El Superior rechazó un recurso de la Cooperativa de Trelew por la tarifa de referencia

Confirmó un fallo anterior de la Cámara de Apelaciones. Le dieron la razón al OMRESP.

31 AGO 2015 - 21:55 | Actualizado

La Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó un recurso de la Cooperativa Eléctrica y Consumo de Trelew en relación a la Tarifa de Referencia que la entidad decidió aplicar el año pasado en los servicios que presta, en contra de una resolución del Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos (OMRESP) que la obligaba a pasar por el Concejo Deliberante para conseguir una ordenanza que autorizara un aumento.

El Superior, además, confirmó la Sentencia Interlocutoria N° 03/2015 de la Cámara de Apelaciones de Trelew, firmada en marzo pasado, que había significado el primer revés para la Cooperativa, que por ese motivo decidió apelar al Superior Tribunal.

La Cámara de Apelaciones de Trelew había rechazado por cuestiones formales el recurso presentado por el Consejo de Administración de la Cooperativa de Trelew para intentar mantener vigente el aumento por aplicación de la Tarifa de Referencia.

Según el OMRESP, la prestataria de servicios había pasado por alto el tratamiento que debería tenido un aumento de tarifas en el Concejo Deliberante, luego de que la Cooperativa apelara a una ley provincial para aplicar de hecho el aumento.

Intimación

Fue por eso que en enero pasado, el OMRESP intimó a la Cooperativa a retrotraer la medida y devolver a los usuarios lo que se facturó de más.

Tanto el fallo original de la Cámara de Apelaciones, como el del Superior Tribunal ahora, no se meten con la legalidad o no de la aplicación de la tarifa de referencia que hizo la Cooperativa, pero sí le dieron un fuerte respaldo jurídico a la intervención del OMRESP como organismo autónomo y con la suficiente autoridad administrativa para actuar en este caso.

Cómo puede terminar impactando en términos prácticos este fallo del Superior es, por ahora, una incógnita. Una vez notificados, tanto la Cooperativa como el OMRESP evaluarán los caminos a seguir, pero se presume que el organismo regulador hará valer su resolución original, que obligaba a la prestataria a volver atrás con el aumento.

La Cooperativa, en tanto, volverá a reclamar que el OMRESP cumpla con su obligación de emitir un dictamen que de pie a la discusión en el Concejo Deliberante de una “tarifa real” que ponga fin al retraso tarifario que vienen cuestionando y ayude a equilibrar las cuentas de la entidad.

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31 AGO 2015 - 21:55

La Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó un recurso de la Cooperativa Eléctrica y Consumo de Trelew en relación a la Tarifa de Referencia que la entidad decidió aplicar el año pasado en los servicios que presta, en contra de una resolución del Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos (OMRESP) que la obligaba a pasar por el Concejo Deliberante para conseguir una ordenanza que autorizara un aumento.

El Superior, además, confirmó la Sentencia Interlocutoria N° 03/2015 de la Cámara de Apelaciones de Trelew, firmada en marzo pasado, que había significado el primer revés para la Cooperativa, que por ese motivo decidió apelar al Superior Tribunal.

La Cámara de Apelaciones de Trelew había rechazado por cuestiones formales el recurso presentado por el Consejo de Administración de la Cooperativa de Trelew para intentar mantener vigente el aumento por aplicación de la Tarifa de Referencia.

Según el OMRESP, la prestataria de servicios había pasado por alto el tratamiento que debería tenido un aumento de tarifas en el Concejo Deliberante, luego de que la Cooperativa apelara a una ley provincial para aplicar de hecho el aumento.

Intimación

Fue por eso que en enero pasado, el OMRESP intimó a la Cooperativa a retrotraer la medida y devolver a los usuarios lo que se facturó de más.

Tanto el fallo original de la Cámara de Apelaciones, como el del Superior Tribunal ahora, no se meten con la legalidad o no de la aplicación de la tarifa de referencia que hizo la Cooperativa, pero sí le dieron un fuerte respaldo jurídico a la intervención del OMRESP como organismo autónomo y con la suficiente autoridad administrativa para actuar en este caso.

Cómo puede terminar impactando en términos prácticos este fallo del Superior es, por ahora, una incógnita. Una vez notificados, tanto la Cooperativa como el OMRESP evaluarán los caminos a seguir, pero se presume que el organismo regulador hará valer su resolución original, que obligaba a la prestataria a volver atrás con el aumento.

La Cooperativa, en tanto, volverá a reclamar que el OMRESP cumpla con su obligación de emitir un dictamen que de pie a la discusión en el Concejo Deliberante de una “tarifa real” que ponga fin al retraso tarifario que vienen cuestionando y ayude a equilibrar las cuentas de la entidad.


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