Tras una deliberación de cinco horas y un juicio oral y público de siete días, el jurado popular declaró no culpables a los tres policías imputados por la muerte de Alejandro “Tino” John durante un operativo. El fallo es inapelable. Tras la lectura de la sentencia fallo, buena parte del público estalló en aplausos. La mayoría, efectivos policiales de civil que apoyaron a sus pares.
Los acusados eran el sargento Luis Moggiano, por homicidio agravado por su condición de policía. Por homicidio culposo fueron juzgados los comisarios Cristian Soto, exjefe del GEOP, y Omar Martínez, exjefe de la Comisaría de El Hoyo. Todos quedaron desvinculados con alguna responsabilidad penal en el episodio.
“Tino” John es el vecino de Lago Puelo dedicado a las tareas de su chacra, que sufría trastornos psiquiátricos y fue muerto a balazos en un operativo policial el 27 de mayo de 2021 mientras se encontraba en su casa en compañía de su esposa y de su jardinero.
Reglas de juego
El defensor público y querellante Marcos Ponce, dijo que el fallo fue sorpresivo, y doloroso ver a la familia de Tino John que ga sufrido cuatro años y medio, irse son nada. "Que se vayan con tres no culpables, nos sorprendió sobremanera. Pero, son las reglas de juego".
No obstante sostuvo que el juicio por jurados está basado en la voluntad popular y republicana, y se debe respetar. Además remarcó que la sentencia de absolución a los tres policías es inapelable, a no ser que hubiera una nulidad manifiesta en el desarrollo procesal.
El Dr. Ponce indicó que durante las audiencias hubo cuestionamientos de todas las partes, poniendo el acento en la defensa que acusó a la familia de John, a la pareja y al Ministerio Público Fiscal, y puntualizó que el criterio del jurado popular no se puede conocer, y hay que ajustarse a las reglas.
Acerca de los tres imputados sobreseídos, el defensor público manifestó que el discurso de las defensas sugirieron que es la policía que la sociedad quiere, y hay un alivio porque se dio el veredicto que esperaban.
Amplió Ponce que este caso deja que la Provincia está en deuda y debe discutir un protocolo de actuación de los grupos especiales, porque el vigente data de 1993 y se requiere una revisión, y contemplar a las personas con padecimientos mentales.
Fallo emotivo
Por su lado,Fabian Gabalachis, defensor del sargento Luis Moggiano, consideró que "fue un juicio muy duro, largo y muy prolijo" y subrayó que sobre su defendido había una calificación legal extremadamente grave, por lo que fue emotivo el fallo de no culpable. Felicitó por el veredicto al jurado popular.
Además el letrado insistió con que la fiscal interviniente no había tenido los cuidados correspondientes, y "debería haber estado sentada en lugar de algunos policías".
Dos opciones
El fiscal Martin Robertson, resumió como transcurrió la causa, con el veredicto final del jurado popular, que determinó la no culpabilidad de los tres imputados. "La familia -de "Tino" John-, quería saber la verdad a través de un juicio, y consideró que el jurado fallo lo que evaluó correcto"
Lamentó el fiscal por la familia, pero planteó que son las reglas de juego, y las opciones eran culpables o no culpables, lo que resultó. Asimismo recordó Robertson que inicialmente su labor fue investigar el supuesto incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, pero al unificarse la causa por la acusación de parte de las querellas, de un hecho de mucha gravedad, se avanzó en ese sentido.
Para reflexionar
También declaró ante la prensa al término de la audiencia, el Dr. Miguel Wisky, representante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), recalcó que quedaron devastados por la sentencia, "por cuanto se trata de la muerte de un vecino querido de la Comarca Andina, y se esperaba una sanción para quienes actuaron de manera negligente".
Afirmó que la vida de una persona es muy valiosa, y "este fallo hace reflexionar sobre en qué estamos, porque el Estado Provincial que tiene el monopolio de la Justicia y de la seguridad, actuó de una manera muy precaria".
El letrado refirió a que Chubut adhirió a las leyes de salud mental, y de acuerdo al Código Procesal, un juez y un fiscal, al pedir una medida de allanamiento con una condición psicológica o psíquica crítica, deben hacerlo con cuidado. "Pero la respuesta que nos da el Poder Judicial es inquietante, porque es una alerta de cómo nos tenemos que manejar, y con esto, estamos lejos de ser una civilización". Acotó que este fallo sienta un precedente, y llama a la reflexión a la Justicia de Esquel y la Comarca Andina.

