Suspenden aumento: Cooperativa Eléctrica de Rawson

El juez Carlos Tesi hizo lugar al reclamo del municipio capitalino y la empresa deberá refacturar con los valores de marzo. Los pagos ya hechos se considerarán a cuenta.

25 MAY 2017 - 20:45 | Actualizado

La Justicia dio lugar a la medida cautelar que había sido interpuesta por la Municipalidad de Rawson para frenar el aumento unilateral de tarifas que se había dado la Cooperativa de Servicios Públicos, confirmó el asesor legal municipal Matías Cifuentes. En la resolución, explicó Cifuentes, se suspende por 90 días el nuevo cuadro tarifario que había sido aplicado de manera ilegal.
Según un parte de prensa municipal, Cifuentes recordó que el martes, “por expresas instrucciones de la señora Intendenta, hicimos la presentación de un recurso de amparo con una medida cautelar en virtud del aumento unilateral que hizo la Cooperativa Eléctrica respecto de la tarifa de luz, agua y cloacas”.
La medida “tuvo recepción favorable por parte de la Justicia, particularmente por parte del doctor Carlos Tesi, titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería de Rawson, y se hizo lugar a la medida cautelar”, confirmó el asesor legal.
De esta manera, “se ordenó  a la Cooperativa de Servicios Públicos la inmediata suspensión por el término de 90 días de los efectos del nuevo cuadro tarifario impuesto a partir del mes de abril de 2017”.
Cifuentes calificó de “importante” a la decisión judicial “porque había sido un aumento unilateral por parte de la Cooperativa que incidía de manera negativa en el bolsillo de todos los vecinos”.
“Porque -prosiguió- como habíamos dicho, para hacer un aumento de este tipo hay mecanismos legales de los cuales no se pueden apartar ni la Cooperativa ni el municipio, por lo que estábamos reclamando el respeto de estos mecanismos para que, en todo caso, sea un aumento discutido y tenga consenso social”.
A partir de esta resolución de la Justicia, “la Cooperativa tiene que readecuarse para facturar con los valores de marzo de 2017, y hay que esperar el resultado final del recurso de amparo para lo cual se le va a correr traslado a la Cooperativa para que pueda ejercer su derecho a defensa”.
En este sentido explicó que “los pagos que fueron haciendo los vecinos se van teniendo como pagos a cuenta para futuras facturaciones, con lo que no se pierde lo pagado”.
Y, por último, acerca de la rapidez de la decisión judicial, dijo que “al ser un recurso de amparo un mecanismo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional y agregándole a esto que estamos ante un tema de Defensa al Consumidor que está contemplado en el artículo 42 de la Constitución Nacional, se decidió de manera rápida y expeditiva”.#

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25 MAY 2017 - 20:45

La Justicia dio lugar a la medida cautelar que había sido interpuesta por la Municipalidad de Rawson para frenar el aumento unilateral de tarifas que se había dado la Cooperativa de Servicios Públicos, confirmó el asesor legal municipal Matías Cifuentes. En la resolución, explicó Cifuentes, se suspende por 90 días el nuevo cuadro tarifario que había sido aplicado de manera ilegal.
Según un parte de prensa municipal, Cifuentes recordó que el martes, “por expresas instrucciones de la señora Intendenta, hicimos la presentación de un recurso de amparo con una medida cautelar en virtud del aumento unilateral que hizo la Cooperativa Eléctrica respecto de la tarifa de luz, agua y cloacas”.
La medida “tuvo recepción favorable por parte de la Justicia, particularmente por parte del doctor Carlos Tesi, titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería de Rawson, y se hizo lugar a la medida cautelar”, confirmó el asesor legal.
De esta manera, “se ordenó  a la Cooperativa de Servicios Públicos la inmediata suspensión por el término de 90 días de los efectos del nuevo cuadro tarifario impuesto a partir del mes de abril de 2017”.
Cifuentes calificó de “importante” a la decisión judicial “porque había sido un aumento unilateral por parte de la Cooperativa que incidía de manera negativa en el bolsillo de todos los vecinos”.
“Porque -prosiguió- como habíamos dicho, para hacer un aumento de este tipo hay mecanismos legales de los cuales no se pueden apartar ni la Cooperativa ni el municipio, por lo que estábamos reclamando el respeto de estos mecanismos para que, en todo caso, sea un aumento discutido y tenga consenso social”.
A partir de esta resolución de la Justicia, “la Cooperativa tiene que readecuarse para facturar con los valores de marzo de 2017, y hay que esperar el resultado final del recurso de amparo para lo cual se le va a correr traslado a la Cooperativa para que pueda ejercer su derecho a defensa”.
En este sentido explicó que “los pagos que fueron haciendo los vecinos se van teniendo como pagos a cuenta para futuras facturaciones, con lo que no se pierde lo pagado”.
Y, por último, acerca de la rapidez de la decisión judicial, dijo que “al ser un recurso de amparo un mecanismo previsto en el artículo 43 de la Constitución Nacional y agregándole a esto que estamos ante un tema de Defensa al Consumidor que está contemplado en el artículo 42 de la Constitución Nacional, se decidió de manera rápida y expeditiva”.#


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