“El fallo del Superior preocupa y genera serias dudas sobre el respeto a las garantías”

Daniel Sandoval es el abogado investigado por haber representado a un condenado por abuso y luego a su víctima. Lo habían sobreseído pero el STJ revocó esa decisión. Según su descargo, “mi conducta no sólo no es delito: es un ejemplo de compromiso”.


12 SEP 2026 - 10:55 | Actualizado 12 SEP 2026 - 10:57

Luego de que el Superior Tribunal de Justicia revocara su sobreseimiento y ordenara que siga bajo investigación, el abogado de Esquel Daniel Sandoval aseguró que el máximo tribunal lo “persigue” y que su fallo “preocupa y genera serias dudas sobre el respeto a las garantías constitucionales y el rol de los abogados en la defensa de los derechos de los más vulnerables”.

Al letrado le imputan haber sido abogado de un condenado por un abuso y luego, letrado de la víctima. Pero según su descargo, “escuché el relato de una joven con discapacidad con autorización de sus padres, y denuncié los hechos ante la justicia”.

En marzo el juez Ricardo Rolón lo sobreseyó al considerar que su conducta no era delito. “Fue una decisión de fondo que quedó firme, con autoridad de cosa juzgada”. Pero luego el STJ “decidió reabrir una causa que un juez ya había cerrado declarando que no había delito”.

Según Sandoval, al escuchar a la víctima del abuso “lejos de violar la ley, estabaprotegiendo los derechos de una persona vulnerable, cumpliendo con la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

El letrado advirtió que cuando el Superior revoca su sobreseimiento, trata la decisión del juez Rolón “como si fuera un simple trámite que se puede revisar sin límites. Esto viola el principio deprejudicialidady afecta la seguridad jurídica: si las decisiones firmes se pueden desconocer, nadie puede confiar en la justicia”.

Además la resolución del STJ no explica por qué los argumentos de Rolon son erróneos. Se limita a decir que "no comparte el temperamento adoptado. Esto es lo que la Corte Suprema llamaarbitrariedad manifiesta: una sentencia que no tiene fundamento legal suficiente y que desconoce las constancias objetivas de la causa.

Por eso Sandoval cree que lo persiguen dos veces por el mismo hecho, algo prohibido por la Constitución.

Y aclaró que nunca aceptó el cargo de defensor de la joven. “No representé a la víctima y no hubo perjuicio alguno. La doctrina penal es unánime: sin mandato vigente, no hay delito”.

“Lo que está en juego es elderecho de todos los abogados a ejercer su profesión sin temor a ser perseguidos penalmente por defender los derechos de sus clientes. Lo que está en juego es laseguridad jurídica: la posibilidad de confiar en que las decisiones judiciales firmes se respetan”, subrayó en su descargo.

“Si un abogado puede ser perseguido penalmente por escuchar a una víctima y denunciar los hechos, ¿quién va a animarse a defender a los más vulnerables? Si un juez puede declarar que una conducta no es delito y luego un tribunal superior puede desconocer esa decisión sin fundamento, ¿de qué sirve la justicia?”

Sandoval concluyó que “actué en todo momento conforme a la ley y a la ética profesional. Mi conducta no solo no es delito: es un ejemplo de compromiso con los derechos de las personas con discapacidad y con la protección de la infancia”.

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12 SEP 2026 - 10:55

Luego de que el Superior Tribunal de Justicia revocara su sobreseimiento y ordenara que siga bajo investigación, el abogado de Esquel Daniel Sandoval aseguró que el máximo tribunal lo “persigue” y que su fallo “preocupa y genera serias dudas sobre el respeto a las garantías constitucionales y el rol de los abogados en la defensa de los derechos de los más vulnerables”.

Al letrado le imputan haber sido abogado de un condenado por un abuso y luego, letrado de la víctima. Pero según su descargo, “escuché el relato de una joven con discapacidad con autorización de sus padres, y denuncié los hechos ante la justicia”.

En marzo el juez Ricardo Rolón lo sobreseyó al considerar que su conducta no era delito. “Fue una decisión de fondo que quedó firme, con autoridad de cosa juzgada”. Pero luego el STJ “decidió reabrir una causa que un juez ya había cerrado declarando que no había delito”.

Según Sandoval, al escuchar a la víctima del abuso “lejos de violar la ley, estabaprotegiendo los derechos de una persona vulnerable, cumpliendo con la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

El letrado advirtió que cuando el Superior revoca su sobreseimiento, trata la decisión del juez Rolón “como si fuera un simple trámite que se puede revisar sin límites. Esto viola el principio deprejudicialidady afecta la seguridad jurídica: si las decisiones firmes se pueden desconocer, nadie puede confiar en la justicia”.

Además la resolución del STJ no explica por qué los argumentos de Rolon son erróneos. Se limita a decir que "no comparte el temperamento adoptado. Esto es lo que la Corte Suprema llamaarbitrariedad manifiesta: una sentencia que no tiene fundamento legal suficiente y que desconoce las constancias objetivas de la causa.

Por eso Sandoval cree que lo persiguen dos veces por el mismo hecho, algo prohibido por la Constitución.

Y aclaró que nunca aceptó el cargo de defensor de la joven. “No representé a la víctima y no hubo perjuicio alguno. La doctrina penal es unánime: sin mandato vigente, no hay delito”.

“Lo que está en juego es elderecho de todos los abogados a ejercer su profesión sin temor a ser perseguidos penalmente por defender los derechos de sus clientes. Lo que está en juego es laseguridad jurídica: la posibilidad de confiar en que las decisiones judiciales firmes se respetan”, subrayó en su descargo.

“Si un abogado puede ser perseguido penalmente por escuchar a una víctima y denunciar los hechos, ¿quién va a animarse a defender a los más vulnerables? Si un juez puede declarar que una conducta no es delito y luego un tribunal superior puede desconocer esa decisión sin fundamento, ¿de qué sirve la justicia?”

Sandoval concluyó que “actué en todo momento conforme a la ley y a la ética profesional. Mi conducta no solo no es delito: es un ejemplo de compromiso con los derechos de las personas con discapacidad y con la protección de la infancia”.