Le revocan un beneficio porque volvió a a acercarse a la víctima

La medida sucedió en Comodoro Rivadavia. Al hombre se le revocó una suspensión de juicio a prueba y nuevamente se le prohibió tener contacto con la danmificada y no puede salir de la ciudad ni del país.


31 AGO 2026 - 16:41 | Actualizado 31 AGO 2026 - 16:44

El juez de Comodoro Rivadavia, Jorge Odorisio revocó la suspensión de juicio a prueba y decidió una prohibición de acercamiento y salida del país para un sujeto y la puesta en funcionamiento de un botón antipánico para la víctima en una causa vinculada a hechos de violencia de género en esa ciudad.

La decisión del magistrado se produjo durante la mañana de este presente lunes en los tribunales locales en el marco de una audiencia de incidente de ejecución para controlar el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas a G. A. M. de las cuales se lo acusa de no cumplirlas.

La representante de la Fiscalía, Patricia Cardoso, refirió que al imputado se le había concedido el beneficio de la suspensión de juicio a prueba en octubre de 2025 y por el término de un año, en el marco de una causa por violencia familiar. Durante dicho período, la víctima formuló una nueva denuncia en su contra, indicó una gacetilla de la Fiscalía.

La representante del Área de Ejecución Penal de la Fiscalía sostuvo que, de comprobarse el nuevo hecho investigado, correspondería la revocación de la suspensión de juicio a prueba. Asimismo, consideró que del relato de este segundo hecho surge un grave incumplimiento de la regla de conducta consistente en la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

En este sentido, la representante de Fiscalía destacó la necesidad de adoptar medidas tendientes a salvaguardar la integridad de la víctima y, por todo ello, solicitó la revocación del beneficio de la suspensión de juicio a prueba concedido a G. A. M.

Por su parte, el defensor Julián Pulgar aportó un nuevo domicilio de su asistido y no planteó objeciones respecto de la existencia de la nueva denuncia. Sin embargo, señaló que aún no se había concretado la audiencia de apertura de la investigación en relación con el nuevo hecho, por lo que sostuvo que debía prevalecer el principio de inocencia.

En consecuencia, solicitó que no se hiciera lugar a la revocación requerida por la fiscalía y que, en su lugar, se intimara a su asistido al cumplimiento de las reglas de conducta oportunamente impuestas.

Finalmente, el juez penal Jorge Odorisio resolvió revocar la suspensión de juicio a prueba concedida a G. A. M., principalmente por el incumplimiento de la regla de conducta consistente en la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

Asimismo, dispuso que personal policial realice rondines discontinuos en inmediaciones del domicilio del imputado y estableció la obligación de que G. A. M. se presente diariamente ante la dependencia policial más cercana a su domicilio. También amplió la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, fijando un radio no menor a 200 metros.

Del mismo modo, el magistrado dispuso la prohibición de salida de la ciudad y del país para el imputado y solicitó la provisión de un dispositivo electrónico con botón de pánico para la víctima.

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31 AGO 2026 - 16:41

El juez de Comodoro Rivadavia, Jorge Odorisio revocó la suspensión de juicio a prueba y decidió una prohibición de acercamiento y salida del país para un sujeto y la puesta en funcionamiento de un botón antipánico para la víctima en una causa vinculada a hechos de violencia de género en esa ciudad.

La decisión del magistrado se produjo durante la mañana de este presente lunes en los tribunales locales en el marco de una audiencia de incidente de ejecución para controlar el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas a G. A. M. de las cuales se lo acusa de no cumplirlas.

La representante de la Fiscalía, Patricia Cardoso, refirió que al imputado se le había concedido el beneficio de la suspensión de juicio a prueba en octubre de 2025 y por el término de un año, en el marco de una causa por violencia familiar. Durante dicho período, la víctima formuló una nueva denuncia en su contra, indicó una gacetilla de la Fiscalía.

La representante del Área de Ejecución Penal de la Fiscalía sostuvo que, de comprobarse el nuevo hecho investigado, correspondería la revocación de la suspensión de juicio a prueba. Asimismo, consideró que del relato de este segundo hecho surge un grave incumplimiento de la regla de conducta consistente en la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

En este sentido, la representante de Fiscalía destacó la necesidad de adoptar medidas tendientes a salvaguardar la integridad de la víctima y, por todo ello, solicitó la revocación del beneficio de la suspensión de juicio a prueba concedido a G. A. M.

Por su parte, el defensor Julián Pulgar aportó un nuevo domicilio de su asistido y no planteó objeciones respecto de la existencia de la nueva denuncia. Sin embargo, señaló que aún no se había concretado la audiencia de apertura de la investigación en relación con el nuevo hecho, por lo que sostuvo que debía prevalecer el principio de inocencia.

En consecuencia, solicitó que no se hiciera lugar a la revocación requerida por la fiscalía y que, en su lugar, se intimara a su asistido al cumplimiento de las reglas de conducta oportunamente impuestas.

Finalmente, el juez penal Jorge Odorisio resolvió revocar la suspensión de juicio a prueba concedida a G. A. M., principalmente por el incumplimiento de la regla de conducta consistente en la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

Asimismo, dispuso que personal policial realice rondines discontinuos en inmediaciones del domicilio del imputado y estableció la obligación de que G. A. M. se presente diariamente ante la dependencia policial más cercana a su domicilio. También amplió la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, fijando un radio no menor a 200 metros.

Del mismo modo, el magistrado dispuso la prohibición de salida de la ciudad y del país para el imputado y solicitó la provisión de un dispositivo electrónico con botón de pánico para la víctima.