Trabajo prorrogó hasta el 28 de febrero la suspensión de elecciones en los sindicatos

La decisión de la cartera laboral se inscribió en la pandemia de coronavirus y fue adoptada hoy por el secretario de Trabajo, Marcelo Bellotti, sin perjuicio de "los actos cumplidos en los procesos electorales en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución 489/20" de esa dependencia de Estado.

22 SEP 2020 - 19:43 | Actualizado

El Ministerio de Trabajo prorrogó hasta el 28 de febrero próximo "la suspensión de los procesos electorales de la totalidad de las asociaciones sindicales, las asambleas, los Congresos Ordinarios y Extraordinarios y los actos institucionales que impliquen la movilización, traslado y/o aglomeraciones" en ese ámbito.

La decisión de la cartera laboral se inscribió en la pandemia de coronavirus y fue adoptada hoy por el secretario de Trabajo, Marcelo Bellotti, sin perjuicio de "los actos cumplidos en los procesos electorales en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución 489/20" de esa dependencia de Estado.

La cartera laboral amplió "la prórroga de los mandatos de los integrantes de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de los gremios, federaciones y confederaciones registradas" en Asociaciones Sindicales, y los de delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubiesen expirado luego del 16 de marzo por 180 días a partir del 28 de febrero, se informó oficialmente.

Fueron exceptuadas de esa determinación los sindicatos, federaciones y confederaciones que hubiesen concluido el proceso electoral de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo último, y se autorizó a las conducciones gremiales a realizar "los actos institucionales" de forma virtual y por cualquiera de las plataformas utilizables, aunque "los intervinientes deberán firmar los registros respectivos una vez concluida la situación de emergencia".

"La realización de otros actos y su modalidad será analizada por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de forma particular a fin de compatibilizar las razones de salud pública con el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades", señaló la resolución.

Además, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales deberá registrar en el sistema "las prórrogas dispuestas y otorgar nuevos certificados de autoridades si ello es solicitado", pero los gremios deberán emitir -conforme a sus Estatutos y la legislación vigente- las certificaciones sobre prórroga de mandatos, respecto de sus representantes en las empresas y de las autoridades de las seccionales".

22 SEP 2020 - 19:43

El Ministerio de Trabajo prorrogó hasta el 28 de febrero próximo "la suspensión de los procesos electorales de la totalidad de las asociaciones sindicales, las asambleas, los Congresos Ordinarios y Extraordinarios y los actos institucionales que impliquen la movilización, traslado y/o aglomeraciones" en ese ámbito.

La decisión de la cartera laboral se inscribió en la pandemia de coronavirus y fue adoptada hoy por el secretario de Trabajo, Marcelo Bellotti, sin perjuicio de "los actos cumplidos en los procesos electorales en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución 489/20" de esa dependencia de Estado.

La cartera laboral amplió "la prórroga de los mandatos de los integrantes de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de los gremios, federaciones y confederaciones registradas" en Asociaciones Sindicales, y los de delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubiesen expirado luego del 16 de marzo por 180 días a partir del 28 de febrero, se informó oficialmente.

Fueron exceptuadas de esa determinación los sindicatos, federaciones y confederaciones que hubiesen concluido el proceso electoral de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo último, y se autorizó a las conducciones gremiales a realizar "los actos institucionales" de forma virtual y por cualquiera de las plataformas utilizables, aunque "los intervinientes deberán firmar los registros respectivos una vez concluida la situación de emergencia".

"La realización de otros actos y su modalidad será analizada por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de forma particular a fin de compatibilizar las razones de salud pública con el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades", señaló la resolución.

Además, la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales deberá registrar en el sistema "las prórrogas dispuestas y otorgar nuevos certificados de autoridades si ello es solicitado", pero los gremios deberán emitir -conforme a sus Estatutos y la legislación vigente- las certificaciones sobre prórroga de mandatos, respecto de sus representantes en las empresas y de las autoridades de las seccionales".


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