sus derechos”.

La causa es por “la publicación en redes sociales o sitios web de fotografías o videos privados tomados en la intimidad sin el consentimiento de la pareja, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la creación de esas imágenes o videos”, explicó la fiscal María Angélica Cárcano, que formuló los cargos para procesar al joven que ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.

“Se trata de una práctica que constituye una grave afectación del derecho a la privacidad de las personas”, explicó la funcionaria que lleva adelante la investigación. “La legislación argentina, en la actualidad, cubre este tipo de hechos ilícitos pero en la esfera civil, no así la penal, donde si bien hay un proyecto para incorporar esta práctica al Código Penal la misma todavía no fue reglamentada”, explicó Carcano y agregó que “la figura penal para este tipo de prácticas no se encuentra especificada, por lo que es canalizada por la vía de otros delitos, en este caso, por el de violación de correspondencia privada”.

La pena prevista para este delito es de prisión de un mes a un año cuando el autor comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.

“Es importante tomar conciencia de que cada vez que se visualiza y difunde este tipo de contenido sin consentimiento se está perpetuando este tipo de prácticas, que vulneran el derecho a la privacidad de las personas. Por ello, es fundamental no compartir fotos o videos íntimos ajenos y denunciar estos hechos ante la Justicia”, concluyó Carcano.


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