Un escribano y un abogado de Rawson a juicio por una estafa de $ 58 millones

En total son tres los imputados, acusados de defraudar al heredero de Ana Fontana, docente jubilada asesinada en Gaiman en 2009.

06 MAY 2019 - 21:12 | Actualizado

La Cámara Penal de Trelew rechazó la posibilidad de que Diego Armocida; Agustín Ojeda Ton, escribano de Rawson, y el abogado Daniel González, también capitalino, puedan realizar una reparación a Roberto Sartaja, hijo adoptivo de Ana María Fontana, docente jubilada de Gaiman que en 2009 fue asesinada.

El trío ofrecía devolverle sólo dos propiedades. Pero no pudo eludir el juicio oral y público por estafa por captación de incapaz. La oferta fue rechazada por el fiscal Fabián Moyano, la querella representante del perjudicado y por la Asesoría de Familia. El perjuicio para el joven asciende a unos $ 58 millones. Invitado a declarar, sólo pidió: “Que me devuelvan todo”.

El juez José García ya había negado la aplicación de medidas alternativas y ahora la Cámara lo confirmó.

Según el fallo de Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Carina Estefanía, “el imputado no puede ofrecer pagar menos de lo obtenido ilícitamente y ni siquiera de restituirle el estado patrimonial que tenía antes de ser víctima del delito, sino de pagarle además otros rubros indemnizatorios como daño moral. No es una simple reparación económica sino una que satisfaga el reclamo total”.

La Cámara consideró “a todas luces fundamentada” la oposición a la reparación. “Si no existe consentimiento fiscal y la víctima se opone razonablemente no hay posibilidad de que el juez conceda el instituto”.

La oferta de los tres imputados “lejos está de ser integral. No se ofrece la restitución de todos los bienes reclamados que habrían sido ilegítimamente transferidos. Es insuficiente”.

Ojeda Ton “pretende reparar el daño ofreciendo no cobrar honorarios que se deriven de los actos jurídicos futuros necesarios para que parte de los bienes vuelvan al patrimonio de la víctima”. Pero la paradoja es que si los bienes no se hubieran transferido ilegítimamente, “estos actos no serían necesarios. Pretender subsanar con no cobrar algo que nunca debiera pagar la víctima no es reparar. Reparar es devolver los honorarios que percibió por la actividad profesional que habilitó la transferencia de los bienes, más los daños derivados”.

Al tribunal le llamó la atención la defensa de González. “Su propuesta de reparación era no cobrar una deuda de honorarios que tenía la víctima con él, ya que parte de su trabajo se lo había cancelado con un inmueble del acervo sucesorio”. La querella se enteró así de que el abogado había cobrado sus honorarios con un inmueble. “Hasta ese momento sólo sabían que uno de los inmuebles se le había transferido a la concubina de González”.

“Los abogados no pueden cobrar honorarios con los bienes del acervo sucesorio –advirtieron-. Seguramente esa prohibición fue la razón por la cual el inmueble fue inscripto a nombre de la pareja de González, según la querella. El profesional no puede pretender cobrar honorarios derivados de una actuación fuera de la ley; para reparar verdaderamente el imputado debiera devolver el inmueble obtenido por fuera del marco legal más los daños”.

La oferta es desproporcionada con el patrimonio afectado. “No existe acuerdo alguno que homologar, no se pusieron de acuerdo las partes sobre el alcance del conflicto y no arribaron a solución alguna”.

“Es un acuerdo que en la realidad no existe. Es claro que las partes no arribaron a ninguna conciliación ni acuerdo: la reparación ofrecida fue objetada por no ser integral ni suficiente”, dice la sentencia.

La causa investiga presuntas estafas al joven heredero de Gaiman. El joven, hijo único de Fontana, debió enfrentar solo y desvalido el control de una serie de bienes, cobro de alquileres, pago de deudas y manejo de fondos depositados en entidades bancarias. No tenía noción de la cantidad de bienes que había heredado de su madre. En la necesidad de organizar su situación concluyó los trámites sucesorios y supo su herencia: doce propiedades inmuebles en Gaiman, Trelew y Playa Unión, además de dos vehículos.

En 2011, Sartaja conoció a Armocida, quien se acercó al joven con la promesa de ayudarlo. Se ganó su confianza y comenzó a interesarse por los bienes sucesorios, a ver las escrituras de las propiedades y los contratos de alquiler que celosamente guardaba la madre en la chacra.

Según la acusación fiscal, comenzó a presionarlo y lo convenció de cambiar de abogado y de firmar unos papeles. Le hizo rubricar un poder judicial en la escribanía de Ojeda Ton a favor del abogado González. Armocida, a su vez, se hizo de todas las escrituras, documentos y contratos de alquileres de la madre de Sartaja.

El joven firmó varios documentos inducido por Armocida sin pleno conocimiento de las consecuencias legales. Según la acusación de la Fiscalía, los tres acusados se repartieron tareas, abusándose de la inexperiencia y la incapacidad de la víctima.

En 2012, Armocida y el abogado González lo llevaron a Rawson con la excusa de firmar una documentación importante para su patrimonio. Se hizo en la escribanía de Ojeda Ton.

