Culpables: robaron en una tienda y fusilaron al hijo del dueño

A su padre lo balearon en un glúteo y a él lo fusilaron de un balazo en el pecho con un calibre revólver 38. Había obtenido este año el título de Ingeniero en Petróleo.

El próimo lunes, el tribunal leerá el monto en años que ambos criminales deberán cumplir por el hecho.
06 OCT 2017 - 22:23 | Actualizado

Un tribunal dictó condena a dos sujetos que mientras procuraban robar en una tienda, asesinaron al hijo del propietario. Los jueces de Comodoro Rivadavia Mariano Nicosia, Martín Cosmaro y Mariel Suárez declararon culpables a Enzo Uranga y Lautaro Hernández, por homicidio en ocasión de robo.
La fiscal Camila Banfi, había imputado el hecho ocurrido el pasado 20 de enero. Según la acusación los dos ingresaron a la tienda “Rodrigo” de Comodoro Rivadavia. Allí se probaron varias prendas y calzado. Mientras elegían la ropa que luego robarían, pasó por la vereda John Blas Gutiérrez hijo de los dueños de la tienda, e ingresó al comercio.
Fusilamiento

Al verlo, Uranga extrajo un arma de fuego y dijo: “Esto es un asalto”, al tiempo que exigió la entrega de “toda la plata”. La mujer le dijo que no tenían plata. Ante la respuesta, el imputado disparó al dueño del local y lo hirió en el muslo izquierdo y a John Blas Gutiérrez en el pecho. Inmediatamente Uranga y Hernández se dieron a la fuga con las prendas robadas. Varios testigos reconocieron en el juicio a ambos sujetos como los que habían ingresado al local comercial.
La víctima fue trasladada hasta el Hospital Regional y falleció. La autopsia estableció como causa de muerte “shock hipovolémico causado por herida de arma de fuego”. El proyectil que se le extrajo a la víctima fue disparado por un pistolón calibre 32 largo, tipo revólver, según el parte de prensa de Fiscalía.
Los jueces concluyeron que la materialidad del hecho  fue presentado por el Ministerio Público Fiscal ha sido acreditada. Respecto de la autoría, ambos sujetos se dividieron las tareas y ambos tomaron como propio el hecho del robo y el empleo del arma de fuego por parte de Uranga. Por lo cual la fiscal entendió que conjuntamente con Hernández, son coautores del hecho y que la coautoría resultaría ser de tipo funcional.
Defensa

La defensa de Uranga sostuvo que la prueba era insuficiente para acreditar la autoría de su asistido y que la misma no era unívoca. Circunstancias que sembraron la duda proponiendo su absolución por el beneficio de la duda.
La defensa de Hernández no desconoció que él estuviera en el lugar del hecho, sino que se concentró en cuestionar el accionar que le atribuyera la parte acusadora. Sugirió que su defendido se encontraba dentro del negocio al momento del hecho.
En cuanto a la calificación legal el tribunal entendió que encuadra en “homicidio en ocasión de robo, en calidad de coautores” para Uranga y Hernández.
En razón de la valoración de tales circunstancias el tribunal por unanimidad resolvió absolver a Uranga y Hernández del delito de robo simple en calidad de coautores del primer hecho. Asimismo declararon coautores, penalmente responsables a Uranga y Hernández en relación al delito de “homicidio en ocasión de robo”.
La defensa de Uranga fue ejercida por Lucía Pettinari y María de los Ángeles Garro, defensoras públicas; en tanto que la de Hernández la ejecutaron Mauro Fonteñez y Franco Mellado, abogados privados. #

 

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El próimo lunes, el tribunal leerá el monto en años que ambos criminales deberán cumplir por el hecho.
06 OCT 2017 - 22:23

Un tribunal dictó condena a dos sujetos que mientras procuraban robar en una tienda, asesinaron al hijo del propietario. Los jueces de Comodoro Rivadavia Mariano Nicosia, Martín Cosmaro y Mariel Suárez declararon culpables a Enzo Uranga y Lautaro Hernández, por homicidio en ocasión de robo.
La fiscal Camila Banfi, había imputado el hecho ocurrido el pasado 20 de enero. Según la acusación los dos ingresaron a la tienda “Rodrigo” de Comodoro Rivadavia. Allí se probaron varias prendas y calzado. Mientras elegían la ropa que luego robarían, pasó por la vereda John Blas Gutiérrez hijo de los dueños de la tienda, e ingresó al comercio.
Fusilamiento

Al verlo, Uranga extrajo un arma de fuego y dijo: “Esto es un asalto”, al tiempo que exigió la entrega de “toda la plata”. La mujer le dijo que no tenían plata. Ante la respuesta, el imputado disparó al dueño del local y lo hirió en el muslo izquierdo y a John Blas Gutiérrez en el pecho. Inmediatamente Uranga y Hernández se dieron a la fuga con las prendas robadas. Varios testigos reconocieron en el juicio a ambos sujetos como los que habían ingresado al local comercial.
La víctima fue trasladada hasta el Hospital Regional y falleció. La autopsia estableció como causa de muerte “shock hipovolémico causado por herida de arma de fuego”. El proyectil que se le extrajo a la víctima fue disparado por un pistolón calibre 32 largo, tipo revólver, según el parte de prensa de Fiscalía.
Los jueces concluyeron que la materialidad del hecho  fue presentado por el Ministerio Público Fiscal ha sido acreditada. Respecto de la autoría, ambos sujetos se dividieron las tareas y ambos tomaron como propio el hecho del robo y el empleo del arma de fuego por parte de Uranga. Por lo cual la fiscal entendió que conjuntamente con Hernández, son coautores del hecho y que la coautoría resultaría ser de tipo funcional.
Defensa

La defensa de Uranga sostuvo que la prueba era insuficiente para acreditar la autoría de su asistido y que la misma no era unívoca. Circunstancias que sembraron la duda proponiendo su absolución por el beneficio de la duda.
La defensa de Hernández no desconoció que él estuviera en el lugar del hecho, sino que se concentró en cuestionar el accionar que le atribuyera la parte acusadora. Sugirió que su defendido se encontraba dentro del negocio al momento del hecho.
En cuanto a la calificación legal el tribunal entendió que encuadra en “homicidio en ocasión de robo, en calidad de coautores” para Uranga y Hernández.
En razón de la valoración de tales circunstancias el tribunal por unanimidad resolvió absolver a Uranga y Hernández del delito de robo simple en calidad de coautores del primer hecho. Asimismo declararon coautores, penalmente responsables a Uranga y Hernández en relación al delito de “homicidio en ocasión de robo”.
La defensa de Uranga fue ejercida por Lucía Pettinari y María de los Ángeles Garro, defensoras públicas; en tanto que la de Hernández la ejecutaron Mauro Fonteñez y Franco Mellado, abogados privados. #

 


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