La decisión de los camaristas se produjo en el marco de una audiencia de impugnación, donde el defensor Esteban Mantecón solicitó se readecue la pena de 17 a 8 años de prisión por falta de fundamentación del tribunal de juicio. En contraposición, el fiscal Adrián Cabral requirió se rechace la impugnación de la defensa y se confirme en todas sus partes el fallo condenatorio a 17 años de prisión.
Los jueces de Cámara consideraron como fundamento de su decisión las características del injusto, el medio empleado para concretarlo y la modalidad del hecho a traición, sin posibilidad de que el trabajador del volante se defienda. También se refirieron a la extensión del daño causado, el lugar de comisión, en la vía pública, la nocturnidad y la desventaja de la víctima respecto del autor. Teniendo en cuenta todo esto “no se observa violación al principio de proporcionalidad”, aseguraron.
Respecto de lo alegado por la defensa del alto monto de la pena, en comparación con otros casos en los que se impuso una pena menor, “existen diferencias en cada caso en particular y también existen otros precedentes jurídicos que convalidaron sentencias de ese mismo monto”. En cuanto a la prueba expuesta en la etapa de cesura, el tribunal consideró las circunstancias que surgen del informe social, pero no como una circunstancia atenuante que impacte en el monto de la pena, detalló un parte de prensa oficial de la Fiscalía.
Fernando Schmidt fue asesinado por Miguel Sotelo el 29 de enero de 2017, cuando éste le aplicó 20 puñaladas en su cuerpo.
La decisión de los camaristas se produjo en el marco de una audiencia de impugnación, donde el defensor Esteban Mantecón solicitó se readecue la pena de 17 a 8 años de prisión por falta de fundamentación del tribunal de juicio. En contraposición, el fiscal Adrián Cabral requirió se rechace la impugnación de la defensa y se confirme en todas sus partes el fallo condenatorio a 17 años de prisión.
Los jueces de Cámara consideraron como fundamento de su decisión las características del injusto, el medio empleado para concretarlo y la modalidad del hecho a traición, sin posibilidad de que el trabajador del volante se defienda. También se refirieron a la extensión del daño causado, el lugar de comisión, en la vía pública, la nocturnidad y la desventaja de la víctima respecto del autor. Teniendo en cuenta todo esto “no se observa violación al principio de proporcionalidad”, aseguraron.
Respecto de lo alegado por la defensa del alto monto de la pena, en comparación con otros casos en los que se impuso una pena menor, “existen diferencias en cada caso en particular y también existen otros precedentes jurídicos que convalidaron sentencias de ese mismo monto”. En cuanto a la prueba expuesta en la etapa de cesura, el tribunal consideró las circunstancias que surgen del informe social, pero no como una circunstancia atenuante que impacte en el monto de la pena, detalló un parte de prensa oficial de la Fiscalía.
Fernando Schmidt fue asesinado por Miguel Sotelo el 29 de enero de 2017, cuando éste le aplicó 20 puñaladas en su cuerpo.