La AFIP determina el valor de los autos para el pago de bienes personales

El ente fijó el valor mínimo de los vehículos y títulos públicos a los efectos de la presentación de la declaración jurada del impuesto a los Bienes Personales, que vencen en abril y mayo.

11 MAR 2014 - 10:29 | Actualizado

La resolución general 3601 especifica que esos valores para automotores y motovehículos (motocicletas y motos) son los determinados al 31 de diciembre de 2013 por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, ratificados por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Según aclaró la AFIP, ese valor "no contempla la variación de precios que se verificó durante los primeros meses de este año en los autos, principalmente en los de alta gama".

Por otra parte, la resolución -que se publica hoy en el Boletín Oficial- señala que la valuación de títulos públicos y valores negociables surge de las cotizaciones al 31 de diciembre pasado, provistas por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

En el caso de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, se tomarán las cotizaciones que provee la cámara respectiva.

En cuanto a las valuaciones de las monedas extranjeras al 31 de diciembre, son las suministradas por el Banco de la Nación Argentina.

A fin de "facilitar a los contribuyentes y responsables del tributo la correcta liquidación de la obligación fiscal", la norma incluye cinco anexos, en los que se detallan dichos valores, así como también el formato de catastro según la jurisdicción y las entidades financieras.

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11 MAR 2014 - 10:29

La resolución general 3601 especifica que esos valores para automotores y motovehículos (motocicletas y motos) son los determinados al 31 de diciembre de 2013 por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, ratificados por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Según aclaró la AFIP, ese valor "no contempla la variación de precios que se verificó durante los primeros meses de este año en los autos, principalmente en los de alta gama".

Por otra parte, la resolución -que se publica hoy en el Boletín Oficial- señala que la valuación de títulos públicos y valores negociables surge de las cotizaciones al 31 de diciembre pasado, provistas por la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

En el caso de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, se tomarán las cotizaciones que provee la cámara respectiva.

En cuanto a las valuaciones de las monedas extranjeras al 31 de diciembre, son las suministradas por el Banco de la Nación Argentina.

A fin de "facilitar a los contribuyentes y responsables del tributo la correcta liquidación de la obligación fiscal", la norma incluye cinco anexos, en los que se detallan dichos valores, así como también el formato de catastro según la jurisdicción y las entidades financieras.


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