Rechazaron salidas transitorias y la libertad condicional para uno de los asesinos de Axel Blumberg

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de libertad condicional y salidas transitorias solicitado por la defensa de Carlos Saúl Díaz, condenado a la pena única de 21 años de prisión como coautor del secuestro extorsivo seguido de muerte ocurrido en marzo de 2004.

Rechazan el pedido de libertad condicional del asesino de Axel Blumberg.
27 MAR 2018 - 18:47 | Actualizado

El sitio Fiscales.gob.ar indicó que la resolución de los jueces Juan Carlos Gemignani, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques, es coincidente con la opinión que había vertido el fiscal general 2 ante la Cámara de Casación Penal, Raúl Pleé, y también con lo que habían dictaminado el fiscal federal Alberto Gentili y el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de San Martín.

Díaz, de 31 años, tenía 17 años cuando ocurrió el hecho y por ser menor no pudo ser condenado a perpetua y recibió una condena atenuada a 21 años.

En el juicio del 2006, el TOF 2 de San Martín determinó que Díaz, su hermano mayor José y el jefe de la banda, Martín “El Oso” Peralta, fueron los tres secuestradores que llevaron a Blumberg hasta el descampado de la localidad bonaerense de Moreno donde fue ejecutado.

La confesión de Carlos Díaz ante los fiscales del caso, en su momento fue clave para esclarecer todas las responsabilidades de los integrantes de la banda.

En este fallo de Casación, el juez Geminiani destacó en su voto -al que adhirieron sus colegas- que “los informes de las autoridades penitenciarias cumplen con la importante tarea de relatar o anoticiar a la autoridad judicial acerca del comportamiento del interno durante el plazo de encierro, pero carecen de un valor determinante o vinculante en la decisión de los jueces”.

“Es el juez de ejecución quien tiene a su alcance los elementos necesarios para juzgar, en cada caso en concreto, sin la obligación de atenerse a los informes realizados por el Consejo Correccional”, agrega el fallo.

Según el sitio Fiscales, “el Consejo Correccional, por unanimidad, se expidió de manera negativa a la concesión de salidas transitorias de Díaz entendiendo que si bien registraba los guarismos calificatorios y el requisito temporal para ser incorporado a las mismas, consideró que era conveniente que el nombrado continuara transitando el Periodo de Prueba por un tiempo prudencial”.

Sobre la libertad condicional, el camarista también sostuvo que “es el juez quien debe determinar, en base a los informes penitenciarios, si el interno cumplió o no con los requisitos en cuestión”.

En este caso, el Consejo Correccional también votó por unanimidad de manera negativa respecto a la posibilidad de otorgarle a Díaz la libertad condicional “al vislumbrarse un pronóstico de reinserción social dudoso”, señala el informe de la fiscalía.

Gemignani concluyó que “se advierte -contrariamente al impulso defensista- que la resolución recurrida ha aplicado correctamente lo estipulado por la ley 24.660 y luce fundamentación suficiente, toda vez que, para denegar tanto las salidas transitorias como la libertad condicional, se controlaron debidamente los informes labrados por la autoridad penitenciaria”.

Axel Damián Blumberg (23) fue secuestrado la noche del 17 de marzo de 2004, cerca de la casa de su novia en la localidad bonaerense de Martínez, partido de San Isidro.

Recién al día siguiente, su padre, Juan Carlos Blumberg, recibió llamados donde le pedían un rescate inicial de 50.000 pesos pero el 22 de marzo por la noche se pactó un pago de 14.500 en una estación de servicio de General Pacheco.

El dinero nunca fue entregado porque la banda fue interceptada por la policía, hubo un tiroteo y los secuestradores escaparon a toda velocidad por la autopista Panamericana en un auto blindado que le habían robado a otro secuestrado.

