Otro juicio político

Gustavo Carranza Latrubesse, conocido abogado de Comodoro, acusó a los 6 ministros de "mal desempeño" e "irregularidades".

21 ABR 2013 - 23:08 | Actualizado

Un abogado de Comodoro Rivadavia presentó en la Legislatura del Chubut un pedido de juicio político contra los seis integrantes del Superior Tribunal de Justicia por “mal desempeño”, “irregularidades” y “desconocimiento inexcusable del derecho”.

Se trata de Gustavo Carranza Latrubesse, que ya el año pasado había solicitado una medida similar pero sólo contra los integrantes de la Sala Civil del STJ.

Ahora, el abogado la emprendió contra Daniel Luis Caneo; Alejandro Javier Panizzi; Jorge Pfleger; José Luis Pasutti; Daniel Alejandro Rebagliati Russell y Fernando Salvador Luis Royer. El pedido de jury de Carranza Latrubesse ingresó por Mesa de Entradas de la Legislatura provincial en la misma semana que otro de características similares, aunque con otras particularidades: el acusado es Panizzi y los denunciantes, los otros cinco integrantes del Superior Tribunal.

Desdén

En su denuncia, Carranza Latrubesse cita jurisprudencia de todo tipo para argumentar su solicitud a los diputados provinciales, y en una de sus partes apela a la Constitución Provincial: “El artículo 165 establece como causales de remoción de los magistrados del Superior Tribunal el ‘mal desempeño, el desconocimiento inexcusable del derecho, la inhabilidad psíquica o física y la comisión de delitos dolosos’. Según lo que a diario trasciende de la actividad funcional del Tribunal, se daría respecto de los seis ministros del Tribunal, cuando menos, tres de los supuestos previstos”, escribió Carranza Latrubesse.

Y agrega: “Me he referido ya al desconocimiento del derecho, que no implica solamente la ‘ignorancia’ sino, en todo caso, inaplicación; es muy claro en la multitud de recursos de casación arribados a los estrados del Tribunal, con absoluto desdén por las doctrinas apuntadas y de su obligación funcional de atender al respeto de las garantías y derechos de la Constitución nacional y provincial, los rechaza en su inmensa mayoría por meros pruritos formales, lo que implica el apartamiento voluntario y consciente de la misión de hacer justicia”, sentencia el denunciante.

Carranza Latrubesse apunta decididamente a la demora en emitir fallos por parte de las dos salas del Superior Tribunal: “Ello viola también un principio axial del debido proceso que es la sujeción ‘al plazo razonable’”.

Y expresa, de manera contundente: “Es claro que la cabeza del Poder Judicial de la Provincia desconoce y, voluntaria y sistemáticamente, inaplica la doctrina que emana de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los que, según la doctrina de la Corte Federal son obligatorios para todos los órganos del Estado, en especial para los jueces.”

“Escasa seriedad”

Más adelante en su denuncia, el abogado le imputa a los jueces de la Sala civil “la escasa seriedad que exhibe en su conducta pública”, y apelando a la estadística sobre las decisiones que emiten, los acusa de un “cercenamiento indebido a la vía recursiva extraordinaria; vía que sólo en prácticas pasadas tiene la estrictez de la técnica que desborda la verdad jurídica objetiva, pues en los tiempos en que se pergeñaron sus reglas, los derechos humanos eran incipientes murmullos en contra de los atropellos de los funcionarios.”

Carranza Latrubesse asegura que el “carácter progresivo de los derechos humanos” va contra viejas premisas “de que el hombre es eje, centro y fin del sistema normativo”, y entonces “el derecho al recurso es el ‘derecho a una decisión justa’. Los señores ministros acusados se han enquistado en su práctica retrógrada, sin advertir el cambio de los tiempos.”

Para el abogado, “el apartamiento de esta doctrina implica desconocer de modo consciente la vigencia normativa y constituye una clara violación de la supremacía jurídica normativa. Y esto –dice Carranza Latrubesse- no es una mera discrepancia doctrinaria; se trata de una directa y voluntaria violación de la Constitución y de los tratados internacionales suscritos por la República”.

