Pirotecnia en Esquel: habrá multas de hasta 50 mil pesos

23 DIC 2021 - 20:26 | Actualizado

Este año se modificó la ordenanza sobre la prohibición de pirotecnia en Esquel: son más severas las sanciones para los infractores, y van desde los $ 20.000 hasta la clausura del comercio por más de 15 días.Verónica Rejala, a cargo del Tribunal Municipal de Faltas, recordó que se prohíbe la tenencia, uso, comercialización, transporte y venta de pirotecnia.

Esta normativa rige desde 1995. En 2009 hubo un primer cambio imponiendo sanciones, multas y decomisos a personas y comercios que vendían pirotecnia. La ordenanza exceptúa ciertos casos, como en actividades de fuerzas militares, o empresas habilitadas para el uso de pirotecnia.

La modificatoria de este año prevé mayor severidad. La nueva ordenanza, la 196/2021, imponen multas iniciales de 20 mil pesos y el decomiso de mercadería. En la segunda oportunidad, el infractor deberá pagar 50 mil pesos y el decomiso de la mercadería.

Si el infractor reincide con una tercera infracción, se clausura el comercio por no menos de 30 días. “Las sanciones son importantes”, subrayó Rejala.

La ordenanza hace hincapié en que los ruidos y explosiones afectan a personas con autismo, u otras con alta sensibilidad a los ruidos.

También se incluye la importancia del cuidado de los animales, y el impacto que el uso de pirotecnia tiene en su salud. Otro aspecto de relevancia son las condiciones meteorológicas, la sequía y el alto riesgo de incendios.

Las inspecciones están a cargo del Departamento de Comercio e Inspección General, y los vecinos que quieran denunciar un comercio que realiza la venta ilegal de pirotecnia, pueden comunicarse al 2945-688660. Si la venta es en un domicilio particular, el llamado debe realizarse al 911, y luego procederá Policía.#

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23 DIC 2021 - 20:26

Este año se modificó la ordenanza sobre la prohibición de pirotecnia en Esquel: son más severas las sanciones para los infractores, y van desde los $ 20.000 hasta la clausura del comercio por más de 15 días.Verónica Rejala, a cargo del Tribunal Municipal de Faltas, recordó que se prohíbe la tenencia, uso, comercialización, transporte y venta de pirotecnia.

Esta normativa rige desde 1995. En 2009 hubo un primer cambio imponiendo sanciones, multas y decomisos a personas y comercios que vendían pirotecnia. La ordenanza exceptúa ciertos casos, como en actividades de fuerzas militares, o empresas habilitadas para el uso de pirotecnia.

La modificatoria de este año prevé mayor severidad. La nueva ordenanza, la 196/2021, imponen multas iniciales de 20 mil pesos y el decomiso de mercadería. En la segunda oportunidad, el infractor deberá pagar 50 mil pesos y el decomiso de la mercadería.

Si el infractor reincide con una tercera infracción, se clausura el comercio por no menos de 30 días. “Las sanciones son importantes”, subrayó Rejala.

La ordenanza hace hincapié en que los ruidos y explosiones afectan a personas con autismo, u otras con alta sensibilidad a los ruidos.

También se incluye la importancia del cuidado de los animales, y el impacto que el uso de pirotecnia tiene en su salud. Otro aspecto de relevancia son las condiciones meteorológicas, la sequía y el alto riesgo de incendios.

Las inspecciones están a cargo del Departamento de Comercio e Inspección General, y los vecinos que quieran denunciar un comercio que realiza la venta ilegal de pirotecnia, pueden comunicarse al 2945-688660. Si la venta es en un domicilio particular, el llamado debe realizarse al 911, y luego procederá Policía.#


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