Doble crimen: Del Mármol advirtió que “lo único que se hizo fue aplicar la ley”

08 ABR 2022 - 20:57 | Actualizado

El abogado Carlos Del Mármol analizó la resolución del juez Daniel Yangüela que excarceló a los seis detenidos por los crímenes de Pablo López y Federico Lomeña, sucedidos en diciembre del 2018.

El letrado, que representa a imputados en la causa, explicó que el juez “resolvió la libertad de todos los imputados mayores y del menor” recalcando que “todos siguen involucrados en la presente causa”.

Puntualizó que “pasaron los tres años que establece nuestro Código Procesal Penal para las personas privadas de su libertad que no pueden estar más de ese tiempo”.

Sigue la causa

Del Mármol explicó que “la causa continúa, pero el Código establece que a los 3 años, sí o sí, la persona no puede continuar con prisión preventiva” precisando que en este caso “el proceso no se sustanció en Puerto Madryn sino por vía federal. Esto estaba en Comodoro Rivadavia y la Corte Suprema de Justicia resolvió en diciembre que tenía que ser en Madryn, mes donde ya habían culminado los tres años. A la fecha se hicieron las presentaciones de las excarcelaciones a las que se hizo lugar por una cuestión técnica. Esto no cambia en nada lo que es la causa”.

Dentro de las medidas dispuestas en su excarcelación está la concurrencia diaria a la comisaría para firmar el acta que ratifica su presencia en la ciudad del Golfo, además de la prohibición de acercamiento con testigos para no entorpecer la causa.

Con agrado

“La resolución la tomaron con agrado porque lo único que se hizo fue aplicar la ley” sostuvo tajantemente el abogado defensor de algunos imputados en el doble crimen.

Los tiempos para la realización del juicio estarán sujetos al cronograma que establezca la Oficina Judicial de la ciudad del Golfo, aunque desde la justicia Federal se instó a que la misma se realice con prontitud.

“La causa acá (justicia ordinaria) estuvo tres meses nomás porque los otros dos años y nueve meses estuvo en el Tribunal Oral Federal. Ese plazo y con la gente en libertad no creo que sea próximo, máxime teniendo en cuenta la agenda apretada que tiene la Oficina Judicial en Puerto Madryn y sumado a que se van a necesitar tres jueces” dijo el abogado defensor.

Este último punto tendrá un valor especial porque varios de los magistrados de la circunscripción ya intervinieron en el expediente, más aún Stella Eizmendi fue recusada por el propio Carlos Del Mármol.

Desde la defensa se descarta la posibilidad de conceder un plazo extra para la realización dela investigación sino que la causa debe ser llevada a juicio dado que “a la fecha sólo queda el juicio” sostuvo el defensor.

Asimismo, remarcó que no existe vinculación al narcotráfico, un tema que abordó la justicia federal y que ya resolvió quedando circunscripto a dos homicidios de la justicia ordinaria. Desde allí que el abogado plantea como móvil de los crímenes diferencias “entre una persona y las dos fallecidas. Tampoco es interesante el móvil para saber por qué se cometió el delito. Las defensas sostenemos y así está probado en la causa que la persona que fue es aquella que falleció. No hay ningún móvil espurio porque no había gente dedicada ni a la venta de estupefacientes ni ninguna cuestión”.

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08 ABR 2022 - 20:57

El abogado Carlos Del Mármol analizó la resolución del juez Daniel Yangüela que excarceló a los seis detenidos por los crímenes de Pablo López y Federico Lomeña, sucedidos en diciembre del 2018.

El letrado, que representa a imputados en la causa, explicó que el juez “resolvió la libertad de todos los imputados mayores y del menor” recalcando que “todos siguen involucrados en la presente causa”.

Puntualizó que “pasaron los tres años que establece nuestro Código Procesal Penal para las personas privadas de su libertad que no pueden estar más de ese tiempo”.

Sigue la causa

Del Mármol explicó que “la causa continúa, pero el Código establece que a los 3 años, sí o sí, la persona no puede continuar con prisión preventiva” precisando que en este caso “el proceso no se sustanció en Puerto Madryn sino por vía federal. Esto estaba en Comodoro Rivadavia y la Corte Suprema de Justicia resolvió en diciembre que tenía que ser en Madryn, mes donde ya habían culminado los tres años. A la fecha se hicieron las presentaciones de las excarcelaciones a las que se hizo lugar por una cuestión técnica. Esto no cambia en nada lo que es la causa”.

Dentro de las medidas dispuestas en su excarcelación está la concurrencia diaria a la comisaría para firmar el acta que ratifica su presencia en la ciudad del Golfo, además de la prohibición de acercamiento con testigos para no entorpecer la causa.

Con agrado

“La resolución la tomaron con agrado porque lo único que se hizo fue aplicar la ley” sostuvo tajantemente el abogado defensor de algunos imputados en el doble crimen.

Los tiempos para la realización del juicio estarán sujetos al cronograma que establezca la Oficina Judicial de la ciudad del Golfo, aunque desde la justicia Federal se instó a que la misma se realice con prontitud.

“La causa acá (justicia ordinaria) estuvo tres meses nomás porque los otros dos años y nueve meses estuvo en el Tribunal Oral Federal. Ese plazo y con la gente en libertad no creo que sea próximo, máxime teniendo en cuenta la agenda apretada que tiene la Oficina Judicial en Puerto Madryn y sumado a que se van a necesitar tres jueces” dijo el abogado defensor.

Este último punto tendrá un valor especial porque varios de los magistrados de la circunscripción ya intervinieron en el expediente, más aún Stella Eizmendi fue recusada por el propio Carlos Del Mármol.

Desde la defensa se descarta la posibilidad de conceder un plazo extra para la realización dela investigación sino que la causa debe ser llevada a juicio dado que “a la fecha sólo queda el juicio” sostuvo el defensor.

Asimismo, remarcó que no existe vinculación al narcotráfico, un tema que abordó la justicia federal y que ya resolvió quedando circunscripto a dos homicidios de la justicia ordinaria. Desde allí que el abogado plantea como móvil de los crímenes diferencias “entre una persona y las dos fallecidas. Tampoco es interesante el móvil para saber por qué se cometió el delito. Las defensas sostenemos y así está probado en la causa que la persona que fue es aquella que falleció. No hay ningún móvil espurio porque no había gente dedicada ni a la venta de estupefacientes ni ninguna cuestión”.


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