El juez Di Biase insistió con la devolución de los perros y el fiscal Moyano apeló ante la Cámara

En una causa que sigue dando que hablar, el juez Marcelo Nieto De Biase rechazó, a su vez, los recursos de queja del fiscal Fabián Moyano, quien efectuó un recurso extraordinario a una segunda instancia, solicitando un nuevo juicio y el cambio de magistrado en caso de que así se autorice.

16 JUN 2021 - 21:09 | Actualizado

El juez penal de Trelew, Marcelo Nieto Di Biase, insistió con su orden de que le devuelvan los perros secuestrados a Lorenza Carrizo, absuelta en una causa por maltrato animal en esa ciudad. Y rechazó las impugnaciones presentadas por el fiscal Fabián Moyano en torno a un caso que aún no tiene sentencia firme.

Di Biase indicó que “en respuesta a la reiteración para que se cumpla con lo dispuesto en el punto número 2 de la sentencia, dictada el día 5 de junio de 2021, bajo el Nro.1562/2021; y el segundo formulando impugnación extraordinaria. Asimismo, téngase por recibido el escrito presentado por la Asociación Protectora de animales, en la persona de la Sra. Carolina Domínguez.

Respecto de la impugnación del fiscal Fabián Moyano, el magistrado no le dio lugar. “Quiero destacar que resulta incorrecta la invocación de las normas por parte del Ministerio Público Fiscal para pretender legitimar su recurso (por caso: artículo 375, inciso 1° y 2° del Código Procesal Penal (CPP), por cuanto las normas citadas son para casos de impugnación por parte del imputado, dado que dicho artículo forma parte del “Título 111 – Derecho del imputado al recurso contra la condena”.

Del mismo modo y respecto de la invocación por el MPF de las pautas del artículo 373, inciso 2° y 3° del CPP, “las mismas se tratan de condiciones formales de impugnación, resultando errónea la interpretación por parte del acusador de que dicha circunstancia por si sola habilita la instancia de la acusación pública, dado que a dichos presupuestos debe adunarse la facultad explicita otorgada por el artículo 378 del CPP, incluida en el “Título IV – Impugnaciones de las obras partes de la víctima y de otros intervinientes, requisito que no se encuentra cumplido”.

Moyano insiste

No obstante ello, el fiscal general Moyano elevó con fecha del 15 de junio de 2021 la impugnación para que sea considerada por la Cámara Penal, respecto a la resolución del juez Marcelo Nieto Di Biase tras el juicio oral por el caso de maltrato animal, donde fue absuelta la única imputada. Vale recordar que el propio fiscal rechazó la intimación interpuesta por el mismo magistrado para la devolución de los animales a la señora Carrizo, tras pedido de su defensor, Alfredo Pérez Galimberti.

En una extenso escrito que consta de 34 páginas, el fiscal Moyano interpuso ese recurso de impugnación extraordinaria y pidió ó la nulidad de la sentencia referida y el reenvío para la realización de un nuevo juicio, con “un juez distinto e imparcial”, señaló un comunicado de la Fiscalía.

Moyano entendió que Di Biase “para resolver el planteo de nulidad en las instancias preliminares del debate me solicitó el legajo de pruebas y se retiró a su despacho para resolver, accediendo a toda la evidencia existente (prueba de cargo) contaminándose con la misma. De esta manera, -agregó- el juez para resolver tomó contacto anticipado con una importante cantidad de prueba de cargo, por escrito y con antelación al debate oral. Esta equivocada decisión del juez, desde el punto de vista constitucional vulnera la cosa juzgada, progresividad y preclusión de los actos del proceso, la afectación del debido proceso, el sistema acusatorio, contradictorio y dispositivo y, por último, la garantía de imparcialidad”.

El fiscal sostuvo luego que “la desacreditación que realizó el juez (de Di Biase) respecto de estos dos testigos fue porque sólo prestó atención a los dichos referidos a las circunstancias advertidas el día 8 de diciembre, una vez que los perros ya habían sido rescatados por el suscripto, entregados a la Sra. Austin e hidratados por la nombrada. Era lógico, era lo esperable que los perros un día después de retirados del sol, de los caniles, ya habiendo tomado agua, comido, iban a presentar un aspecto más saludable”.

