Fue condenado a trabajos comunitarios por hostigamiento sexual, pero se negaron a recibirlo

A causa de ello, la jueza de Paz debió reconvertir la pena a tres días de arresto efectivo en una dependencia policial de Comodoro Rivadavia. Los clubes y entidades sugeridas no quisieron tener trabajando a una persona condenada por ese tipo de contravensiones.

05 OCT 2021 - 19:05 | Actualizado

Este martes se celebró en el Juzgado de Paz N° 1 de Comodoro Rivadavia un juicio oral y público contravencional por hostigamiento sexual que tiene como contraventor a D. Z. El juicio contravencional fue presidido por la Jueza de Paz, Verónica Pedrotti; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Camila Sánchez Almirón, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del contraventor fue ejercida por Luciana Risso, abogada de la Defensa Pública.

La representante de fiscalía expuso las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que aconteció el hecho de acoso sexual. Esto acompañado de material probatorio, como la declaración de la víctima, informes de la Compañía de Telefónica e informe de informático forense. Asimismo, la funcionaria de fiscalía dio cuenta de una medida de protección, de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima. Solicitando se condene a D. Z. a la sanción de 7 días de trabajo comunitario a disposición de la entidad que corresponda, con recomendación que dicha sanción no se lleve a cabo en lugares donde se encuentren menores o mujeres.

La defensora por su parte no planteó objeción a los requerimientos de la fiscalía; y por otro lado, el contraventor no accedió a declarar voluntariamente.

Finalmente, la Jueza de Paz resolvió que surge de la audiencia que se ha dictado una medida de protección del Juzgado de familia, que a pesar de estar vigente la víctima manifestó que el contraventor ha desobedecido por lo que solicitó formación de causa penal en dicho aspecto.

Respecto de la pena de trabajo comunitario solicitada, se consultó a un club de futbol y otros organismos, y se negaron a tener una persona condenada por hostigamiento sexual, por el riesgo que conlleva interactuar con niños. Ante ello, la pena de trabajo comunitario debió ser reconvertida a la pena de tres días de arresto efectivo en una dependencia policial.

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05 OCT 2021 - 19:05

Este martes se celebró en el Juzgado de Paz N° 1 de Comodoro Rivadavia un juicio oral y público contravencional por hostigamiento sexual que tiene como contraventor a D. Z. El juicio contravencional fue presidido por la Jueza de Paz, Verónica Pedrotti; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Camila Sánchez Almirón, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del contraventor fue ejercida por Luciana Risso, abogada de la Defensa Pública.

La representante de fiscalía expuso las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que aconteció el hecho de acoso sexual. Esto acompañado de material probatorio, como la declaración de la víctima, informes de la Compañía de Telefónica e informe de informático forense. Asimismo, la funcionaria de fiscalía dio cuenta de una medida de protección, de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima. Solicitando se condene a D. Z. a la sanción de 7 días de trabajo comunitario a disposición de la entidad que corresponda, con recomendación que dicha sanción no se lleve a cabo en lugares donde se encuentren menores o mujeres.

La defensora por su parte no planteó objeción a los requerimientos de la fiscalía; y por otro lado, el contraventor no accedió a declarar voluntariamente.

Finalmente, la Jueza de Paz resolvió que surge de la audiencia que se ha dictado una medida de protección del Juzgado de familia, que a pesar de estar vigente la víctima manifestó que el contraventor ha desobedecido por lo que solicitó formación de causa penal en dicho aspecto.

Respecto de la pena de trabajo comunitario solicitada, se consultó a un club de futbol y otros organismos, y se negaron a tener una persona condenada por hostigamiento sexual, por el riesgo que conlleva interactuar con niños. Ante ello, la pena de trabajo comunitario debió ser reconvertida a la pena de tres días de arresto efectivo en una dependencia policial.


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