En el marco de una audiencia de revisión de las medias coercitivas, aplicadas contra Miriam Marcela Sahiueque (37) y su hija de 17 años, imputadas como presuntas coautoras del delito de homicidio agravado por el vínculo, los jueces de Esquel, Martín Zacchino y Hernán Dal Verme, resolvieron revocar la resolución dispuesta por el juez Roberto Casal, durante la audiencia de apertura de la investigación preparatoria de juicio, indicó un parte de prensa de la Fiscalía.
Las dos mujeres están sospechadas de haber colocado un bollo de papel en la boca de un bebé recién nacido -hijo de la adolescente- y causarle la muerte, como consecuencia de una obstrucción de las vías respiratorias.
El tribunal revisor consideró que el indicio de presencia y oportunidad, invocado por el Ministerio Público Fiscal, no era suficiente para fundamentar el dictado de la medida de prisión preventiva, respecto de la madre de la adolescente.
Tampoco la explicación sobre el peligro de fuga por la pena en expectativa, en función de que la parte acusadora no mencionó cuestiones vinculadas a la falta de arraigo o actitud de entorpecimiento en la investigación.
Reglas
Así las cosas, decidieron cautelar el proceso mediante la fijación de las siguientes reglas: durante 6 meses, las imputadas deben fijar domicilio, tienen prohibido salir de la provincia de Chubut sin autorización judicial y la obligación de presentarse semanalmente en la Oficina Judicial.
Asimismo, resolvieron remitir los antecedentes del caso al juez de Familia de Sarmiento, a los fines de que adopte las medidas de protección que considere necesarias, en resguardo de los derechos de la menor imputada.
Respecto de la adolescente, coincidieron con el asesor de Menores que sería un contrasentido aplicar medidas de tratamiento, internación o prisión domiciliaria a la menor de edad, en función de que aún no se puede determinar cuál será el resultado final del proceso.
Libertad
El defensor Gustavo Oyarzún, requirió al tribunal que otorgue la libertad de las imputadas, en función de no observar elementos objetivos de su participación en el hecho y por no configurarse el peligro de fuga.
En ese sentido, consideró que la decisión del juez Casal, se basó en la elaboración de subjetividades, que no tiene apoyatura en evidencia científica. Asimismo calificó de arbitraria la decisión del magistrado de Sarmiento.
En tanto, el defensor de Familia, Menores e Incapaces, Tomás Malerba, adhirió a lo expresado por el representante del Ministerio de la Defensa Pública e hizo reserva del caso federal, por considerar irrazonable la detención de la joven de 17 años.
Por su parte, el fiscal Herminio Gonzáles Meneses pidió al tribunal que rechace los planteos del abogado defensor y la Asesoría de Menores. También indicó que la pieza de pedido de apertura y formalización de la investigación se presentó el 2 de junio.
Allí se supo que la calificación legal escogida era la de homicidio agravado por el vínculo, que prevé la mayor pena del catálogo represivo. Antes, la causa estaba basada en la investigación de un presunto aborto. Así las cosas, solicitó que se mantenga vigente la resolución del juez Roberto Casal.
Tanto Zacchino como Dal Verme señalaron que no advierten la configuración de los riesgos procesales que permiten la aplicación de la medida de prisión preventiva para Marcela Sahiueque. Consideraron que el indicio de presencia y oportunidad, invocado por la Fiscalía, es débil en función de que la imputada reside en el lugar de los hechos.
En esa misma línea argumentativa, agregaron que en esa casa, también conviven el padre la joven procesada, y su hermana de 15 años.
En el marco de una audiencia de revisión de las medias coercitivas, aplicadas contra Miriam Marcela Sahiueque (37) y su hija de 17 años, imputadas como presuntas coautoras del delito de homicidio agravado por el vínculo, los jueces de Esquel, Martín Zacchino y Hernán Dal Verme, resolvieron revocar la resolución dispuesta por el juez Roberto Casal, durante la audiencia de apertura de la investigación preparatoria de juicio, indicó un parte de prensa de la Fiscalía.
Las dos mujeres están sospechadas de haber colocado un bollo de papel en la boca de un bebé recién nacido -hijo de la adolescente- y causarle la muerte, como consecuencia de una obstrucción de las vías respiratorias.
El tribunal revisor consideró que el indicio de presencia y oportunidad, invocado por el Ministerio Público Fiscal, no era suficiente para fundamentar el dictado de la medida de prisión preventiva, respecto de la madre de la adolescente.
Tampoco la explicación sobre el peligro de fuga por la pena en expectativa, en función de que la parte acusadora no mencionó cuestiones vinculadas a la falta de arraigo o actitud de entorpecimiento en la investigación.
Reglas
Así las cosas, decidieron cautelar el proceso mediante la fijación de las siguientes reglas: durante 6 meses, las imputadas deben fijar domicilio, tienen prohibido salir de la provincia de Chubut sin autorización judicial y la obligación de presentarse semanalmente en la Oficina Judicial.
Asimismo, resolvieron remitir los antecedentes del caso al juez de Familia de Sarmiento, a los fines de que adopte las medidas de protección que considere necesarias, en resguardo de los derechos de la menor imputada.
Respecto de la adolescente, coincidieron con el asesor de Menores que sería un contrasentido aplicar medidas de tratamiento, internación o prisión domiciliaria a la menor de edad, en función de que aún no se puede determinar cuál será el resultado final del proceso.
Libertad
El defensor Gustavo Oyarzún, requirió al tribunal que otorgue la libertad de las imputadas, en función de no observar elementos objetivos de su participación en el hecho y por no configurarse el peligro de fuga.
En ese sentido, consideró que la decisión del juez Casal, se basó en la elaboración de subjetividades, que no tiene apoyatura en evidencia científica. Asimismo calificó de arbitraria la decisión del magistrado de Sarmiento.
En tanto, el defensor de Familia, Menores e Incapaces, Tomás Malerba, adhirió a lo expresado por el representante del Ministerio de la Defensa Pública e hizo reserva del caso federal, por considerar irrazonable la detención de la joven de 17 años.
Por su parte, el fiscal Herminio Gonzáles Meneses pidió al tribunal que rechace los planteos del abogado defensor y la Asesoría de Menores. También indicó que la pieza de pedido de apertura y formalización de la investigación se presentó el 2 de junio.
Allí se supo que la calificación legal escogida era la de homicidio agravado por el vínculo, que prevé la mayor pena del catálogo represivo. Antes, la causa estaba basada en la investigación de un presunto aborto. Así las cosas, solicitó que se mantenga vigente la resolución del juez Roberto Casal.
Tanto Zacchino como Dal Verme señalaron que no advierten la configuración de los riesgos procesales que permiten la aplicación de la medida de prisión preventiva para Marcela Sahiueque. Consideraron que el indicio de presencia y oportunidad, invocado por la Fiscalía, es débil en función de que la imputada reside en el lugar de los hechos.
En esa misma línea argumentativa, agregaron que en esa casa, también conviven el padre la joven procesada, y su hermana de 15 años.