El decreto establece, además, que el Ministerio de Energía y Minería será la autoridad de aplicación del beneficio que permite el acceso gratuito al suministro eléctrico a quienes dependen de la electricidad para vivir por razones de salud.
Por su parte, el Ministerio de Salud será el encargado de establecer las condiciones necesarias para la inscripción en el "Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud" y dictará las normas aclaratorias y complementarias para su aplicación.
La norma dispone además que será responsabilidad de ambas carteras el desarrollo de campañas de difusión, educación y concientización sobre los derechos de los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud y de los principios comprendidos en la ley.
El decreto establece, además, que el Ministerio de Energía y Minería será la autoridad de aplicación del beneficio que permite el acceso gratuito al suministro eléctrico a quienes dependen de la electricidad para vivir por razones de salud.
Por su parte, el Ministerio de Salud será el encargado de establecer las condiciones necesarias para la inscripción en el "Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud" y dictará las normas aclaratorias y complementarias para su aplicación.
La norma dispone además que será responsabilidad de ambas carteras el desarrollo de campañas de difusión, educación y concientización sobre los derechos de los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud y de los principios comprendidos en la ley.