La Corte ratificó condena a María Julia Alsogaray

La Corte Suprema de Justicia declaró "inadmisible" un recurso presentado por la ex polifuncionaria menemista María Julia Alsogaray contra la sentencia que la condenó a cuatro años de prisión por el delito de "peculado".

17 SEP 2015 - 13:36 | Actualizado

Fuentes judiciales indicaron que los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, rehusaron el tratamiento del último recurso presentado por la defensora oficial Pamela Bisserier, quien ejerce la asistencia de Alsogaray en la mayoría de los procesos en los que está imputada por hechos de corrupción.

Con el rechazo, quedó firme la condena impuesta el 18 de junio de 2013 por el Tribunal Oral en lo Federal 6 que le achacó la figura del peculado prevista en el artículo 261 del Código Penal que castiga al "funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo".

Los jueces José Martínez Sobrino, María del Carmen Roqueta y Julio Panello analizaron en aquel debate los hechos cometidos mediante la contratación de “pasantes” de la Universidad de Lomas de Zamora para la Secretaría de Medio Ambiente en los años 90' y dictaron la condena luego confirmada por la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal.

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17 SEP 2015 - 13:36

Fuentes judiciales indicaron que los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, rehusaron el tratamiento del último recurso presentado por la defensora oficial Pamela Bisserier, quien ejerce la asistencia de Alsogaray en la mayoría de los procesos en los que está imputada por hechos de corrupción.

Con el rechazo, quedó firme la condena impuesta el 18 de junio de 2013 por el Tribunal Oral en lo Federal 6 que le achacó la figura del peculado prevista en el artículo 261 del Código Penal que castiga al "funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo".

Los jueces José Martínez Sobrino, María del Carmen Roqueta y Julio Panello analizaron en aquel debate los hechos cometidos mediante la contratación de “pasantes” de la Universidad de Lomas de Zamora para la Secretaría de Medio Ambiente en los años 90' y dictaron la condena luego confirmada por la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal.


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