Las boletas de Camuzzi en La Pampa, con 400% de aumento en dos cuotas

La empresa Gas Camuzzi comenzó con la refacturación de aquellas facturas que están impagas a la fecha, a la espera del aumento del 400 por ciento, las que tendrán dos talones para que el cliente pueda pagar ahora un 50 por ciento y con fechas de vencimiento diferidas entre sí en 30 días.

07 JUL 2016 - 13:54 | Actualizado

La empresa local informó que dio comienzo a la refacturación de todas aquellas facturas que se encontraban impagas a la fecha, y contarán con dos talones: cada uno por el 50% del monto total a pagar y fechas de vencimiento diferidas entre sí en 30 días, habiendo sido confeccionadas de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MinEM) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).

En ese marco y tal como se dispuso, la lectura del consumo seguirá siendo bimestral, pero las facturas contarán con dos talones de pago, cada uno por el 50% del monto total a pagar y fechas de vencimiento diferidas entre sí en 30 días, para permitir la cancelación mensual del período.

El usuario podrá abonar cada una de las cuotas en sus respectivas fechas de vencimientos o cancelar el total de la factura en un solo pago. Todas las facturas de servicio que comiencen a recibir los usuarios a partir de este momento corresponden a facturas nuevas, vigentes y en curso para ser abonadas.

Es importante recordar que se han establecido topes porcentuales en la facturación comprendida entre el 1º de abril y el 31 de diciembre de este año para los usuarios del servicio de distribución de gas por redes de todo el territorio nacional.

Para los usuarios residenciales, los montos sin impuestos que deberán abonar por los consumos realizados durante dicho período no podrán superar en más de un 400% al monto sin impuestos que hubiera correspondido facturar de aplicarse -para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación- los cuadros tarifarios anteriores, es decir, vigentes al 31 de marzo de 2016. Para el caso de los usuarios SGP (entre los que se encuentran comercios y pymes), el porcentaje será del 500%.

Para aquellos usuarios que abonaron oportunamente su factura, la compañía informa que ya ha efectuado los análisis pertinentes a los efectos de determinar si el monto abonado supera, o no, los límites dispuestos. En los casos en que la factura ya abonada supere estos topes, la diferencia correspondiente será tenida en cuenta en la próxima facturación, bajo la leyenda "Bonificación según Resolución MEyM Nº99/16".

Enterate de las noticias de ECONOMIA a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
07 JUL 2016 - 13:54

La empresa local informó que dio comienzo a la refacturación de todas aquellas facturas que se encontraban impagas a la fecha, y contarán con dos talones: cada uno por el 50% del monto total a pagar y fechas de vencimiento diferidas entre sí en 30 días, habiendo sido confeccionadas de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MinEM) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).

En ese marco y tal como se dispuso, la lectura del consumo seguirá siendo bimestral, pero las facturas contarán con dos talones de pago, cada uno por el 50% del monto total a pagar y fechas de vencimiento diferidas entre sí en 30 días, para permitir la cancelación mensual del período.

El usuario podrá abonar cada una de las cuotas en sus respectivas fechas de vencimientos o cancelar el total de la factura en un solo pago. Todas las facturas de servicio que comiencen a recibir los usuarios a partir de este momento corresponden a facturas nuevas, vigentes y en curso para ser abonadas.

Es importante recordar que se han establecido topes porcentuales en la facturación comprendida entre el 1º de abril y el 31 de diciembre de este año para los usuarios del servicio de distribución de gas por redes de todo el territorio nacional.

Para los usuarios residenciales, los montos sin impuestos que deberán abonar por los consumos realizados durante dicho período no podrán superar en más de un 400% al monto sin impuestos que hubiera correspondido facturar de aplicarse -para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación- los cuadros tarifarios anteriores, es decir, vigentes al 31 de marzo de 2016. Para el caso de los usuarios SGP (entre los que se encuentran comercios y pymes), el porcentaje será del 500%.

Para aquellos usuarios que abonaron oportunamente su factura, la compañía informa que ya ha efectuado los análisis pertinentes a los efectos de determinar si el monto abonado supera, o no, los límites dispuestos. En los casos en que la factura ya abonada supere estos topes, la diferencia correspondiente será tenida en cuenta en la próxima facturación, bajo la leyenda "Bonificación según Resolución MEyM Nº99/16".


NOTICIAS RELACIONADAS