Con la firma simultánea de varias escrituras en un mismo día, la víctima vendió e hipotecó casi todas sus propiedades sin recibir un centavo.

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06 MAY 2019 - 21:12

La Cámara Penal de Trelew rechazó la posibilidad de que Diego Armocida; Agustín Ojeda Ton, escribano de Rawson, y el abogado Daniel González, también capitalino, puedan realizar una reparación a Roberto Sartaja, hijo adoptivo de Ana María Fontana, docente jubilada de Gaiman que en 2009 fue asesinada.

El trío ofrecía devolverle sólo dos propiedades. Pero no pudo eludir el juicio oral y público por estafa por captación de incapaz. La oferta fue rechazada por el fiscal Fabián Moyano, la querella representante del perjudicado y por la Asesoría de Familia. El perjuicio para el joven asciende a unos $ 58 millones. Invitado a declarar, sólo pidió: “Que me devuelvan todo”.

El juez José García ya había negado la aplicación de medidas alternativas y ahora la Cámara lo confirmó.

Según el fallo de Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Carina Estefanía, “el imputado no puede ofrecer pagar menos de lo obtenido ilícitamente y ni siquiera de restituirle el estado patrimonial que tenía antes de ser víctima del delito, sino de pagarle además otros rubros indemnizatorios como daño moral. No es una simple reparación económica sino una que satisfaga el reclamo total”.

La Cámara consideró “a todas luces fundamentada” la oposición a la reparación. “Si no existe consentimiento fiscal y la víctima se opone razonablemente no hay posibilidad de que el juez conceda el instituto”.

La oferta de los tres imputados “lejos está de ser integral. No se ofrece la restitución de todos los bienes reclamados que habrían sido ilegítimamente transferidos. Es insuficiente”.

Ojeda Ton “pretende reparar el daño ofreciendo no cobrar honorarios que se deriven de los actos jurídicos futuros necesarios para que parte de los bienes vuelvan al patrimonio de la víctima”. Pero la paradoja es que si los bienes no se hubieran transferido ilegítimamente, “estos actos no serían necesarios. Pretender subsanar con no cobrar algo que nunca debiera pagar la víctima no es reparar. Reparar es devolver los honorarios que percibió por la actividad profesional que habilitó la transferencia de los bienes, más los daños derivados”.

Al tribunal le llamó la atención la defensa de González. “Su propuesta de reparación era no cobrar una deuda de honorarios que tenía la víctima con él, ya que parte de su trabajo se lo había cancelado con un inmueble del acervo sucesorio”. La querella se enteró así de que el abogado había cobrado sus honorarios con un inmueble. “Hasta ese momento sólo sabían que uno de los inmuebles se le había transferido a la concubina de González”.

“Los abogados no pueden cobrar honorarios con los bienes del acervo sucesorio –advirtieron-. Seguramente esa prohibición fue la razón por la cual el inmueble fue inscripto a nombre de la pareja de González, según la querella. El profesional no puede pretender cobrar honorarios derivados de una actuación fuera de la ley; para reparar verdaderamente el imputado debiera devolver el inmueble obtenido por fuera del marco legal más los daños”.

La oferta es desproporcionada con el patrimonio afectado. “No existe acuerdo alguno que homologar, no se pusieron de acuerdo las partes sobre el alcance del conflicto y no arribaron a solución alguna”.

“Es un acuerdo que en la realidad no existe. Es claro que las partes no arribaron a ninguna conciliación ni acuerdo: la reparación ofrecida fue objetada por no ser integral ni suficiente”, dice la sentencia.

La causa investiga presuntas estafas al joven heredero de Gaiman. El joven, hijo único de Fontana, debió enfrentar solo y desvalido el control de una serie de bienes, cobro de alquileres, pago de deudas y manejo de fondos depositados en entidades bancarias. No tenía noción de la cantidad de bienes que había heredado de su madre. En la necesidad de organizar su situación concluyó los trámites sucesorios y supo su herencia: doce propiedades inmuebles en Gaiman, Trelew y Playa Unión, además de dos vehículos.

En 2011, Sartaja conoció a Armocida, quien se acercó al joven con la promesa de ayudarlo. Se ganó su confianza y comenzó a interesarse por los bienes sucesorios, a ver las escrituras de las propiedades y los contratos de alquiler que celosamente guardaba la madre en la chacra.

Según la acusación fiscal, comenzó a presionarlo y lo convenció de cambiar de abogado y de firmar unos papeles. Le hizo rubricar un poder judicial en la escribanía de Ojeda Ton a favor del abogado González. Armocida, a su vez, se hizo de todas las escrituras, documentos y contratos de alquileres de la madre de Sartaja.

El joven firmó varios documentos inducido por Armocida sin pleno conocimiento de las consecuencias legales. Según la acusación de la Fiscalía, los tres acusados se repartieron tareas, abusándose de la inexperiencia y la incapacidad de la víctima.

En 2012, Armocida y el abogado González lo llevaron a Rawson con la excusa de firmar una documentación importante para su patrimonio. Se hizo en la escribanía de Ojeda Ton.

Con la firma simultánea de varias escrituras en un mismo día, la víctima vendió e hipotecó casi todas sus propiedades sin recibir un centavo.


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