Otra vez modificaron la ley para la conformación del directorio de Seros

Con el acompañamiento de todos los diputados presentes, se aprobó la modificación de la ley de conformación del Directorio del Instituto de Seguridad Social y Seguros, volviéndose a la anterior y sin la incorporación de más vocales.

27 JUL 2021 - 20:39 | Actualizado

Según explicó el diputado Juan Pais, el proyecto presentado por él “fue votado por unanimidad. Comenzamos a trabajar en esto hace un tiempo, advertimos que no se regularizaba el Instituto, que más allá de la no convocatoria a elecciones, la nueva convocatoria que se hiciera se tenía que adecuar a la ley vigente que, hasta el día de hoy, implicaba una modificación en el Directorio ampliando la cantidad de miembros y modificando algunas prerrogativas”.

“Todos entendimos que no era el momento, que no era adecuado, que implicaba mayores costos y que tampoco iba a redundar en un beneficio respecto de la funcionalidad. El proyecto fue sancionado por unanimidad, lo cual nos alegra porque redunda en beneficios para los chubutenses”, destacó el diputado oficialista.

Es por eso que “el Directorio queda conformado como fue históricamente, como hasta ahora, con un presidente y un vocal designados por el Gobierno, uno por los pasivos y otro por los activos”.

“Se derogó la ley anterior y cuando se publique y convoque a elecciones del Instituto se realizará con esta ley que hemos aprobado. Promulgada la ley que sancionamos, seguramente se convocará a elecciones”, dijo el legislador quien justificó también la demora del Ejecutivo de llevarlas a cabo anteriormente porque “el Gobierno ha tenido fundamentos válidos, en su momento respecto a la pandemia y teniendo que votar muchos pasivos, ha estado justificada la demora en la convocatoria”.

En cuanto a lo sancionado por esta cámara de legisladores, el artículo 3 quedó redactado de la siguiente manera: “La administración del Instituto de Seguridad Social y Seguros estará a cargo de un Directorio integrado por un Presidente y tres Vocales. El Presidente y un Vocal serán representantes del Poder Ejecutivo designados por éste y sus mandatos caducarán cuando finalice el período constitucional que los designó. Los dos Vocales restantes representarán a los afiliados activos y pasivos respectivamente. Serán electos mediante el voto directo y secreto de todos los activos comprendidos en el sistema previsional y de la obra social y de los beneficiarios al régimen previsional, durarán dos años su mandato siempre que conserven sus calidades, pudiendo ser reelectos. De igual modo se elegirán cuatro Vocales Suplentes que reemplazarán a los Vocales representantes de los afiliados activos y pasivos en caso de renuncia, ausencia, vacancia o fallecimiento de aquellos. El acto electoral será organizado por el Poder Ejecutivo según la reglamentación que se dicte”.

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27 JUL 2021 - 20:39

Según explicó el diputado Juan Pais, el proyecto presentado por él “fue votado por unanimidad. Comenzamos a trabajar en esto hace un tiempo, advertimos que no se regularizaba el Instituto, que más allá de la no convocatoria a elecciones, la nueva convocatoria que se hiciera se tenía que adecuar a la ley vigente que, hasta el día de hoy, implicaba una modificación en el Directorio ampliando la cantidad de miembros y modificando algunas prerrogativas”.

“Todos entendimos que no era el momento, que no era adecuado, que implicaba mayores costos y que tampoco iba a redundar en un beneficio respecto de la funcionalidad. El proyecto fue sancionado por unanimidad, lo cual nos alegra porque redunda en beneficios para los chubutenses”, destacó el diputado oficialista.

Es por eso que “el Directorio queda conformado como fue históricamente, como hasta ahora, con un presidente y un vocal designados por el Gobierno, uno por los pasivos y otro por los activos”.

“Se derogó la ley anterior y cuando se publique y convoque a elecciones del Instituto se realizará con esta ley que hemos aprobado. Promulgada la ley que sancionamos, seguramente se convocará a elecciones”, dijo el legislador quien justificó también la demora del Ejecutivo de llevarlas a cabo anteriormente porque “el Gobierno ha tenido fundamentos válidos, en su momento respecto a la pandemia y teniendo que votar muchos pasivos, ha estado justificada la demora en la convocatoria”.

En cuanto a lo sancionado por esta cámara de legisladores, el artículo 3 quedó redactado de la siguiente manera: “La administración del Instituto de Seguridad Social y Seguros estará a cargo de un Directorio integrado por un Presidente y tres Vocales. El Presidente y un Vocal serán representantes del Poder Ejecutivo designados por éste y sus mandatos caducarán cuando finalice el período constitucional que los designó. Los dos Vocales restantes representarán a los afiliados activos y pasivos respectivamente. Serán electos mediante el voto directo y secreto de todos los activos comprendidos en el sistema previsional y de la obra social y de los beneficiarios al régimen previsional, durarán dos años su mandato siempre que conserven sus calidades, pudiendo ser reelectos. De igual modo se elegirán cuatro Vocales Suplentes que reemplazarán a los Vocales representantes de los afiliados activos y pasivos en caso de renuncia, ausencia, vacancia o fallecimiento de aquellos. El acto electoral será organizado por el Poder Ejecutivo según la reglamentación que se dicte”.


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