Por su demora, un moroso alimentario deberá pagar una cuota actualizada por trimestre

28 NOV 2021 - 21:06 | Actualizado

En Comodoro Rivadavia un fallo con perspectiva de género ordena el pago de cuota alimentaria con actualización trimestral. Lo resolvió la jueza Guillermina Sosa. Fue tras la demanda de una mujer que se hizo cargo de la crianza de su hija y luego que el padre no cumpliera con la cuota provisoria establecida.

Según la Agencia de Comunicación Judicial, el fallo considera la situación de la mamá que debió cuidar prácticamente sola a una niña. La jueza Sosa condenó a un hombre a abonar una cuota alimentaria equivalente a $40 mil, más asignaciones familiares si las percibiese. Dicho monto tendrá una actualización trimestral del 10%.

La magistrada tuvo en cuenta que “la madre debió asumir en soledad la crianza de su hija, considerando que genera una situación de desequilibrio, desventaja y desprotección en la que se encuentra la progenitora” y agregó que “no puede omitirse la intensidad de las responsabilidades que recaen sobre la progenitora quien ha tenido que procurar el cuidado afectivo y material de la niña de modo principal, lo que implica el menoscabo de otros derechos de los que resulta titular como el derecho al esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural, entre otros, que difícilmente pueda realizar quien debe asumir en soledad el cuidado de un hijo o hija”.

La magistrada confirmó que según la prueba y los testimonios “el demandado no contribuye económicamente con la asistencia alimentaria y tiene escaso contacto con su hija, así como que la actora es quien asume prioritaria y exclusivamente el cuidado de la niña”, pese a que el hombre tendría ingresos demostrados para hacer frente a tal situación.

Sosa recuerda que “los magistrados no pueden ignorar la existencia de patrones socio culturales” y pone como ejemplo “el erróneo y vetusto concepto de que los niños son cuidados por las madres”. Profundiza en el caso a partir de haberse dictado con anterioridad resoluciones que ordenaban una cuota alimentaria provisoria mensual, la cual no fue cumplida.#

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28 NOV 2021 - 21:06

En Comodoro Rivadavia un fallo con perspectiva de género ordena el pago de cuota alimentaria con actualización trimestral. Lo resolvió la jueza Guillermina Sosa. Fue tras la demanda de una mujer que se hizo cargo de la crianza de su hija y luego que el padre no cumpliera con la cuota provisoria establecida.

Según la Agencia de Comunicación Judicial, el fallo considera la situación de la mamá que debió cuidar prácticamente sola a una niña. La jueza Sosa condenó a un hombre a abonar una cuota alimentaria equivalente a $40 mil, más asignaciones familiares si las percibiese. Dicho monto tendrá una actualización trimestral del 10%.

La magistrada tuvo en cuenta que “la madre debió asumir en soledad la crianza de su hija, considerando que genera una situación de desequilibrio, desventaja y desprotección en la que se encuentra la progenitora” y agregó que “no puede omitirse la intensidad de las responsabilidades que recaen sobre la progenitora quien ha tenido que procurar el cuidado afectivo y material de la niña de modo principal, lo que implica el menoscabo de otros derechos de los que resulta titular como el derecho al esparcimiento, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural, entre otros, que difícilmente pueda realizar quien debe asumir en soledad el cuidado de un hijo o hija”.

La magistrada confirmó que según la prueba y los testimonios “el demandado no contribuye económicamente con la asistencia alimentaria y tiene escaso contacto con su hija, así como que la actora es quien asume prioritaria y exclusivamente el cuidado de la niña”, pese a que el hombre tendría ingresos demostrados para hacer frente a tal situación.

Sosa recuerda que “los magistrados no pueden ignorar la existencia de patrones socio culturales” y pone como ejemplo “el erróneo y vetusto concepto de que los niños son cuidados por las madres”. Profundiza en el caso a partir de haberse dictado con anterioridad resoluciones que ordenaban una cuota alimentaria provisoria mensual, la cual no fue cumplida.#


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