DNU en Chubut: Comodoro y Esquel con circulación hasta las 19 y sin atención en comercios

Por otro lado, las ciudades de Trelew, Rawson y Madryn, y las que no están consideradas de alto riesgo epidemiológico, podrán seguir con las medidas vigentes, sin modificación alguna. Asimismo, también se suspende la actividad presencial en la Administración Pública en toda la provincia, a excepción de los ministerios de Seguridad, Salud y Desarrollo Humano y Familia. Las medidas regirán hasta el 30 de mayo, inclusive.

22 MAY 2021 - 19:06 | Actualizado

Sobre la tarde de este sábado, el gobierno de Chubut finalmente emitió el nuevo Decreto de Necesidad de Urgencia que regirá en la provincia hasta el próximo 30 de mayo, inclusive. Atento a las medidas dispuestas por Nación y haciendo hincapié en contener el avance del virus en las ciudades más afectadas, las nuevas disposiciones afectan solo a los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo.

Las mismas comenzarán a regir a partir de las 00:00 del 23 de mayo y hasta el día 30 de mayo de 2021, inclusive. Según las nuevas disposiciones en las ciudades de Comodoro Rivadavia y Esquel se podrá circular desde las 06.00 hasta las 19 y se suspende la presencialidad en comercios.

Por otro lado, las localidades que se encuentran dentro de los departamentos que está por fuera de ser considerados como zonas de riesgo epidemiológico, tal es el caso de Trelew, Rawson y Madryn seguirán con las medidas vigentes, sin modificación alguna.

En tanto que, según establece el nuevo DNU, también se suspende la actividad presencial en la Administración Pública en toda la provincia, a excepción de los ministerios de Seguridad, Salud y Desarrollo Humano y Familia.

Horarios de circulación

El decreto establece que la circulación de las personas se restringe en el horario de 19 a 6 de la mañana en los departamentos de Escalante (Comodoro Rivadavia y Rada Tilly), Sarmiento (Sarmiento y Buen Pasto), Río Senguer (Alto Río Senguer, Aldea Apeleg, Aldea Beleiro, Ricardo Rojas, Facundo, Lago Blanco y Río Mayo), Futaleufú (Esquel, Cerro Centinela, Corcovado, Trevelin), Cushamen (Cushamen, Cholila, El Hoyo, El Maitén, Epuyén, Gualjaina, Lago Puelo) y Languiñeo (Tecka, Aldea Epulef, Carrenleufú, Colan Conhué y Paso del Sapo), desde las 00:00horas del domingo 23 de mayo y hasta el 30 de mayo inclusive;y los días 5 y 6 de junio de 2021. Están exceptuados de dar cumplimiento a dicha restricción, el personal afectado a actividades esenciales, a los fines de las tareas desarrolladas.

En el resto de los departamentos, se puede circular de lunes a jueves, entre las 6 y 0,30 horas del día siguiente; de viernes a domingo, entre las 6 y 1,30 horas del día siguiente.

Suspensión de actividades presenciales

Además, se establece en el decreto que en todo el territorio de la Provincia, se suspenden los días 26, 27 y 28 de mayo todas las actividades en los establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial. Las actividades previstas se desarrollarán acompañando y fortaleciendo el proceso de enseñanza y aprendizaje desde la no presencialidad.

También se suspende la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, entes autárquicos y organismos descentralizados, salvo aquellos convocados para garantizar actividades necesarias e imprescindibles requeridas por las autoridades superiores. Los no convocados deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto.

Actividades deportivas, religiosas, sociales

Al mismo tiempo, el decreto suspende en los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo todo tipo de presencialidad en las actividades culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

Por otra parte del decreto, se establece que quedan exceptuadas de las restricciones previstas para los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo las siguientes actividades y servicios, las que podrán funcionar en el horario de 6:a 19:

-Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo.

- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

-Personal afectado a la obra pública y privada y a tareas de seguridad en demoliciones.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza.

-Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas y leña.

-Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

- Servicios de lavandería.

-Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar.

- Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.

-Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

-Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

En cuanto a la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas y las que integran el rubro gastronómico, las que podrán desarrollar su actividad de manera presencial en el horario indicado y a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio (“delivery”) o retiro (“take away”), actividad que podrá desarrollarse desde las 19 hasta las 00:00 horas. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público.

