Los tres abusos
En la ocasión, la fiscal Rita Barrionuevo, relató los hechos que investigará. Indicó que los delitos ocurrieron entre 2016 y 2020. Luego, describió la modalidad de los abusos y los lugares en los que habrían ocurrido los delitos.
Con respecto a la calificación legal provisoria escogida, la fiscal, sostuvo que la conducta que se le atribuye al imputado, es constitutiva de los delitos de abuso sexual simple en una persona menor de edad, al menos tres hechos en concurso real y en calidad de autor, y en contexto de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Finalmente, la investigadora solicitó un plazo de seis meses de investigación. También peticionó que al concluir la audiencia, el imputado se presente en la oficina del área de Criminalística, a los fines de que se le aplique el Protocolo Único de Identificación de Personas.
A su turno, el abogado defensor, no presentó oposición al requerimiento de apertura de la investigación. En tanto, consideró que la Ley de Protección Integral no configura la calificación legal aplicable al hecho que el Ministerio Público Fiscal le imputó a su asistido, indicó un parte oficial de la Fiscalía.
En consecuencia, pidió al magistrado que la apertura de investigación, sea por un delito expresamente establecido legalmente.
Así las cosas, el magistrado Alejandro Rosales, resolvió formalizar la investigación preparatoria de juicio, en orden a los hechos presentados por la Fiscalía. Por otra parte, el magistrado compartió el criterio del representante de la Defensa Pública, respecto a que la calificación legal que corresponde aplicar es la de abuso sexual simple contra persona menor de trece años de edad, en tres hechos. Asimismo, otorgó el plazo de investigación solicitado por el Ministerio Público Fiscal.
Los tres abusos
En la ocasión, la fiscal Rita Barrionuevo, relató los hechos que investigará. Indicó que los delitos ocurrieron entre 2016 y 2020. Luego, describió la modalidad de los abusos y los lugares en los que habrían ocurrido los delitos.
Con respecto a la calificación legal provisoria escogida, la fiscal, sostuvo que la conducta que se le atribuye al imputado, es constitutiva de los delitos de abuso sexual simple en una persona menor de edad, al menos tres hechos en concurso real y en calidad de autor, y en contexto de la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Finalmente, la investigadora solicitó un plazo de seis meses de investigación. También peticionó que al concluir la audiencia, el imputado se presente en la oficina del área de Criminalística, a los fines de que se le aplique el Protocolo Único de Identificación de Personas.
A su turno, el abogado defensor, no presentó oposición al requerimiento de apertura de la investigación. En tanto, consideró que la Ley de Protección Integral no configura la calificación legal aplicable al hecho que el Ministerio Público Fiscal le imputó a su asistido, indicó un parte oficial de la Fiscalía.
En consecuencia, pidió al magistrado que la apertura de investigación, sea por un delito expresamente establecido legalmente.
Así las cosas, el magistrado Alejandro Rosales, resolvió formalizar la investigación preparatoria de juicio, en orden a los hechos presentados por la Fiscalía. Por otra parte, el magistrado compartió el criterio del representante de la Defensa Pública, respecto a que la calificación legal que corresponde aplicar es la de abuso sexual simple contra persona menor de trece años de edad, en tres hechos. Asimismo, otorgó el plazo de investigación solicitado por el Ministerio Público Fiscal.