Tras una deliberación de cinco horas y un juicio oral y público de siete días, el jurado popular declaró no culpables a los tres policías imputados por la muerte de Alejandro “Tino” John durante un operativo. El fallo es inapelable. Tras la lectura de la sentencia fallo, buena parte del público estalló en aplausos. La mayoría, efectivos policiales de civil que apoyaron a sus pares.
Los acusados eran el sargento Luis Moggiano, por homicidio agravado por su condición de policía. Por homicidio culposo fueron juzgados los comisarios Cristian Soto, exjefe del GEOP, y Omar Martínez, exjefe de la Comisaría de El Hoyo. Todos quedaron desvinculados con alguna responsabilidad penal en el episodio.
“Tino” John es el vecino de Lago Puelo dedicado a las tareas de su chacra, que sufría trastornos psiquiátricos y fue muerto a balazos en un operativo policial el 27 de mayo de 2021 mientras se encontraba en su casa en compañía de su esposa y de su jardinero.
Reglas de juego
El defensor público y querellante Marcos Ponce, dijo que el fallo fue sorpresivo, y doloroso ver a la familia de Tino John que ga sufrido cuatro años y medio, irse son nada. "Que se vayan con tres no culpables, nos sorprendió sobremanera. Pero, son las reglas de juego".
No obstante sostuvo que el juicio por jurados está basado en la voluntad popular y republicana, y se debe respetar. Además remarcó que la sentencia de absolución a los tres policías es inapelable, a no ser que hubiera una nulidad manifiesta en el desarrollo procesal.
El Dr. Ponce indicó que durante las audiencias hubo cuestionamientos de todas las partes, poniendo el acento en la defensa que acusó a la familia de John, a la pareja y al Ministerio Público Fiscal, y puntualizó que el criterio del jurado popular no se puede conocer, y hay que ajustarse a las reglas.
Acerca de los tres imputados sobreseídos, el defensor público manifestó que el discurso de las defensas sugirieron que es la policía que la sociedad quiere, y hay un alivio porque se dio el veredicto que esperaban.
Amplió Ponce que este caso deja que la Provincia está en deuda y debe discutir un protocolo de actuación de los grupos especiales, porque el vigente data de 1993 y se requiere una revisión, y contemplar a las personas con padecimientos mentales.
Fallo emotivo
Por su lado,Fabian Gabalachis, defensor del sargento Luis Moggiano, consideró que "fue un juicio muy duro, largo y muy prolijo" y subrayó que sobre su defendido había una calificación legal extremadamente grave, por lo que fue emotivo el fallo de no culpable. Felicitó por el veredicto al jurado popular.
Además el letrado insistió con que la fiscal interviniente no había tenido los cuidados correspondientes, y "debería haber estado sentada en lugar de algunos policías".
Dos opciones
El fiscal Martin Robertson, resumió como transcurrió la causa, con el veredicto final del jurado popular, que determinó la no culpabilidad de los tres imputados. "La familia -de "Tino" John-, quería saber la verdad a través de un juicio, y consideró que el jurado fallo lo que evaluó correcto"
Lamentó el fiscal por la familia, pero planteó que son las reglas de juego, y las opciones eran culpables o no culpables, lo que resultó. Asimismo recordó Robertson que inicialmente su labor fue investigar el supuesto incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, pero al unificarse la causa por la acusación de parte de las querellas, de un hecho de mucha gravedad, se avanzó en ese sentido.
Para reflexionar
También declaró ante la prensa al término de la audiencia, el Dr. Miguel Wisky, representante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), recalcó que quedaron devastados por la sentencia, "por cuanto se trata de la muerte de un vecino querido de la Comarca Andina, y se esperaba una sanción para quienes actuaron de manera negligente".
Afirmó que la vida de una persona es muy valiosa, y "este fallo hace reflexionar sobre en qué estamos, porque el Estado Provincial que tiene el monopolio de la Justicia y de la seguridad, actuó de una manera muy precaria".
El letrado refirió a que Chubut adhirió a las leyes de salud mental, y de acuerdo al Código Procesal, un juez y un fiscal, al pedir una medida de allanamiento con una condición psicológica o psíquica crítica, deben hacerlo con cuidado. "Pero la respuesta que nos da el Poder Judicial es inquietante, porque es una alerta de cómo nos tenemos que manejar, y con esto, estamos lejos de ser una civilización". Acotó que este fallo sienta un precedente, y llama a la reflexión a la Justicia de Esquel y la Comarca Andina.