Multas de hasta $ 40 mil en Esquel para los kioscos que vendan alcohol

Los drugstores que vendan bebidas alcohólicas serán sancionados hasta con clausura definitiva. Con despacho favorable de la Comisión de Legales que preside Crhistian Pasquini, de Chubut Somos Todos, el Concejo Deliberante de Esquel aprobó la ordenanza que fija sanciones para kioscos, maxi-kioscos, polirubros y otros que expidan, exhiban o tengan bebidas alcohólicas.

16 ABR 2018 - 21:04 | Actualizado

Existía un vacío legal ya que si bien este tipo de negocios no podían exhibir o vender alcohol, la norma que regía desde 2009 no establecía sanciones, pero en la práctica estaba vigente la prohibición.
Pero como no tenía sanción, el Juzgado de Faltas se encontraba con planteos legales de comercios que a sabiendas de la prohibición, sin sanción igual violaban la norma, cuestión que quedará zanjada a partir de la sanción del proyecto que fuera remitido al HCD por el propio juez de Faltas. La normativa contempla sanción desde fuertes multas, a clausura definitiva para los reincidentes.

Agregado

A la ordenanza 284/12 se le agregó el artículo 21: “Sanciónese a aquellos kioscos, maxi-kioscos, super-kioscos, polirubros, drugstores y similares en que se expendan, exhiban y tengan bebidas alcohólicas cualquiera sea su presentación y graduación”.
Las sanciones serán: “A la primera transgresión, multa de 450 módulos (a $ 40 cada uno) y clausura de 7 días corridos; primera reincidencia, multa de 700 módulos y clausura de 7 a 15 días corridos; segunda reincidencia, multa por 800 módulos y clausura de 30 días corridos; tercera reincidencia, multa de 1.000 módulos y clausura definitiva del comercio”.

 

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16 ABR 2018 - 21:04

Existía un vacío legal ya que si bien este tipo de negocios no podían exhibir o vender alcohol, la norma que regía desde 2009 no establecía sanciones, pero en la práctica estaba vigente la prohibición.
Pero como no tenía sanción, el Juzgado de Faltas se encontraba con planteos legales de comercios que a sabiendas de la prohibición, sin sanción igual violaban la norma, cuestión que quedará zanjada a partir de la sanción del proyecto que fuera remitido al HCD por el propio juez de Faltas. La normativa contempla sanción desde fuertes multas, a clausura definitiva para los reincidentes.

Agregado

A la ordenanza 284/12 se le agregó el artículo 21: “Sanciónese a aquellos kioscos, maxi-kioscos, super-kioscos, polirubros, drugstores y similares en que se expendan, exhiban y tengan bebidas alcohólicas cualquiera sea su presentación y graduación”.
Las sanciones serán: “A la primera transgresión, multa de 450 módulos (a $ 40 cada uno) y clausura de 7 días corridos; primera reincidencia, multa de 700 módulos y clausura de 7 a 15 días corridos; segunda reincidencia, multa por 800 módulos y clausura de 30 días corridos; tercera reincidencia, multa de 1.000 módulos y clausura definitiva del comercio”.

 


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