Salidas

Podrán realizarsesalidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias.

En ningún caso se podrán realizar reuniones familiares y de ningún otro tipo, ni concentraciones de personas, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del municipio del domicilio de residencia.

Enterate de las noticias de POLITICA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
22 MAY 2021 - 19:06

Sobre la tarde de este sábado, el gobierno de Chubut finalmente emitió el nuevo Decreto de Necesidad de Urgencia que regirá en la provincia hasta el próximo 30 de mayo, inclusive. Atento a las medidas dispuestas por Nación y haciendo hincapié en contener el avance del virus en las ciudades más afectadas, las nuevas disposiciones afectan solo a los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo.

Las mismas comenzarán a regir a partir de las 00:00 del 23 de mayo y hasta el día 30 de mayo de 2021, inclusive. Según las nuevas disposiciones en las ciudades de Comodoro Rivadavia y Esquel se podrá circular desde las 06.00 hasta las 19 y se suspende la presencialidad en comercios.

Por otro lado, las localidades que se encuentran dentro de los departamentos que está por fuera de ser considerados como zonas de riesgo epidemiológico, tal es el caso de Trelew, Rawson y Madryn seguirán con las medidas vigentes, sin modificación alguna.

En tanto que, según establece el nuevo DNU, también se suspende la actividad presencial en la Administración Pública en toda la provincia, a excepción de los ministerios de Seguridad, Salud y Desarrollo Humano y Familia.

Horarios de circulación

El decreto establece que la circulación de las personas se restringe en el horario de 19 a 6 de la mañana en los departamentos de Escalante (Comodoro Rivadavia y Rada Tilly), Sarmiento (Sarmiento y Buen Pasto), Río Senguer (Alto Río Senguer, Aldea Apeleg, Aldea Beleiro, Ricardo Rojas, Facundo, Lago Blanco y Río Mayo), Futaleufú (Esquel, Cerro Centinela, Corcovado, Trevelin), Cushamen (Cushamen, Cholila, El Hoyo, El Maitén, Epuyén, Gualjaina, Lago Puelo) y Languiñeo (Tecka, Aldea Epulef, Carrenleufú, Colan Conhué y Paso del Sapo), desde las 00:00horas del domingo 23 de mayo y hasta el 30 de mayo inclusive;y los días 5 y 6 de junio de 2021. Están exceptuados de dar cumplimiento a dicha restricción, el personal afectado a actividades esenciales, a los fines de las tareas desarrolladas.

En el resto de los departamentos, se puede circular de lunes a jueves, entre las 6 y 0,30 horas del día siguiente; de viernes a domingo, entre las 6 y 1,30 horas del día siguiente.

Suspensión de actividades presenciales

Además, se establece en el decreto que en todo el territorio de la Provincia, se suspenden los días 26, 27 y 28 de mayo todas las actividades en los establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial. Las actividades previstas se desarrollarán acompañando y fortaleciendo el proceso de enseñanza y aprendizaje desde la no presencialidad.

También se suspende la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, entes autárquicos y organismos descentralizados, salvo aquellos convocados para garantizar actividades necesarias e imprescindibles requeridas por las autoridades superiores. Los no convocados deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto.

Actividades deportivas, religiosas, sociales

Al mismo tiempo, el decreto suspende en los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo todo tipo de presencialidad en las actividades culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

Por otra parte del decreto, se establece que quedan exceptuadas de las restricciones previstas para los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo las siguientes actividades y servicios, las que podrán funcionar en el horario de 6:a 19:

-Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo.

- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

-Personal afectado a la obra pública y privada y a tareas de seguridad en demoliciones.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza.

-Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas y leña.

-Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

- Servicios de lavandería.

-Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar.

- Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.

-Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

-Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

En cuanto a la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas y las que integran el rubro gastronómico, las que podrán desarrollar su actividad de manera presencial en el horario indicado y a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio (“delivery”) o retiro (“take away”), actividad que podrá desarrollarse desde las 19 hasta las 00:00 horas. En ningún caso podrán abrir sus puertas al público.

Salidas

Podrán realizarsesalidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias.

En ningún caso se podrán realizar reuniones familiares y de ningún otro tipo, ni concentraciones de personas, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del municipio del domicilio de residencia.


NOTICIAS RELACIONADAS