La Corte Suprema benefició con prisión domiciliaria a un represor condenado

Revocó un fallo que había dejado sin efecto ese beneficio a Felipe Jorge Alespeiti, condenado por crímenes de lesa humanidad,

Rosatti (izq), Elena Highton de Nolasco y Rosenkranz (a la extrema derecha) siguen recibiendo críticas y cuestionamientos desde todos los sectores.
18 ABR 2017 - 20:26 | Actualizado

La Corte Suprema de Justicia revocó este martes la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que había dejado sin efecto el arresto domiciliario del exjefe de la subzona II durante la dictadura militar Felipe Jorge Alespeiti, condenado por crímenes de lesa humanidad sin sentencia firme, por considerar que carecía de fundamentación, disponiendo el dictado de un nuevo pronunciamiento.


El fallo tuvo las firmas de firmas de los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, en tanto que los ministros Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco entendieron que correspondía no tratar el recurso, conforme a lo dispuesto por el artículo 280 del Código Procesal, con lo cual se mantendría el arresto en el establecimiento carcelario donde se hallaba alojado.

En el caso, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había revocado el arresto domiciliario de Alespeiti sobre la base de considerar el riesgo de fuga y el compromiso de la responsabilidad internacional del Estado argentino de garantizar efectivamente el cumplimiento de la pena.

Además tuvo en cuenta que en este tipo de causas no debía estarse a la edad o aptitud de salud del imputado, sino también considerarse la capacidad de la persona e influir en las estructuras de poder del que formó parte y con el que conformó una red continental de represión.

Contra esa decisión, la defensa dedujo un recurso extraordinario que fue concedido y que fue resuelto este martes por el máximo tribunal.

El juez Maqueda en su voto concurrente remarcó que la decisión de la Cámara de Casación no había ponderado si, sobre la base de las circunstancias del estado de salud de Alespeiti reseñadas por los profesionales médicos, la detención en un establecimiento carcelario podía agravar su estado y si éste resultaba efectivamente apto para resguardarlo.

Se trata de un hombre de 85 años, "con diversas patologías cardíacas, evolutivas, crónicas, irreversibles y susceptibles de complicación, que presenta trastorno senil con deterioro funcional, tiene pérdida del setenta por ciento de la visión en uno de sus ojos, sufre de hipoacusia con compromiso en su desempeño social auditivo y posee limitada capacidad de locomoción", se indicó.

Alespeiti que revestía durante la dictadura el grado de teniente coronel fue jefe del Regimiento de Infantería I Patricios , y como tal, jefe del Area II de la subzona Capital Federal entre el 16 de octubre de 1975 y el 22 de septiembre de 1976.

Por los crímenes cometidos en esa jurisdicción el represor fue juzgado en el 2009 por 107 secuestros y desapariciones, entre los que se cuentan las del escritor Haroldo Conti y Marcelo Gelman, hijo del poeta hijo del poeta Juan Gelman.

También por los asesinatos de los parlamentarios uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz -quienes se habían refugiado en la Argentina- y de sus compatriotas Rosario Barredo y William Whitelaw. Asimismo, fue imputado por las desapariciones de Carmen Lapacó, Alejandro Aguiar, Esteban Ojea Quintana, Jorge Casariego, Noemí Macedo, Osvaldo Ostuni, Leonor Marx Pinkus, Juan Carlos Higa, Leonor Landaburu y Gustavo Fraire, entre otras víctimas en el marco del denominado Plan Cóndor.

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18 ABR 2017 - 20:26

La Corte Suprema de Justicia revocó este martes la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal que había dejado sin efecto el arresto domiciliario del exjefe de la subzona II durante la dictadura militar Felipe Jorge Alespeiti, condenado por crímenes de lesa humanidad sin sentencia firme, por considerar que carecía de fundamentación, disponiendo el dictado de un nuevo pronunciamiento.


El fallo tuvo las firmas de firmas de los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, en tanto que los ministros Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco entendieron que correspondía no tratar el recurso, conforme a lo dispuesto por el artículo 280 del Código Procesal, con lo cual se mantendría el arresto en el establecimiento carcelario donde se hallaba alojado.

En el caso, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había revocado el arresto domiciliario de Alespeiti sobre la base de considerar el riesgo de fuga y el compromiso de la responsabilidad internacional del Estado argentino de garantizar efectivamente el cumplimiento de la pena.

Además tuvo en cuenta que en este tipo de causas no debía estarse a la edad o aptitud de salud del imputado, sino también considerarse la capacidad de la persona e influir en las estructuras de poder del que formó parte y con el que conformó una red continental de represión.

Contra esa decisión, la defensa dedujo un recurso extraordinario que fue concedido y que fue resuelto este martes por el máximo tribunal.

El juez Maqueda en su voto concurrente remarcó que la decisión de la Cámara de Casación no había ponderado si, sobre la base de las circunstancias del estado de salud de Alespeiti reseñadas por los profesionales médicos, la detención en un establecimiento carcelario podía agravar su estado y si éste resultaba efectivamente apto para resguardarlo.

Se trata de un hombre de 85 años, "con diversas patologías cardíacas, evolutivas, crónicas, irreversibles y susceptibles de complicación, que presenta trastorno senil con deterioro funcional, tiene pérdida del setenta por ciento de la visión en uno de sus ojos, sufre de hipoacusia con compromiso en su desempeño social auditivo y posee limitada capacidad de locomoción", se indicó.

Alespeiti que revestía durante la dictadura el grado de teniente coronel fue jefe del Regimiento de Infantería I Patricios , y como tal, jefe del Area II de la subzona Capital Federal entre el 16 de octubre de 1975 y el 22 de septiembre de 1976.

Por los crímenes cometidos en esa jurisdicción el represor fue juzgado en el 2009 por 107 secuestros y desapariciones, entre los que se cuentan las del escritor Haroldo Conti y Marcelo Gelman, hijo del poeta hijo del poeta Juan Gelman.

También por los asesinatos de los parlamentarios uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz -quienes se habían refugiado en la Argentina- y de sus compatriotas Rosario Barredo y William Whitelaw. Asimismo, fue imputado por las desapariciones de Carmen Lapacó, Alejandro Aguiar, Esteban Ojea Quintana, Jorge Casariego, Noemí Macedo, Osvaldo Ostuni, Leonor Marx Pinkus, Juan Carlos Higa, Leonor Landaburu y Gustavo Fraire, entre otras víctimas en el marco del denominado Plan Cóndor.


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