El Superior Tribunal aclaró que no le inició un sumario a un empleado judicial

El órgano público de la provincia de Chubut comunicó que no entra dentro de su competencia abrir sumarios contra agentes que se desempeñan en las fiscalías.

29 JUN 2021 - 13:12 | Actualizado

En virtud de las declaraciones formuladas por el funcionario judicial de Puerto Madryn, Juan Carlos Ronán, en las que denuncia al Superior Tribunal de Justicia del Chubut por supuesto abuso de poder, atropello y persecución, la Corte provincial emitió un comunicado para aclarar que no ha iniciado ningún sumario contra dicha persona.

En ese sentido, agrega que el expediente que se inició para investigar la conducta del agente judicial fue abierto por la Procuración General de la Provincia.

“No es competencia del Superior Tribunal de Justicia abrir sumarios contra agentes que se desempeñan en las fiscalías, que son agencias que pertenecen al Poder Judicial, pero que funcionan fuera del ámbito de la judicatura” expresa el parte de prensa.

Es importante destacar también que tanto el Ministerio Público Fiscal como la Defensa Pública cuentan con Ley Orgánica propia, lo que les otorga autonomía funcional.

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29 JUN 2021 - 13:12

En virtud de las declaraciones formuladas por el funcionario judicial de Puerto Madryn, Juan Carlos Ronán, en las que denuncia al Superior Tribunal de Justicia del Chubut por supuesto abuso de poder, atropello y persecución, la Corte provincial emitió un comunicado para aclarar que no ha iniciado ningún sumario contra dicha persona.

En ese sentido, agrega que el expediente que se inició para investigar la conducta del agente judicial fue abierto por la Procuración General de la Provincia.

“No es competencia del Superior Tribunal de Justicia abrir sumarios contra agentes que se desempeñan en las fiscalías, que son agencias que pertenecen al Poder Judicial, pero que funcionan fuera del ámbito de la judicatura” expresa el parte de prensa.

Es importante destacar también que tanto el Ministerio Público Fiscal como la Defensa Pública cuentan con Ley Orgánica propia, lo que les otorga autonomía funcional.


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