Vence hoy el plazo para recategorizarse en el monotributo

Los contribuyentes inscriptos en el monotributo y cuya facturación anual haya superado el límite en el que están encuadrados tienen plazo hasta para realizar el trámite de recategorización.

21 ENE 2013 - 11:52 | Actualizado

Están obligados a realizar el trámite aquellos que hayan modificado sus ingresos u otros parámetros que se toman en cuenta para el encuadre, como son ingresos brutos, consumo eléctrico en los doce meses inmediatos anteriores, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre.

La operación de recategorización se puede realizar a través de la página web de la AFIP (afip.gov.ar) y el importe de la nueva categoría pasará a ser abonado a partir desde febrero.

De acuerdo con la reglamentación vigente, si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir con la recategorización.

Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende existen tres en el año, y se efectúan el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses.

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21 ENE 2013 - 11:52

Están obligados a realizar el trámite aquellos que hayan modificado sus ingresos u otros parámetros que se toman en cuenta para el encuadre, como son ingresos brutos, consumo eléctrico en los doce meses inmediatos anteriores, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre.

La operación de recategorización se puede realizar a través de la página web de la AFIP (afip.gov.ar) y el importe de la nueva categoría pasará a ser abonado a partir desde febrero.

De acuerdo con la reglamentación vigente, si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir con la recategorización.

Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende existen tres en el año, y se efectúan el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses.


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