Género: un juez cuestionó la inacción de la Fiscalía

Un juez declaró penalmente responsable al acusado por cuatro hechos pero advirtió que en el juicio se ventilaron muchos más episodios graves que no han sido investigados.

24 OCT 2021 - 20:52 | Actualizado

El juez penal de Comodoro Rivadavia, Martín Ernesto Cosmaro dictó un veredicto de culpabilidad a un hombre acusado por lesiones leves, agravadas y desobediencia, todo en un contexto de violencia de género en esa ciudad.

El magistrado alertó sobre la gran cantidad de hechos graves ventilados durante el juicio por diferentes testigos, los que no han sido investigados. “Me resulta llamativo que durante el juicio hayan transitado un importante número de testigos señalando una gran cantidad de hechos graves que involucran a las partes, todos ellos con una marcada violencia de género, y que sean solamente cuatro los que deban juzgarse en la ocasión” puntualizó.

El juez señaló que dicha situación amerita una especial reflexión por parte del Ministerio Público Fiscal, basándose en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Justicia y la CEDAW respecto a los hechos de violencia contra la mujer.

“Es una obligación estatal actuar con la debida diligencia mediante procesos judiciales justos y efectivos, que le garanticen a la víctima mujer un rápido acceso a la justicia, y muchos de los sucesos que quedaron en evidencia ocurrieron mucho antes que los que serán objeto de tratamiento aquí”.

La acusación contra Jesús Emanuel Caruso puso el foco sobre cuatro hechos: tres son respecto al delito de desobediencia judicial, y el restante sobre un hecho de lesiones leves, agravadas por haber sido producidas a una persona con la que mantuvo relación de pareja y mediando violencia de género.

Por todos estos hechos fue declarado penalmente responsable y se espera para la semana próxima la realización de la audiencia de cesura de pena, señaló un parte de la Agencia de Comunicación Judicial.

El primer hecho imputado data de octubre de 2019 cuando el imputado concurre al domicilio de su expareja y le arroja piedras al techo desobedeciendo una prohibición de acercamiento de una jueza de Familia.

El segundo cuando la víctima transitaba a bordo de un vehículo, conducido por Caruso y éste la empieza a insultar y a decirle que descienda, aplicándole golpes de puño a la víctima que le provocó lesiones leves.

Cuando un testigo se acerca Caruso le refiere a la víctima: “Mirá lo que te hiciste, vamos al Hospital”.

El tercero aconteció en abril de 2020 cuando Caruso vulneró una prohibición de acercamiento cuando la víctima es amenazada de muerte. Y el cuarto cuando Caruso violó nuevamente una prohibición de acercamiento, según el parte de prensa.

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24 OCT 2021 - 20:52

El juez penal de Comodoro Rivadavia, Martín Ernesto Cosmaro dictó un veredicto de culpabilidad a un hombre acusado por lesiones leves, agravadas y desobediencia, todo en un contexto de violencia de género en esa ciudad.

El magistrado alertó sobre la gran cantidad de hechos graves ventilados durante el juicio por diferentes testigos, los que no han sido investigados. “Me resulta llamativo que durante el juicio hayan transitado un importante número de testigos señalando una gran cantidad de hechos graves que involucran a las partes, todos ellos con una marcada violencia de género, y que sean solamente cuatro los que deban juzgarse en la ocasión” puntualizó.

El juez señaló que dicha situación amerita una especial reflexión por parte del Ministerio Público Fiscal, basándose en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Justicia y la CEDAW respecto a los hechos de violencia contra la mujer.

“Es una obligación estatal actuar con la debida diligencia mediante procesos judiciales justos y efectivos, que le garanticen a la víctima mujer un rápido acceso a la justicia, y muchos de los sucesos que quedaron en evidencia ocurrieron mucho antes que los que serán objeto de tratamiento aquí”.

La acusación contra Jesús Emanuel Caruso puso el foco sobre cuatro hechos: tres son respecto al delito de desobediencia judicial, y el restante sobre un hecho de lesiones leves, agravadas por haber sido producidas a una persona con la que mantuvo relación de pareja y mediando violencia de género.

Por todos estos hechos fue declarado penalmente responsable y se espera para la semana próxima la realización de la audiencia de cesura de pena, señaló un parte de la Agencia de Comunicación Judicial.

El primer hecho imputado data de octubre de 2019 cuando el imputado concurre al domicilio de su expareja y le arroja piedras al techo desobedeciendo una prohibición de acercamiento de una jueza de Familia.

El segundo cuando la víctima transitaba a bordo de un vehículo, conducido por Caruso y éste la empieza a insultar y a decirle que descienda, aplicándole golpes de puño a la víctima que le provocó lesiones leves.

Cuando un testigo se acerca Caruso le refiere a la víctima: “Mirá lo que te hiciste, vamos al Hospital”.

El tercero aconteció en abril de 2020 cuando Caruso vulneró una prohibición de acercamiento cuando la víctima es amenazada de muerte. Y el cuarto cuando Caruso violó nuevamente una prohibición de acercamiento, según el parte de prensa.


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