La Justicia de Comodoro Rivadavia desestimó un recurso de amparo presentado contra el inicio de extracción de petróleo no convencional en el yacimiento “El Trébol” –conocida técnicamente como fracking-, inaugurado la semana pasada por la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.
El dato fue confirmado por la abogada Silvia de los Santos, que patrocinó la presentación del amparo, en declaraciones al programa “Actualidad 2.0”, que se emite por la emisora Radio del Mar de Comodoro.
El recurso de amparo había sido presentado en previsión de posibles impactos a partir de la actividad del pozo exploratorio que comenzó a perforar YPF en El Trébol.
“Se declaró improcedente”, admitió la abogada, aunque anunció que “la decisión será apelada. No se hizo lugar a la medida cautelar que solicitamos, que la presentó un mapuche a quien yo patrocino y tenía por objeto cuatro cosas: proteger los derechos individuales y colectivos indígenas, el derecho a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental legal, proteger el derecho al patrimonio arqueológico y proteger el derecho humano al agua.”
(Fuente: ADN Sur)
La Justicia de Comodoro Rivadavia desestimó un recurso de amparo presentado contra el inicio de extracción de petróleo no convencional en el yacimiento “El Trébol” –conocida técnicamente como fracking-, inaugurado la semana pasada por la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.
El dato fue confirmado por la abogada Silvia de los Santos, que patrocinó la presentación del amparo, en declaraciones al programa “Actualidad 2.0”, que se emite por la emisora Radio del Mar de Comodoro.
El recurso de amparo había sido presentado en previsión de posibles impactos a partir de la actividad del pozo exploratorio que comenzó a perforar YPF en El Trébol.
“Se declaró improcedente”, admitió la abogada, aunque anunció que “la decisión será apelada. No se hizo lugar a la medida cautelar que solicitamos, que la presentó un mapuche a quien yo patrocino y tenía por objeto cuatro cosas: proteger los derechos individuales y colectivos indígenas, el derecho a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental legal, proteger el derecho al patrimonio arqueológico y proteger el derecho humano al agua.”
(Fuente: ADN Sur)