Ya está disponible la línea de créditos de Procrear para inundados

La línea de crédito del Programa Crédito Argentina destinada a la refacción de viviendas, especialmente lanzada para los damnificados por las inundaciones en la ciudad de Buenos Aires y en la localidad bonaerense de La Plata, se encuentra disponible, informó el Banco Hipotecario.

11 ABR 2013 - 11:07 | Actualizado

El financiamiento está destinado exclusivamente para la refacción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente de las personas afectadas por la catástrofe climática, cuya situación haya sido verificada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Contempla sólo "las obras y trabajos que se realizan en una vivienda habitable, que requieren de un proyecto destinado a mejorar deficiencias parciales o mantener el grado de conservación de la misma, procurando optimizar su estado y valor".

También incluye "la reposición del mobiliario y equipamiento afectado por la inundación".

El programa beneficia a aquellas "personas físicas que perciban ingresos de tipo habitual y permanente producto de su trabajo personal, lo cual incluye empleados en relación de dependencia fijos y contratados, independientes, jubilados, pensionados y becarios".

El financiamiento alcanza al "100 por ciento de la refacción", y "el monto total a desembolsar se otorgará 40 por ciento al momento de la aprobación; y el resto en dos cuotas de 30 por ciento del valor solicitado cada una".

El plazo máximo de su devolución será de "48 meses, contados a partir del otorgamiento del anticipo".

El período de reembolso se iniciará "a los 60 días desde el anticipo".

La primera cuota vence "a los 90 días de entregado el anticipo", y todos los desembolsos "se efectivizarán en la caja de ahorro de Banco Hipotecario del titular del préstamo".

La edad para acceder al préstamo es entre 18 y 74 años, la máxima al cancelarlo no puede superar los 75, y la antigüedad laboral mínima deberá ser de 6 meses para los trabajadores en relación de dependencia, y de 1 año para los independientes.

Quien solicite el préstamo "podrá sumar ingresos netos con su cónyuge o pareja conviviente".

La relación entre la cuota que se paga y el ingreso salarial del grupo beneficiado, no puede superar el 40 por ciento.

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11 ABR 2013 - 11:07

El financiamiento está destinado exclusivamente para la refacción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente de las personas afectadas por la catástrofe climática, cuya situación haya sido verificada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Contempla sólo "las obras y trabajos que se realizan en una vivienda habitable, que requieren de un proyecto destinado a mejorar deficiencias parciales o mantener el grado de conservación de la misma, procurando optimizar su estado y valor".

También incluye "la reposición del mobiliario y equipamiento afectado por la inundación".

El programa beneficia a aquellas "personas físicas que perciban ingresos de tipo habitual y permanente producto de su trabajo personal, lo cual incluye empleados en relación de dependencia fijos y contratados, independientes, jubilados, pensionados y becarios".

El financiamiento alcanza al "100 por ciento de la refacción", y "el monto total a desembolsar se otorgará 40 por ciento al momento de la aprobación; y el resto en dos cuotas de 30 por ciento del valor solicitado cada una".

El plazo máximo de su devolución será de "48 meses, contados a partir del otorgamiento del anticipo".

El período de reembolso se iniciará "a los 60 días desde el anticipo".

La primera cuota vence "a los 90 días de entregado el anticipo", y todos los desembolsos "se efectivizarán en la caja de ahorro de Banco Hipotecario del titular del préstamo".

La edad para acceder al préstamo es entre 18 y 74 años, la máxima al cancelarlo no puede superar los 75, y la antigüedad laboral mínima deberá ser de 6 meses para los trabajadores en relación de dependencia, y de 1 año para los independientes.

Quien solicite el préstamo "podrá sumar ingresos netos con su cónyuge o pareja conviviente".

La relación entre la cuota que se paga y el ingreso salarial del grupo beneficiado, no puede superar el 40 por ciento.


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