“Hubo mensajes poco claros y confusos que generaron sospechas de delitos”

Según el tribunal del jury, el defensor público de Trelew tuvo un lenguaje “procaz y vulgar” que puede ser sancionado pero no es mal desempeño. No hay sospechas de coima. Críticas al resto de los funcionarios que participaron del caso.

13 JUL 2015 - 22:35 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

La mayoría del tribunal de enjuiciamiento que absolvió al defensor público Sergio Rey consideró que no se pudo demostrar que el funcionario de Trelew tenga un “patrón de conducta” cuestionable ni que sus charlas grabadas con el comisario Miguel Gómez sean “una constante en su manera de ejercer el oficio público”. Lo dice el voto de la abogada de Comodoro Rivadavia, Inés Amalia Maristany; de la diputada provincial del Frente para la Victoria, Argentina Martínez, y del presidente del tribunal, Jorge Pfleger. El fallo completo se difundió el viernes.

Rey fue acusado de mal desempeño por pedirle 50 mil pesos al comisario a cambio de cerrar una causa en su contra por presuntas vejaciones del Grupo Especial de Operaciones Policiales. El dinero resarciría a las víctimas de ese procedimiento, familias del barrio Tiro Federal. Gómez grabó la oferta y su denuncia desató un escándalo.

Los votantes advirtieron que “no reprocharemos al denunciante” porque tuvo “razones atendibles para proceder como procedió”. O sea, grabar a Rey por su presunto pedido de coimas. Pero a la vez consideraron probado que Rey propuso a Gómez y a su defensor, Damián D´Antonio, un acuerdo económico para cerrar el caso, a pedido de las familias Chingoleo y Paillacura. Los testimonios dejaron claro que la plata no era para él.

Las familias tenían “hartazgo por lo que sintieron como un sistema judicial ineficiente e incapaz de resolver en forma y tiempo el conflicto suscitado, e insensible a las particulares necesidades del grupo vulnerable (…) Fue doloroso y patético escuchar de labios de los deponentes el vivir un proceso penal más como una penitencia añadida a sus agravios, que como un camino a recorrer para la satisfacción de sus derechos vulnerados”.

Rey podía

La oferta de una reparación económica fue “racional” pues las necesidades de las familias “son incontrovertibles y se demuestran por la sola expresión de los testigos. No hace falta demasiada ciencia para captar su grupo de pertenencia”.

Lo central es que Rey legalmente estaba habilitado a gestionar un acuerdo económico. La ley no prohíbe a un querellante pedir dinero. No se exigen razones ni documentos.

“En el campo de la realidad es factible aceptar negociaciones extrajudiciales, que, en tanto tratativas, no necesitan de forma alguna”, explica el fallo. Tampoco es relevante si no todas las familias querellantes sabían de esta oferta. Es que a la larga se enterarían igual porque para renunciar a la causa se necesitaba su aprobación. De acuerdo a la sentencia, no se puede especular sobre un acuerdo que quedó en charlas.

El tribunal sí se queja de que “advertimos con desagrado la emisión, por los operadores del sistema, de mensajes poco claros, confusos, susceptible de generar, como han generado, una sospecha de ilicitud en el proceso de negociación”.

D´Antonio, el fiscal Fabián Moyano y el defensor Nelson Rapimán quedaron involucrados en el caso. Y los tres, “estando en condiciones de hacerlo no administraron correctamente la situación, como no lo hizo el atribuido”.

Censura

La escucha de las grabaciones, de acuerdo a la sentencia absolutoria, “permiten censurar el modo en que Rey intentó persuadir. Un lenguaje procaz y vulgar no resulta apropiado a un funcionario del Poder Judicial, aunque provocaría la misma sensación de labios de un abogado de la matrícula”.

En este escenario, “lo que es grave es la alegación de influencias, el menosprecio aún fingido para con los clientes o la crítica maledicente a los jueces o los fiscales”. Para el tribunal, “está mal que quien sea intermediario entre el pueblo y el Estado en ejercicio del Poder Judicial se exprese de este modo”. Sin embargo, la Ley de Ética de la Abogacía castiga las faltas de respeto en los procesos, no en ámbitos privados.

También molestó el “vanagloriarse de ser influyente (…) el letrado no pudo permitirse las invocaciones a personajes públicos que, de paso, dijeron no recordar detalles (testimonio de Federico Ruffa) lo que deja a las cosas en el plano de la mera veleidad”.

Esta conducta merecería una sanción administrativa pero no se probó que sea algo normal en Rey. Esto impide calificar a “estos deslices inapropiados y malos” como mal desempeño. Nadie salió perjudicado. “La negociación fue un fracaso y quedó en la mera preparación (…) Fue un intento conducido inapropiadamente, junto a otros operadores ineficaces, que generó esta tormenta perfecta”.

