Confirman perpetua por el femicidio de Lorena Piedra en Sarmiento

Desde la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia.

13 SEP 2021 - 20:42 | Actualizado

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la pena de prisión perpetua contra Samuel Alcalá por el homicidio agravado de su expareja, Lorena Piedra en Sarmiento.

La lectura íntegra de la sentencia se realizará el 23 de septiembre.

En la audiencia judicial de impugnación de sentencia de condena, intervinieron los jueces de Cámara Guillermo Müller, Martín Montenovo y Luis María Pinto. Por el Ministerio Público Fiscal, asistió la fiscala Andrea Vázquez. En tanto, el Ministerio Público de la Defensa, fue representado por el abogado Marcelo Catalano.

Luego de la deliberación, el juez Müller señaló que, durante el juicio realizado en Sarmiento, no fueron discutidos la materialidad y tampoco la autoría del hecho.

Los defensores consideraron que el agravante por violencia de género, no fue suficientemente acreditado durante el debate. En consecuencia, los asesores legales de Alcalá sostuvieron que la calificación legal adecuada era la de homicidio simple. Por ello, solicitaron la imposición de una pena distinta a la perpetua. Asimismo, los representantes del Ministerio de la Defensa Pública, reiteraron los pedidos de inconstitucionalidad de la pena a perpetuidad.

Según el parte de prensa de Fiscalía, el juez Müller refirió que la totalidad del Tribunal sostiene que debe darse respuesta al planteo. La sentencia es el instrumento por el cuál, la justiciable toma conocimiento de la pena impuesta, el tiempo que deberá permanecer en prisión y en su caso cuando recuperará su libertad.

Agregaron que es justamente está información con la que imprescindiblemente debe contar el penado para emprender su vida dentro del régimen carcelario y proyectarse hacia su camino a la reinserción social.

Por otra parte, los camaristas entienden que resulta fundamental para las autoridades a cargo de la ejecución a la hora de delinear el tratamiento carcelario y el régimen de progresividad al que será sometido el incuso, independientemente de las falencias del sistema penal en nuestro país.

Consideraron que el planteo de los abogados defensores, resulta oportuno y en consecuencia deben introducirse en el análisis de la declaración de inconstitucionalidad que fue presentada.

Agregaron que la pena de prisión perpetua que antes prohibía a un ser humano definitivamente recuperar su libertad, resulta a todas luces contraria no solo a los principios que emanan de la ley fundamental, sino también a los plasmado en los tratados internacionales con jerarquía constitucional y al principio de humanidad, que es rescatado por las reglas mínimas del tratamiento de reclusos de Naciones Unidas.

El 10 de mayo de 2019, Samuel Alcalá se encontraba junto a su pareja Lorena Piedras, y su hija de dieciséis años. El grupo familiar residía en un complejo dubicado en el barrio “Parque Patagonia”.

Según los investigadores, ese viernes a las 20:15, la adolescente comenzó a discutir con su padrastro, Samuel Alcalá. En este contexto, Lorena Piedras defendió a su hija. La reacción del acusado fue golpear a la menor, informó un parte de prensa de la Fiscalía. Ahora se aguarda la lectura con los detalles de la sentencia.

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13 SEP 2021 - 20:42

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la pena de prisión perpetua contra Samuel Alcalá por el homicidio agravado de su expareja, Lorena Piedra en Sarmiento.

La lectura íntegra de la sentencia se realizará el 23 de septiembre.

En la audiencia judicial de impugnación de sentencia de condena, intervinieron los jueces de Cámara Guillermo Müller, Martín Montenovo y Luis María Pinto. Por el Ministerio Público Fiscal, asistió la fiscala Andrea Vázquez. En tanto, el Ministerio Público de la Defensa, fue representado por el abogado Marcelo Catalano.

Luego de la deliberación, el juez Müller señaló que, durante el juicio realizado en Sarmiento, no fueron discutidos la materialidad y tampoco la autoría del hecho.

Los defensores consideraron que el agravante por violencia de género, no fue suficientemente acreditado durante el debate. En consecuencia, los asesores legales de Alcalá sostuvieron que la calificación legal adecuada era la de homicidio simple. Por ello, solicitaron la imposición de una pena distinta a la perpetua. Asimismo, los representantes del Ministerio de la Defensa Pública, reiteraron los pedidos de inconstitucionalidad de la pena a perpetuidad.

Según el parte de prensa de Fiscalía, el juez Müller refirió que la totalidad del Tribunal sostiene que debe darse respuesta al planteo. La sentencia es el instrumento por el cuál, la justiciable toma conocimiento de la pena impuesta, el tiempo que deberá permanecer en prisión y en su caso cuando recuperará su libertad.

Agregaron que es justamente está información con la que imprescindiblemente debe contar el penado para emprender su vida dentro del régimen carcelario y proyectarse hacia su camino a la reinserción social.

Por otra parte, los camaristas entienden que resulta fundamental para las autoridades a cargo de la ejecución a la hora de delinear el tratamiento carcelario y el régimen de progresividad al que será sometido el incuso, independientemente de las falencias del sistema penal en nuestro país.

Consideraron que el planteo de los abogados defensores, resulta oportuno y en consecuencia deben introducirse en el análisis de la declaración de inconstitucionalidad que fue presentada.

Agregaron que la pena de prisión perpetua que antes prohibía a un ser humano definitivamente recuperar su libertad, resulta a todas luces contraria no solo a los principios que emanan de la ley fundamental, sino también a los plasmado en los tratados internacionales con jerarquía constitucional y al principio de humanidad, que es rescatado por las reglas mínimas del tratamiento de reclusos de Naciones Unidas.

El 10 de mayo de 2019, Samuel Alcalá se encontraba junto a su pareja Lorena Piedras, y su hija de dieciséis años. El grupo familiar residía en un complejo dubicado en el barrio “Parque Patagonia”.

Según los investigadores, ese viernes a las 20:15, la adolescente comenzó a discutir con su padrastro, Samuel Alcalá. En este contexto, Lorena Piedras defendió a su hija. La reacción del acusado fue golpear a la menor, informó un parte de prensa de la Fiscalía. Ahora se aguarda la lectura con los detalles de la sentencia.


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