“¿Que pretendía el juez? ¿Que la Sra. Austin, luego de recibir los animales, los mantenga sin proveerle agua un día más para que esta circunstancia pueda ser certificada por el veterinario Pogyor? La valoración que efectúa el juez es totalmente sesgada, y arbitraria”, advirtió el representante de la Fiscalía de Trelew.

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16 JUN 2021 - 21:09

El juez penal de Trelew, Marcelo Nieto Di Biase, insistió con su orden de que le devuelvan los perros secuestrados a Lorenza Carrizo, absuelta en una causa por maltrato animal en esa ciudad. Y rechazó las impugnaciones presentadas por el fiscal Fabián Moyano en torno a un caso que aún no tiene sentencia firme.

Di Biase indicó que “en respuesta a la reiteración para que se cumpla con lo dispuesto en el punto número 2 de la sentencia, dictada el día 5 de junio de 2021, bajo el Nro.1562/2021; y el segundo formulando impugnación extraordinaria. Asimismo, téngase por recibido el escrito presentado por la Asociación Protectora de animales, en la persona de la Sra. Carolina Domínguez.

Respecto de la impugnación del fiscal Fabián Moyano, el magistrado no le dio lugar. “Quiero destacar que resulta incorrecta la invocación de las normas por parte del Ministerio Público Fiscal para pretender legitimar su recurso (por caso: artículo 375, inciso 1° y 2° del Código Procesal Penal (CPP), por cuanto las normas citadas son para casos de impugnación por parte del imputado, dado que dicho artículo forma parte del “Título 111 – Derecho del imputado al recurso contra la condena”.

Del mismo modo y respecto de la invocación por el MPF de las pautas del artículo 373, inciso 2° y 3° del CPP, “las mismas se tratan de condiciones formales de impugnación, resultando errónea la interpretación por parte del acusador de que dicha circunstancia por si sola habilita la instancia de la acusación pública, dado que a dichos presupuestos debe adunarse la facultad explicita otorgada por el artículo 378 del CPP, incluida en el “Título IV – Impugnaciones de las obras partes de la víctima y de otros intervinientes, requisito que no se encuentra cumplido”.

Moyano insiste

No obstante ello, el fiscal general Moyano elevó con fecha del 15 de junio de 2021 la impugnación para que sea considerada por la Cámara Penal, respecto a la resolución del juez Marcelo Nieto Di Biase tras el juicio oral por el caso de maltrato animal, donde fue absuelta la única imputada. Vale recordar que el propio fiscal rechazó la intimación interpuesta por el mismo magistrado para la devolución de los animales a la señora Carrizo, tras pedido de su defensor, Alfredo Pérez Galimberti.

En una extenso escrito que consta de 34 páginas, el fiscal Moyano interpuso ese recurso de impugnación extraordinaria y pidió ó la nulidad de la sentencia referida y el reenvío para la realización de un nuevo juicio, con “un juez distinto e imparcial”, señaló un comunicado de la Fiscalía.

Moyano entendió que Di Biase “para resolver el planteo de nulidad en las instancias preliminares del debate me solicitó el legajo de pruebas y se retiró a su despacho para resolver, accediendo a toda la evidencia existente (prueba de cargo) contaminándose con la misma. De esta manera, -agregó- el juez para resolver tomó contacto anticipado con una importante cantidad de prueba de cargo, por escrito y con antelación al debate oral. Esta equivocada decisión del juez, desde el punto de vista constitucional vulnera la cosa juzgada, progresividad y preclusión de los actos del proceso, la afectación del debido proceso, el sistema acusatorio, contradictorio y dispositivo y, por último, la garantía de imparcialidad”.

El fiscal sostuvo luego que “la desacreditación que realizó el juez (de Di Biase) respecto de estos dos testigos fue porque sólo prestó atención a los dichos referidos a las circunstancias advertidas el día 8 de diciembre, una vez que los perros ya habían sido rescatados por el suscripto, entregados a la Sra. Austin e hidratados por la nombrada. Era lógico, era lo esperable que los perros un día después de retirados del sol, de los caniles, ya habiendo tomado agua, comido, iban a presentar un aspecto más saludable”.

“¿Que pretendía el juez? ¿Que la Sra. Austin, luego de recibir los animales, los mantenga sin proveerle agua un día más para que esta circunstancia pueda ser certificada por el veterinario Pogyor? La valoración que efectúa el juez es totalmente sesgada, y arbitraria”, advirtió el representante de la Fiscalía de Trelew.


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