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13 JUL 2015 - 22:35

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

La mayoría del tribunal de enjuiciamiento que absolvió al defensor público Sergio Rey consideró que no se pudo demostrar que el funcionario de Trelew tenga un “patrón de conducta” cuestionable ni que sus charlas grabadas con el comisario Miguel Gómez sean “una constante en su manera de ejercer el oficio público”. Lo dice el voto de la abogada de Comodoro Rivadavia, Inés Amalia Maristany; de la diputada provincial del Frente para la Victoria, Argentina Martínez, y del presidente del tribunal, Jorge Pfleger. El fallo completo se difundió el viernes.

Rey fue acusado de mal desempeño por pedirle 50 mil pesos al comisario a cambio de cerrar una causa en su contra por presuntas vejaciones del Grupo Especial de Operaciones Policiales. El dinero resarciría a las víctimas de ese procedimiento, familias del barrio Tiro Federal. Gómez grabó la oferta y su denuncia desató un escándalo.

Los votantes advirtieron que “no reprocharemos al denunciante” porque tuvo “razones atendibles para proceder como procedió”. O sea, grabar a Rey por su presunto pedido de coimas. Pero a la vez consideraron probado que Rey propuso a Gómez y a su defensor, Damián D´Antonio, un acuerdo económico para cerrar el caso, a pedido de las familias Chingoleo y Paillacura. Los testimonios dejaron claro que la plata no era para él.

Las familias tenían “hartazgo por lo que sintieron como un sistema judicial ineficiente e incapaz de resolver en forma y tiempo el conflicto suscitado, e insensible a las particulares necesidades del grupo vulnerable (…) Fue doloroso y patético escuchar de labios de los deponentes el vivir un proceso penal más como una penitencia añadida a sus agravios, que como un camino a recorrer para la satisfacción de sus derechos vulnerados”.

Rey podía

La oferta de una reparación económica fue “racional” pues las necesidades de las familias “son incontrovertibles y se demuestran por la sola expresión de los testigos. No hace falta demasiada ciencia para captar su grupo de pertenencia”.

Lo central es que Rey legalmente estaba habilitado a gestionar un acuerdo económico. La ley no prohíbe a un querellante pedir dinero. No se exigen razones ni documentos.

“En el campo de la realidad es factible aceptar negociaciones extrajudiciales, que, en tanto tratativas, no necesitan de forma alguna”, explica el fallo. Tampoco es relevante si no todas las familias querellantes sabían de esta oferta. Es que a la larga se enterarían igual porque para renunciar a la causa se necesitaba su aprobación. De acuerdo a la sentencia, no se puede especular sobre un acuerdo que quedó en charlas.

El tribunal sí se queja de que “advertimos con desagrado la emisión, por los operadores del sistema, de mensajes poco claros, confusos, susceptible de generar, como han generado, una sospecha de ilicitud en el proceso de negociación”.

D´Antonio, el fiscal Fabián Moyano y el defensor Nelson Rapimán quedaron involucrados en el caso. Y los tres, “estando en condiciones de hacerlo no administraron correctamente la situación, como no lo hizo el atribuido”.

Censura

La escucha de las grabaciones, de acuerdo a la sentencia absolutoria, “permiten censurar el modo en que Rey intentó persuadir. Un lenguaje procaz y vulgar no resulta apropiado a un funcionario del Poder Judicial, aunque provocaría la misma sensación de labios de un abogado de la matrícula”.

En este escenario, “lo que es grave es la alegación de influencias, el menosprecio aún fingido para con los clientes o la crítica maledicente a los jueces o los fiscales”. Para el tribunal, “está mal que quien sea intermediario entre el pueblo y el Estado en ejercicio del Poder Judicial se exprese de este modo”. Sin embargo, la Ley de Ética de la Abogacía castiga las faltas de respeto en los procesos, no en ámbitos privados.

También molestó el “vanagloriarse de ser influyente (…) el letrado no pudo permitirse las invocaciones a personajes públicos que, de paso, dijeron no recordar detalles (testimonio de Federico Ruffa) lo que deja a las cosas en el plano de la mera veleidad”.

Esta conducta merecería una sanción administrativa pero no se probó que sea algo normal en Rey. Esto impide calificar a “estos deslices inapropiados y malos” como mal desempeño. Nadie salió perjudicado. “La negociación fue un fracaso y quedó en la mera preparación (…) Fue un intento conducido inapropiadamente, junto a otros operadores ineficaces, que generó esta tormenta perfecta”.


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