Neuquén: una nena irá a la escuela por más que su madre no quiera mandarla

Su mama había decidido no llevarla más al colegio porque no creía en la educación formal. El Superior Tribunal de Justicia neuquino falló a favor de la escolaridad de la menor.

08 MAR 2016 - 8:26 | Actualizado

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén falló a favor de la escolaridad de una nena de 7 años a laque su mama había decidido no mandar más al colegio porque no creía en la educación formal. La singular historia comenzó a fines de septiembre de 2014, cuando la mujer planteó los argumentos a las autoridades educativas.

Al enterarse del caso, la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente presentó un recurso de amparo en contra de la decisión de la madre, pero no tuvo éxito en primera ni en segundainstancia, aunque finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén falló a favor de la escolaridad de la menor.

Con la sentencia de los vocales Oscar Massei y Ricardo Kohon, la Sala Civil hizo lugar a la acción de amparo y remarcó que"cuando se trata de resguardar el interés superior del niño, atañea los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones".

A la vez, condenó a la madre a "garantizar el cumplimiento delderecho y obligación a la escolarización de su hija".

El fallo de la Sala Civil (mediante el voto principal de Massei y la adhesión de Kohon) consideró la necesidad de expedirse sobre el caso concreto y dar una respuesta al planteo de la Defensoría, teniendo en cuenta que lo que estaba en juego era "el interéssuperior del niño", publica hoy LM Neuquén.

Por esa razón, además de condenar a la madre, se encomendó también al Consejo Provincial de Educación a que "en el menor plazo posible adopte las medidas adecuadas para la reinserción escolar de la niña", que "la inscriba en la escuela primaria que corresponda" y que "brinde acompañamiento y seguimiento en el proceso educativo a la niña y su familia a través de un equipo interdisciplinario especializado".

En el fallo, Massei basa sus fundamentos en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 31 establece que "en todas las medidas concernientes a niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño".

En ese sentido, el magistrado sostiene que en los fallos negativos de dos cámaras al amparo no se hace mención ni consideración alguna al derecho constitucional del interés superior del niño.

También destaca que la Constitución de la Provincia de Neuquén en el artículo 111 establece "el mínimo de enseñanza que el Estado se obliga a dar y los habitantes están obligados a recibir que deberá impartirse en las escuelas oficiales, particulares y en el hogar".

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08 MAR 2016 - 8:26

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén falló a favor de la escolaridad de una nena de 7 años a laque su mama había decidido no mandar más al colegio porque no creía en la educación formal. La singular historia comenzó a fines de septiembre de 2014, cuando la mujer planteó los argumentos a las autoridades educativas.

Al enterarse del caso, la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente presentó un recurso de amparo en contra de la decisión de la madre, pero no tuvo éxito en primera ni en segundainstancia, aunque finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén falló a favor de la escolaridad de la menor.

Con la sentencia de los vocales Oscar Massei y Ricardo Kohon, la Sala Civil hizo lugar a la acción de amparo y remarcó que"cuando se trata de resguardar el interés superior del niño, atañea los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones".

A la vez, condenó a la madre a "garantizar el cumplimiento delderecho y obligación a la escolarización de su hija".

El fallo de la Sala Civil (mediante el voto principal de Massei y la adhesión de Kohon) consideró la necesidad de expedirse sobre el caso concreto y dar una respuesta al planteo de la Defensoría, teniendo en cuenta que lo que estaba en juego era "el interéssuperior del niño", publica hoy LM Neuquén.

Por esa razón, además de condenar a la madre, se encomendó también al Consejo Provincial de Educación a que "en el menor plazo posible adopte las medidas adecuadas para la reinserción escolar de la niña", que "la inscriba en la escuela primaria que corresponda" y que "brinde acompañamiento y seguimiento en el proceso educativo a la niña y su familia a través de un equipo interdisciplinario especializado".

En el fallo, Massei basa sus fundamentos en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 31 establece que "en todas las medidas concernientes a niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño".

En ese sentido, el magistrado sostiene que en los fallos negativos de dos cámaras al amparo no se hace mención ni consideración alguna al derecho constitucional del interés superior del niño.

También destaca que la Constitución de la Provincia de Neuquén en el artículo 111 establece "el mínimo de enseñanza que el Estado se obliga a dar y los habitantes están obligados a recibir que deberá impartirse en las escuelas oficiales, particulares y en el hogar".


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