Encontraron culpable a Rebolledo por el asesinato en el Hipódromo de Trelew

“Yo a vos te voy a enseñar a respetar”, dijo Federico Ariel Rebolledo y armado con un pistola calibre 38 efectuó al menos cuatro disparos que impactaron en el cuerpo de Ulises Marcelo Iparraguirre, provocándole la muerte en pocos minutos. El hecho ocurrió el 2 de agosto de 2019, en el hipódromo de Trelew, situado en la chacra 75 frente al conocido autódromo Mar y Valle. La fiscalía pidió 15 años de prisión para el culpable.

09 SEP 2021 - 12:52 | Actualizado

Después de varias jornadas iniciadas el 20 de agosto pasado en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de los tribunales en Trelew, el tribunal integrado por el Juez Marcelo Nieto Di Biasse como presidente, y las Juezas María Tolomei y Mirta Moreno en carácter de vocales, declaró la culpabilidad por homicidio de Federico Ariel Rebolledo, por un hecho ocurrido en el año 2019.

Durante el debate, el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Arnaldo Maza pudo dar por acreditado lo sucedido el 2 de agosto de 2019 cerca de las 16, cuando Rebolledo previo muñirse de un arma de fuego calibre 38, sabiendo lo que hacía y con inequívoca intención de provocar la muerte, se dirigió al hipódromo de Trelew, situado en chacra 75 frente al conocido autódromo Mar y Valle. Una vez allí se encaminó hacia el sector de boxes donde se encontraba Ulises Marcelo Iparraguirre, a quien le expresó: “yo a vos te voy a enseñar a respetar”, tras lo que extrayendo el arma descerraja al menos cuatro disparos que impactaron en el cuerpo de la víctima, provocando lesiones que ocasionan la muerte en pocos minutos. Cumplido su propósito, volvió sobre sus pasos y se subió al vehículo en el que había llegado para marcharse del lugar.

En el veredicto dado a conocer en horas de esta mañana, los magistrados manifestaron que la materialidad y autoría del hecho no fueron objeto de objeciones, estableciéndose que la causa de muerte fue un disparo que generó una lesión cardíaca, quedando por establecer los motivos que llevaron a esta acción del acusado, quien durante el juicio adujo que había sido increpado en episodios anteriores por Iparraguirre y en aquel momento disparó ante el ademán de la víctima para extraer un cuchillo.

Sin embargo, esta estrategia defensiva que pretendía un exceso en legítima defensa queda desterrada ante la decisión de hacerse de un arma y no buscar ayuda, cuando había otras personas en los alrededores. Además esto se reafirma con las pericias, en especial la efectuada por el licenciado Martín Costa, al observarse que el disparo mortal se realiza cuando Iparraguirre estaba en el piso, encontrándose el proyectil bajo su cuerpo. De la mecánica del hecho, la cantidad de disparos y las circunstancias que rodearon al disparo final, no existen posibilidad de tratarse de una legítima defensa y por ende un exceso de la misma.

En consecuencia, el tribunal determinó que se trata de un homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego, recayendo la responsabilidad penal sobre Federico Ariel Rebolledo en carácter de autor, quien estuvo defendido por Fabián Gabalachis durante el debate.

Posteriormente se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena, donde el fiscal general Arnaldo Maza argumentó sobre el daño causado y la gravedad del hecho, explicando que el mismo se llevó adelante en forma premeditada, y mas allá de la falta de antecedentes como atenuante, solicitó la imposición de una pena de quince años de prisión. En tanto la defensa pidió al tribunal que la pena se acerque al mínimo de diez años y ocho meses.

El doctor Di Biasse y las doctoras Tolomei y Moreno comunicaron que darán a conocer la sentencia con la determinación de la pena el próximo jueves 16 del corriente, ocasión en que se evaluará la continuidad de la medida de coerción de Rebolledo. Sobre el particular, el Ministerio Püblico Fiscal pidió la mantención de la prisión preventiva, mientras el defensor argumentó a favor de la morigeración de la medida por un arresto domiciliario.

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09 SEP 2021 - 12:52

Después de varias jornadas iniciadas el 20 de agosto pasado en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de los tribunales en Trelew, el tribunal integrado por el Juez Marcelo Nieto Di Biasse como presidente, y las Juezas María Tolomei y Mirta Moreno en carácter de vocales, declaró la culpabilidad por homicidio de Federico Ariel Rebolledo, por un hecho ocurrido en el año 2019.

Durante el debate, el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Arnaldo Maza pudo dar por acreditado lo sucedido el 2 de agosto de 2019 cerca de las 16, cuando Rebolledo previo muñirse de un arma de fuego calibre 38, sabiendo lo que hacía y con inequívoca intención de provocar la muerte, se dirigió al hipódromo de Trelew, situado en chacra 75 frente al conocido autódromo Mar y Valle. Una vez allí se encaminó hacia el sector de boxes donde se encontraba Ulises Marcelo Iparraguirre, a quien le expresó: “yo a vos te voy a enseñar a respetar”, tras lo que extrayendo el arma descerraja al menos cuatro disparos que impactaron en el cuerpo de la víctima, provocando lesiones que ocasionan la muerte en pocos minutos. Cumplido su propósito, volvió sobre sus pasos y se subió al vehículo en el que había llegado para marcharse del lugar.

En el veredicto dado a conocer en horas de esta mañana, los magistrados manifestaron que la materialidad y autoría del hecho no fueron objeto de objeciones, estableciéndose que la causa de muerte fue un disparo que generó una lesión cardíaca, quedando por establecer los motivos que llevaron a esta acción del acusado, quien durante el juicio adujo que había sido increpado en episodios anteriores por Iparraguirre y en aquel momento disparó ante el ademán de la víctima para extraer un cuchillo.

Sin embargo, esta estrategia defensiva que pretendía un exceso en legítima defensa queda desterrada ante la decisión de hacerse de un arma y no buscar ayuda, cuando había otras personas en los alrededores. Además esto se reafirma con las pericias, en especial la efectuada por el licenciado Martín Costa, al observarse que el disparo mortal se realiza cuando Iparraguirre estaba en el piso, encontrándose el proyectil bajo su cuerpo. De la mecánica del hecho, la cantidad de disparos y las circunstancias que rodearon al disparo final, no existen posibilidad de tratarse de una legítima defensa y por ende un exceso de la misma.

En consecuencia, el tribunal determinó que se trata de un homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego, recayendo la responsabilidad penal sobre Federico Ariel Rebolledo en carácter de autor, quien estuvo defendido por Fabián Gabalachis durante el debate.

Posteriormente se llevó a cabo la audiencia de cesura de pena, donde el fiscal general Arnaldo Maza argumentó sobre el daño causado y la gravedad del hecho, explicando que el mismo se llevó adelante en forma premeditada, y mas allá de la falta de antecedentes como atenuante, solicitó la imposición de una pena de quince años de prisión. En tanto la defensa pidió al tribunal que la pena se acerque al mínimo de diez años y ocho meses.

El doctor Di Biasse y las doctoras Tolomei y Moreno comunicaron que darán a conocer la sentencia con la determinación de la pena el próximo jueves 16 del corriente, ocasión en que se evaluará la continuidad de la medida de coerción de Rebolledo. Sobre el particular, el Ministerio Püblico Fiscal pidió la mantención de la prisión preventiva, mientras el defensor argumentó a favor de la morigeración de la medida por un arresto domiciliario.


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