Fueros de Buzzi: críticas del STJ para 4 jueces por interpretar mal la ley

Rebagliati, Pfleger y Pasutti cuestionaron a Monti, Asaro, Barrios y González por insistir en someter a juicio al mandatario provincial en la Causa Alpesca cuando la legislación lo ampara.

12 MAY 2015 - 22:10 | Actualizado

Los jueces del Superior Tribunal de Justicia Daniel Rebagliati Russell, Jorge Pfleger y José Luis Pasutti hicieron duras críticas a los cuatro jueces que intervinieron en la causa que investiga una presunta irregularidad en el otorgamiento de un préstamo de 10 millones de pesos a la firma Alpesca por parte del Estado provincial.

Según estos tres magistrados, los jueces Fabio Monti, Adrián Barrios, Patricia Asaro e Ivana González interpretaron de manera incorrecta la legislación al intentar e insistir en varias resoluciones someter a una investigación al gobernador de Chubut, Martín Buzzi, por una supuesta irregularidad en el cumplimiento de sus funciones.

En un fallo de 26 fojas, cuya parte más importante fue adelantada ayer por Jornada, los tres integrantes del Superior Tribunal explicaron por qué es anticonstitucional someter a un tribunal ordinario a un mandatario provincial, sin antes pasar por el juicio político.

Antecedentes

La sentencia del Superior Tribunal está relacionada a la causa que se inició por una denuncia del bloque de diputados provinciales del Modelo Chubut (hoy Chubut Somos Todos), que pidió investigar el desempeño del gobernador, de su ministra de Desarrollo Territorial, Gabriela Dufour, y de un grupo de funcionarios de Corfo en la asignación del préstamo a Alpesca en medio de una crisis terminal de la empresa.

El caso llegó a la Corte provincial luego de que la Defensa Pública, encabezada por Alfredo Pérez Galimberti y Jorge Benesperi, que defendió los intereses de Buzzi y Dufour, hiciera una impugnación extraordinaria en desmedro de una resolución dictada por los jueces González y Barrios, que declaró improcedente el recurso de revocatoria presentado por esa parte en una instancia anterior, iniciada por una resolución del juez Monti desechando los fueros de Buzzi y luego confirmada por un tribunal integrado por la misma González y Asaro.

Críticas

Los tres jueces del Superior cuestionaron la conducta jurídica de los magistrados al coincidir con los defensores públicos: “Los magistrados que intervinieron se equivocaron en la interpretación del texto constitucional (…) y no pudieron rebatir los fundamentos formulados. (…) y también confundieron los institutos de inmunidad de arresto y de inmunidad de proceso”, dice la sentencia.

“La decisión de los magistrados implicó suprimir parcialmente la letra de estos artículos de la Carta Magna local que distinguen entre tipos de delitos. Señala que el tribunal citó doctrina en un sentido opuesto al de los autores, o bien invocaron jurisprudencia que no resulta aplicable al caso”, agrega Rebagliati Russell en su voto.

En tanto, Pleger dijo que “el cargo de Gobernador y de Vicegobernador de la Provincia poseen una protección añadida, hacen a sus titulares inmunes a proceso hasta tanto no sean destituidos por juicio político, cuando se les atribuyan delitos funcionales o comunes, mientras estén en ejercicio”.

Mientras que Pasutti destacó que “por si existieren dudas al respecto, los privilegios constitucionales en general, y los que se discuten en este caso en particular, no son personales. Buscan resguardar el libre ejercicio de la función, y la normal actividad de la institución en general”.

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12 MAY 2015 - 22:10

Los jueces del Superior Tribunal de Justicia Daniel Rebagliati Russell, Jorge Pfleger y José Luis Pasutti hicieron duras críticas a los cuatro jueces que intervinieron en la causa que investiga una presunta irregularidad en el otorgamiento de un préstamo de 10 millones de pesos a la firma Alpesca por parte del Estado provincial.

Según estos tres magistrados, los jueces Fabio Monti, Adrián Barrios, Patricia Asaro e Ivana González interpretaron de manera incorrecta la legislación al intentar e insistir en varias resoluciones someter a una investigación al gobernador de Chubut, Martín Buzzi, por una supuesta irregularidad en el cumplimiento de sus funciones.

En un fallo de 26 fojas, cuya parte más importante fue adelantada ayer por Jornada, los tres integrantes del Superior Tribunal explicaron por qué es anticonstitucional someter a un tribunal ordinario a un mandatario provincial, sin antes pasar por el juicio político.

Antecedentes

La sentencia del Superior Tribunal está relacionada a la causa que se inició por una denuncia del bloque de diputados provinciales del Modelo Chubut (hoy Chubut Somos Todos), que pidió investigar el desempeño del gobernador, de su ministra de Desarrollo Territorial, Gabriela Dufour, y de un grupo de funcionarios de Corfo en la asignación del préstamo a Alpesca en medio de una crisis terminal de la empresa.

El caso llegó a la Corte provincial luego de que la Defensa Pública, encabezada por Alfredo Pérez Galimberti y Jorge Benesperi, que defendió los intereses de Buzzi y Dufour, hiciera una impugnación extraordinaria en desmedro de una resolución dictada por los jueces González y Barrios, que declaró improcedente el recurso de revocatoria presentado por esa parte en una instancia anterior, iniciada por una resolución del juez Monti desechando los fueros de Buzzi y luego confirmada por un tribunal integrado por la misma González y Asaro.

Críticas

Los tres jueces del Superior cuestionaron la conducta jurídica de los magistrados al coincidir con los defensores públicos: “Los magistrados que intervinieron se equivocaron en la interpretación del texto constitucional (…) y no pudieron rebatir los fundamentos formulados. (…) y también confundieron los institutos de inmunidad de arresto y de inmunidad de proceso”, dice la sentencia.

“La decisión de los magistrados implicó suprimir parcialmente la letra de estos artículos de la Carta Magna local que distinguen entre tipos de delitos. Señala que el tribunal citó doctrina en un sentido opuesto al de los autores, o bien invocaron jurisprudencia que no resulta aplicable al caso”, agrega Rebagliati Russell en su voto.

En tanto, Pleger dijo que “el cargo de Gobernador y de Vicegobernador de la Provincia poseen una protección añadida, hacen a sus titulares inmunes a proceso hasta tanto no sean destituidos por juicio político, cuando se les atribuyan delitos funcionales o comunes, mientras estén en ejercicio”.

Mientras que Pasutti destacó que “por si existieren dudas al respecto, los privilegios constitucionales en general, y los que se discuten en este caso en particular, no son personales. Buscan resguardar el libre ejercicio de la función, y la normal actividad de la institución en general”.


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