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21 ABR 2013 - 23:08

Un abogado de Comodoro Rivadavia presentó en la Legislatura del Chubut un pedido de juicio político contra los seis integrantes del Superior Tribunal de Justicia por “mal desempeño”, “irregularidades” y “desconocimiento inexcusable del derecho”.

Se trata de Gustavo Carranza Latrubesse, que ya el año pasado había solicitado una medida similar pero sólo contra los integrantes de la Sala Civil del STJ.

Ahora, el abogado la emprendió contra Daniel Luis Caneo; Alejandro Javier Panizzi; Jorge Pfleger; José Luis Pasutti; Daniel Alejandro Rebagliati Russell y Fernando Salvador Luis Royer. El pedido de jury de Carranza Latrubesse ingresó por Mesa de Entradas de la Legislatura provincial en la misma semana que otro de características similares, aunque con otras particularidades: el acusado es Panizzi y los denunciantes, los otros cinco integrantes del Superior Tribunal.

Desdén

En su denuncia, Carranza Latrubesse cita jurisprudencia de todo tipo para argumentar su solicitud a los diputados provinciales, y en una de sus partes apela a la Constitución Provincial: “El artículo 165 establece como causales de remoción de los magistrados del Superior Tribunal el ‘mal desempeño, el desconocimiento inexcusable del derecho, la inhabilidad psíquica o física y la comisión de delitos dolosos’. Según lo que a diario trasciende de la actividad funcional del Tribunal, se daría respecto de los seis ministros del Tribunal, cuando menos, tres de los supuestos previstos”, escribió Carranza Latrubesse.

Y agrega: “Me he referido ya al desconocimiento del derecho, que no implica solamente la ‘ignorancia’ sino, en todo caso, inaplicación; es muy claro en la multitud de recursos de casación arribados a los estrados del Tribunal, con absoluto desdén por las doctrinas apuntadas y de su obligación funcional de atender al respeto de las garantías y derechos de la Constitución nacional y provincial, los rechaza en su inmensa mayoría por meros pruritos formales, lo que implica el apartamiento voluntario y consciente de la misión de hacer justicia”, sentencia el denunciante.

Carranza Latrubesse apunta decididamente a la demora en emitir fallos por parte de las dos salas del Superior Tribunal: “Ello viola también un principio axial del debido proceso que es la sujeción ‘al plazo razonable’”.

Y expresa, de manera contundente: “Es claro que la cabeza del Poder Judicial de la Provincia desconoce y, voluntaria y sistemáticamente, inaplica la doctrina que emana de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los que, según la doctrina de la Corte Federal son obligatorios para todos los órganos del Estado, en especial para los jueces.”

“Escasa seriedad”

Más adelante en su denuncia, el abogado le imputa a los jueces de la Sala civil “la escasa seriedad que exhibe en su conducta pública”, y apelando a la estadística sobre las decisiones que emiten, los acusa de un “cercenamiento indebido a la vía recursiva extraordinaria; vía que sólo en prácticas pasadas tiene la estrictez de la técnica que desborda la verdad jurídica objetiva, pues en los tiempos en que se pergeñaron sus reglas, los derechos humanos eran incipientes murmullos en contra de los atropellos de los funcionarios.”

Carranza Latrubesse asegura que el “carácter progresivo de los derechos humanos” va contra viejas premisas “de que el hombre es eje, centro y fin del sistema normativo”, y entonces “el derecho al recurso es el ‘derecho a una decisión justa’. Los señores ministros acusados se han enquistado en su práctica retrógrada, sin advertir el cambio de los tiempos.”

Para el abogado, “el apartamiento de esta doctrina implica desconocer de modo consciente la vigencia normativa y constituye una clara violación de la supremacía jurídica normativa. Y esto –dice Carranza Latrubesse- no es una mera discrepancia doctrinaria; se trata de una directa y voluntaria violación de la Constitución y de los tratados internacionales suscritos por la República”.


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