La banda planeaba liberar a Axel luego de ese tiroteo, pero el joven escapó del lugar donde estaba cautivo, en Moreno, fue recapturado y, como le vio las caras a sus captores, decidieron ejecutarlo de un balazo en la cabeza en un descampado de la localidad de La Reja, donde su cadáver apareció el 23 de marzo de ese año.

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Rechazan el pedido de libertad condicional del asesino de Axel Blumberg.
27 MAR 2018 - 18:47

El sitio Fiscales.gob.ar indicó que la resolución de los jueces Juan Carlos Gemignani, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques, es coincidente con la opinión que había vertido el fiscal general 2 ante la Cámara de Casación Penal, Raúl Pleé, y también con lo que habían dictaminado el fiscal federal Alberto Gentili y el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de San Martín.

Díaz, de 31 años, tenía 17 años cuando ocurrió el hecho y por ser menor no pudo ser condenado a perpetua y recibió una condena atenuada a 21 años.

En el juicio del 2006, el TOF 2 de San Martín determinó que Díaz, su hermano mayor José y el jefe de la banda, Martín “El Oso” Peralta, fueron los tres secuestradores que llevaron a Blumberg hasta el descampado de la localidad bonaerense de Moreno donde fue ejecutado.

La confesión de Carlos Díaz ante los fiscales del caso, en su momento fue clave para esclarecer todas las responsabilidades de los integrantes de la banda.

En este fallo de Casación, el juez Geminiani destacó en su voto -al que adhirieron sus colegas- que “los informes de las autoridades penitenciarias cumplen con la importante tarea de relatar o anoticiar a la autoridad judicial acerca del comportamiento del interno durante el plazo de encierro, pero carecen de un valor determinante o vinculante en la decisión de los jueces”.

“Es el juez de ejecución quien tiene a su alcance los elementos necesarios para juzgar, en cada caso en concreto, sin la obligación de atenerse a los informes realizados por el Consejo Correccional”, agrega el fallo.

Según el sitio Fiscales, “el Consejo Correccional, por unanimidad, se expidió de manera negativa a la concesión de salidas transitorias de Díaz entendiendo que si bien registraba los guarismos calificatorios y el requisito temporal para ser incorporado a las mismas, consideró que era conveniente que el nombrado continuara transitando el Periodo de Prueba por un tiempo prudencial”.

Sobre la libertad condicional, el camarista también sostuvo que “es el juez quien debe determinar, en base a los informes penitenciarios, si el interno cumplió o no con los requisitos en cuestión”.

En este caso, el Consejo Correccional también votó por unanimidad de manera negativa respecto a la posibilidad de otorgarle a Díaz la libertad condicional “al vislumbrarse un pronóstico de reinserción social dudoso”, señala el informe de la fiscalía.

Gemignani concluyó que “se advierte -contrariamente al impulso defensista- que la resolución recurrida ha aplicado correctamente lo estipulado por la ley 24.660 y luce fundamentación suficiente, toda vez que, para denegar tanto las salidas transitorias como la libertad condicional, se controlaron debidamente los informes labrados por la autoridad penitenciaria”.

Axel Damián Blumberg (23) fue secuestrado la noche del 17 de marzo de 2004, cerca de la casa de su novia en la localidad bonaerense de Martínez, partido de San Isidro.

Recién al día siguiente, su padre, Juan Carlos Blumberg, recibió llamados donde le pedían un rescate inicial de 50.000 pesos pero el 22 de marzo por la noche se pactó un pago de 14.500 en una estación de servicio de General Pacheco.

El dinero nunca fue entregado porque la banda fue interceptada por la policía, hubo un tiroteo y los secuestradores escaparon a toda velocidad por la autopista Panamericana en un auto blindado que le habían robado a otro secuestrado.

La banda planeaba liberar a Axel luego de ese tiroteo, pero el joven escapó del lugar donde estaba cautivo, en Moreno, fue recapturado y, como le vio las caras a sus captores, decidieron ejecutarlo de un balazo en la cabeza en un descampado de la localidad de La Reja, donde su cadáver apareció el 23 de marzo de ese año.


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